En Cuidado con las reformas (La Jornada, 20-XII-97) ya me había referido a las iniciativas de reforma a la Constitución y a varias leyes federales, así como a las relativos a ordenamientos federales nuevos que, como una medida presuntamente orientada a fortalecer la lucha contra el delito, el Presidente de la República envió el pasado 9 de diciembre a la Cámara de Senadores.
Sin disponer todavía del texto de esos documentos, decíamos entonces que la naturaleza de las quejas que reciben diariamente las 33 comisiones públicas de derechos humanos del país enseña que no son las leyes lo que falla en materia de seguridad pública, procuración e impartición de justicia y readaptación social.'
Lo que falla son las policías, preventiva o judicial, y sus jefes; los agentes del Ministerio Público, sus auxiliares y sus jefes; los jueces y sus colaboradores, y los empleados, custodios y directivos de los reclusorios y centros de readaptación social. Y el efecto más nocivo de tal falla es la impunidad.
Recordamos también lo que decía el Marqués de Beccaria: no es la gravedad de la pena lo que inhibe al delincuente, sino la infalibilidad de la aplicación de la pena; y lo que reza uno de los principios criminológicos fundamentales: delito que no se castiga, se repite.
Hacíamos igualmente mención acerca de cuáles son las verdaderas causas de la criminalidad: la miseria, el desempleo, la marginación, la falta de oportunidades, la terrible injusticia social que un sistema, probada y profundamente inequitativo, ha generado y agrava más cada día.
También señalamos que no era sensato oponerse sin más a las reformas legales, si resulta que obedecen a necesidades reales, respetan los derechos humanos y se acompañan de otras medidas que ataquen las verdaderas causas de la criminalidad, y de otras acciones mínimas, por cierto obligatorias y perfectamente adoptables dentro del marco legal vigente, tendientes a que los servidores públicos encargados de la seguridad pública, la administración de justicia y la readaptación social funcionen eficazmente.
Enunciamos también cuáles tendrían que ser tales medidas mínimas, y concluimos que sin que se haya hecho un esfuerzo gubernamental verdadero, adecuado y sostenido para combatir las verdaderas causas de la criminalidad, ni para cumplir con las legislaciones constitucional y ordinaria vigente en materia de prevención del delito, administración de justicia y readaptación social de los delincuentes, no parece conveniente limitarse a modificar dichas legislaciones prácticamente inaplicadas.
Por desgracia, la iniciativa de reformas, de cuyo texto ya disponemos, no ha sido acompañada hasta ahora de otras medidas públicas contra las verdaderas causas de la criminalidad arriba mencionadas.
No incluye la normatividad indispensable para que ahora se seleccionara, capacitara eficaz y sistemáticamente y remunerara dignamente a los servidores públicos encargados de la seguridad pública, la administración de justicia penal y la readaptación social.
Peor todavía, cuando al menos algunas de las reformas que se proponen son inadmisibles en sí mismas. Una de ellas pretende que se juzgue en ausencia a quien se ha evadido de la acción de la justicia; otras facilitan al Ministerio Público su labor persecutoria, eximiéndolo de comprobar, para obtener del juez una orden de aprehensión o un auto de formal prisión, la existencia de algunos elementos del tipo penal que actualmente sí está obligado a comprobar.
Otras reformas proponen dificultar la obtención de la libertad provisional bajo caución, y algunas más agravan las penas privativas de libertad.
Es evidente que tales reformas se originan en una visión reduccionista del problema de la criminalidad. La solución, repetimos, no está en facilitar más la labor policiaca, que se ha caracterizado por el abuso, o en llenar las cárceles que, lejos de rehabilitar a los internos como lo ordena la Constitución, están convertidas en eficaces reproductoras y promotores del crimen.
Ojalá que nuestros legisladores cumplan con su alta responsabilidad y rechacen las reformas puestas en sus manos que resulten improcedentes.