Bernardo Bátiz V
¿Quién crea los municipios?

El dilema de los municipios autónomos que indígenas chiapanecos han creado en la zona de conflicto de su propio estado y que están ya reproduciéndose en otras partes de la República, es un asunto no de política coyuntural, sino más profundo, es un dilema de filosofía social; es el viejo tema de las instituciones y los derechos sociales; el Estado ¿los crea o sólo los reconoce y regula?

El gobierno, con su actitud represiva, parte de la convicción de que a los municipios los crea él mismo a través de sus órganos federales o estatales y desconoce las tesis sociales que presuponen que los ayuntamientos son comunidades naturales, que surgen espontáneamente de la convivencia de varias familias en un mismo lugar y que tienen una existencia anterior y por encima del Estado, que lo más que puede hacer es reconocerlos y darles sus normas mínimas de coordinación con los demás órganos del cuerpo social.

En el debate que se dio hace unos días en la Comisión Permanente del Congreso, los diputados y senadores que defendieron la postura del gobierno, afirmaron que son las legislaturas locales las que pueden crear los ayuntamientos, y esto no es así; el tercer párrafo del inciso I del artículo 115 constitucional, confiere a las legislaturas locales la facultad de suspender ayuntamientos, declarar que han desaparecido y suspender o revocar el mandato del alguno de sus miembros, pero pone condiciones: que su acción sea por alguna de las causas graves que la ley local prevenga, previa garantía de audiencia y mediante una mayoría calificada de las dos terceras partes.

En ningún otro precepto de la Constitución federal, ni por supuesto en el 115 que citamos, se encuentra la facultad ni de los congresos locales ni de algún otro órgano del Estado para crear a su arbitrio municipios y ayuntamientos; las reglas constitucionales dan por sentado que éstos existen y lo que hacen las normas es tan sólo regular su funcionamiento.

Así ha sucedido cuando en el estado de Oaxaca, de 70 ayuntamientos reconocidos inicialmente se pasó a más de 550 que hay ahora; así está sucediendo en Chiapas, en el estado de México y en otras entidades en donde los indios mexicanos, cansados de vivir por generaciones bajo autoridades ajenas, hoy se resuelven a organizar sus propias comunidades y a darse autoridades propias.

La creencia de que el municipio es tan sólo una forma descentralizada de la administración, es muy común en el mundo del formalismo jurídico; Gabino Fraga, en su obra Derecho Administrativo así lo considera, pero otros autores como Rafael Preciado Hernández y García Oviedo, consideran que el municipio es algo más que una forma de organizar la administración pública, es un cuerpo orgánico por sí mismo, que surge de la naturaleza humana y de la necesidad de ayuda mutua y apoyo, y que presume lazos de carácter cultural, lingüístico, religioso, esto es, que cuenta junto con su parte material, que es la gente y el territorio en que se asienta, pero también cuenta con una parte del mundo ideal, con un espíritu que le da cohesión e identidad; hay un amor a la comunidad como lo hay a la patria; quien no entiende esto, al tener injerencia en la vida de los pueblos indios se equivoca e interfiere con derechos humanos fundamentales.

``El municipio deriva como la familia de la naturaleza'', decía Aristóteles y así, tenemos que concluir y tendrá que entenderlo el gobierno, los ayuntamientos los crean los pueblos, no las leyes ni las autoridades, y éstas deben de reconocerlos, respetarlos y protegerlos.