La Jornada 13 de mayo de 1998

No procede el amparo contra la CNDH, resuelve la Suprema Corte

Jesús Aranda Ť El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó ayer por votación de diez votos contra uno, un amparo en contra de la presunta inconstitucionalidad de la Ley Nacional de Derechos Humanos y del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, y sobreseyó el juicio, con lo que los ministros ``evitaron'' entrar al fondo del asunto.

Unicamente el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo votó en contra de la resolución, y adelantó que emitirá un voto particular en el que fundamentará el hecho de que la Comisión Nacional de Derechos Humanos sí es autoridad para efectos de amparo.

El amparo en revisión 507/96, promovido por Bernardo Bolaños, planteaba la ilegalidad de los artículos 6, fracción segunda, inciso a; 7, fracción cuarta y 35 de la Ley Nacional de Derechos Humanos, y el artículo 17, primer párrafo del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Dichos artículos refieren: que la CNDH tiene la atribución de conocer e investigar a petición de parte , o de oficio, presuntas violaciones de los derechos humanos en casos de actos u omisiones de autoridades administrativas de carácter federal; que la comisión no podrá conocer consultas formuladas por autoridades, particulares u otras entidades, sobre la interpretación de las disposiciones constitucionales y legales; y que la CNDH, por conducto de su presidente y previa consulta con el Consejo, puede declinar su competencia en un caso determinado, cuando así lo considere conveniente para preservar la autonomía y autoridad moral de la institución.

La controversia con la comisión se originó a raíz de que la CNDH se negó a intervenir, cuando los excluidos del concurso de selección de 1996 para ingresar y realizar estudios de educación media superior solicitaron al organismo que revisara la legalidad de dicho procedimiento y ésta se negó.

El demandante se amparó con el argumento de que la comisión es autoridad para efectos de juicio de amparo.

Luego de conocer el fallo, el abogado Bernardo Bolaños dijo que era ``una lástima'' que el máximo tribunal de justicia del país haya dejado pasar esta oportunidad para reglamentar la actividad del organismo en la etapa de transición democrática que vive el país.

Es realmente grave, dijo, que los ministros de la Corte no hayan entrado ``al fondo del asunto'', dejando así que la Comisión Nacional de Derechos Humanos se mantenga fuera del control constitucional que debe regir en todo estado de derecho, afirmó.