Bernardo Bátiz V.
Los extranjeros
El gobierno de México ha seguido en el caso del levantamiento armado en Chiapas, una política zigzagueante y errática; sin embargo a últimas fechas se adivina una intención subyacente en las determinaciones oficiales. Se puede pensar que el Estado pretende que no quede nadie en medio de los pueblos indios sublevados y los cada vez más numerosos y bien armados grupos del Ejército Mexicano y de paramilitares.
Si esta hipótesis es cierta, las campañas emprendidas en contra de la Cocopa ignorando paladinamente su proyecto de ley y menoscabando su autoridad, y en contra de la Conai, a la que le atribuye un papel de parte y no de intermediaria, responden a las mismas causas que motivaron la expulsión de los extranjeros que se encontraban en el recién creado municipio autónomo Ricardo Flores Magón.
La intención del gobierno parece que se encamina hacia el aplastamiento violento de quienes luchan por su dignidad como personas y por el respeto a sus derechos comunitarios, pero en esta acción no quiere tener testigos ni nacionales ni extranjeros; es por ello que expulsa a quienes, según sus declaraciones y actitud, no eran desde luego participantes en acciones políticas, sino tan sólo testigos de lo que pudiera suceder.
Es cierto que el artículo 33 constitucional otorga al Poder Ejecutivo una facultad discrecional muy amplia para expulsar extranjeros, cuya permanencia juzgue inconveniente; sin embargo, esta facultad no puede ser arbitraria ni aplicarse para alcanzar fines coyunturales en una discusión política en la que, como en el caso de Chiapas, no es sólo el Ejecutivo el que tiene injerencia, sino que el asunto importa a los otros poderes y en una forma muy amplia a la nación y, se podría decir también, a la opinión pública internacional.
Hacer abandonar el país a personas sin darles oportunidad de defenderse, sin oírlas sino actuando a partir de afirmaciones parciales, es violatorio de derechos humanos elementales, y esta acción rompe principios aceptados por México en convenciones internacionales; la discrecionalidad no puede llevarse al extremo de cometer actos que ponen en entredicho la tradición hospitalaria de nuestro país y contradicen las declaraciones oficiales que afirman que vivimos en un Estado respetuoso de los derechos de todos.
Otro tema que habría que discutir es el relativo al alcance de lo que debe entenderse por participación política. Este tema ya se había puesto en el tapete del debate con motivo de los observadores electorales y de los periodistas extranjeros, que cumplen con su deber de informar durante los procesos en los que los mexicanos votamos en las urnas. Si un extranjero, observador o periodista se concreta a ver y oír lo que sucede y, posteriormente, a dar su testimonio o información en nuestro país o en el de él, es indudable que no está participando en política, ya que cuando alguien participa en política debe hablar o escribir o, de alguna manera, hacer proselitismo en favor de un candidato o de un partido o en contra de ellos.
En el caso de las personas y grupos no gubernamentales que se encontraban en Chiapas, y que ya fueron expulsados o han sido amenazados con la expulsión, el gobierno actuará, y ya ha actuado, sin apego a la ley; en efecto, no puede acreditar que la presencia y observación de lo que pasa en ese estado no era la única actividad de estas personas y tendrá que probar, además, que sus acciones estaban encaminadas a obtener algún resultado relacionado con el gobierno, con el poder o con la autoridad en el estado; sin embargo, esta prueba no es posible puesto que los detenidos ya fueron expulsados y los que han recibido esta amenaza pertenecen a grupos defensores de derechos humanos y no son activistas que estén a favor o en contra de algún grupo político.
El gobierno debe reconsiderar su actitud y actuar con mayor prudencia y más cuidadosamente en el respeto de los derechos humanos, en todo caso y siempre, pero con mayor acuciosidad, tratándose de extranjeros. Hace 150 años, hubiera expulsado al Batallón de San Patricio.