La Jornada 15 de abril de 1998

Elevar sanciones carcelarias y económicas, plantean en la ALDF

Juan Antonio Zúñiga M. y Raúl Llanos S. Ť La fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) presentó una iniciativa para reformar cinco artículos del Código Penal y dos de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, con el fin de castigar con mayor severidad la corrupción de menores, la pornografía y la prostitución infantil.

Presentada por el diputado Eduardo Escobedo Miramontes, la iniciativa --que en caso de aprobarse aquí será enviada a consideración de la Cámara de Diputados-- propone un castigo de hasta 18 años de prisión a quien practique la pornografía infantil, además de sanciones económicas por 3 mil días de salario mínimo (90 mil 100 pesos).

Así también, prevé impedir que los sentenciados por esos delitos alcancen los beneficios de la libertad anticipada o de la remisión de la pena. Cuando sena los padres, tutores, padrastros o madrastras quienes induzcan a los menores, la iniciativa propone elevar las penas hasta 40 años de cárcel y 7 mil 500 salarios mínimos de multa.

Las modificaciones propuestas para la Ley de Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, señalan que quienes sean castigados por los delitos de corrupción de menores o de la explotación del cuerpo de niños o niñas por medio del comercio carnal, no tendrán la posibilidad de alcanzar la libertad preparatoria, la preliberación ni la remisión de la pena. ``La gravedad y repercusiones de este tipo de delitos en contra de menores lleva a plantear en congruencia el que los sujetos condenados por su comisión reciban una sanción ejemplar, sin la posibilidad de acceder a los beneficios que en la ejecución de la pena le son concedidos a otros sentenciados''.

Por lo que se refiere a los adultos que induzcan a niños y adolescentes a los hábitos de alcoholismo, farmacodependencia, prostitución o prácticas homosexuales, se proponen de 5 a 10 años de prisión, en tanto que por primera vez se incluye el castigo de hasta 18 años de prisión y multas de 600 a 3 mil días de salario mínimo a quienes importen, vendan, almacenen, transporten o distribuyan material pornográfico infantil grabado o impreso.

Al presentar la iniciativa al pleno de la ALDF, Escobedo planteó que la importancia de su aprobación ``radica que en los últimos meses no sólo en el Distrito Federal sino también en algunos estados de la República, se ha conocido a través de los medios de comunicación una preocupante realidad, ya no sólo en delitos cometidos contra menores, sino una participación cada vez más frecuente de menores de edad en la comisión de ilícitos así como también su utilización en delitos que degradan su concepción de los valores''.

Hizo especial mención al informe presentado el 7 de febrero de 1997 a la Organización de las Naciones Unidas por la relatora especial sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de menores en la pornografía, donde se refiere un caso en el puerto de Acapulco ``sobre una gran red de producción y distribución de pornografía infantil con ganancias de 500 mil dólares al año, así como la existencia en México de lugares de espectáculos de explotación sexual infantil''.

En este sentido, la iniciativa de reformas al Código Penal presentada ayer por la fracción priísta en la ALDF propone penas de 12 a 20 años de prisión y multas de hasta 5 mil días de salario mínimo ``a quienes dirijan, administren o supervisen una asociación delictuosa para la corrupción de menores y entreguen o consigan a un infante con fines de prostitución''.