Intereses sobre intereses, cobro ``legal'', opina la PGR ante la Corte
Jesús Aranda Ť La Procuraduría General de la República (PGR) se declaró en favor de los banqueros en la contradicción de tesis relativa a la legalidad del cobro de intereses sobre intereses. Esta resolución ya se turnó al ministro instructor del asunto, Juventino V. Castro y Castro, para que este criterio se tome en cuenta, junto con las posturas de deudores y banqueros, al emitir un dictamen.
Después de que se le dio vista al Ministerio Público Federal en la contradicción de tesis 2/98 entre el séptimo tribunal colegiado en materia civil del primer circuito, y el primer tribunal colegiado del decimoséptimo circuito sobre la legalidad del anatocismo, la PGR consideró en un escrito, con fecha 20 de mayo pasado, que ``debe prevalecer el criterio sustentado por el primer tribunal colegiado'', que concede la razón a los banqueros.
El primer tribunal colegiado del decimoséptimo circuito fue el que avaló la tesis que señala:
``Pacto de anatocismo: No lo constituye el convenio celebrado entre los contratantes a fin de que el acreditado disponga discrecionalmente en su caso de un crédito adicional para cubrir intereses devengados e insolutos.''
La tesis que apoya la PGR señala que, conforme al artículo 363 del Código de Comercio, ``los intereses vencidos y no pagados no devengarán intereses. Los contratantes podrán, sin embargo, capitalizarlos''.
La tesis del tribunal sostiene que de ese principio se desprende la prohibición de que los intereses vencidos generen a su vez intereses y la posibilidad de que los réditos vencidos se capitalicen, previo convenio con los contratantes.
Precisa que la primera hipótesis contiene el caso del anatocismo, prohibido expresamente, y la segunda permite que, según la voluntad de los contratantes, aquellos intereses vencidos y no cubiertos lleguen a formar parte del capital.
La PGR y el tribunal citado coinciden en que si los contratantes convinieron abrir en favor del deudor un crédito para cubrir discrecionalmente, mediante disposiciones mensuales, los intereses insolutos, tal convención ``en modo alguno entraña el pacto de anatocismo'', prohibido por la ley, ya que ``es de la voluntad de dicho acreditado que se dé o no la hipótesis pactada, puesto que bien puede impedir su actualización cubriendo puntualmente los intereses generados''.
Por otra parte, con dicho convenio ``tampoco se estipula que los intereses vencidos y no pagados generen a su vez intereses'', sino solamente que el acreditado disponga discrecionalmente del mencionado crédito adicional para cubrir intereses insolutos.
Tesis en apoyo a los deudores
Por otra parte, la tesis que presentó el séptimo tribunal colegiado en materia civil del primer circuito, que favorece a los deudores y que la PGR considera incorrecta, señala: ``El crédito adicional o refinanciamiento es un acto simulado que encierra un pacto de anatocismo''.
Al respecto, el tribunal señala que las cláusulas y definiciones del contrato base de la acción, analizadas con base en la doctrina y las disposiciones legales relativas, permiten concluir que el llamado sistema de crédito adicional se estructuró ``desde un punto de vista económico, pero no jurídico'', con la finalidad de que los intereses devengados que los acreditados no pudieran cubrir los pagaran con las cantidades de que dispusieran mes con mes, al amparo del crédito adicional; se sumarían al capital, y sobre ambos preceptos, es decir, sobre intereses y suerte principal, causarían otros intereses, de manera que ``no puede darse interpretación distinta al esquema financiero''.
En otras palabras, asegura, el sistema de crédito adicional se diseñó para pagar intereses cuando los acreditados no tuvieran capacidad para cubrir el capital; de este modo, el pago se aplicaría a la suerte principal. En caso de que el pago de los acreditados no cubriera el monto de los intereses devengados, el banco, mediante un asiento contable de cargo y abono, tomaría del crédito adicional el importe necesario para pagar los intereses faltantes.
Dicha tesis señala que el importe del crédito adicional se sumaría al crédito inicial y ambos generarían intereses. Es decir, el crédito adicional o refinanciamiento estipulado en el contrato de apertura de crédito simple con interés y garantía hipotecaria ``es un acto simulado para capitalizar los intereses devengados y no pagados. No es verdad que se trate de un nuevo crédito otorgado para pagar créditos debidos, ya que no se entregó dinero alguno para cubrir los intereses causados'', lo cual ``no es otra cosa que la denominada falsedad ideológica por dinero no entregado, que consiste en que, cuando no se entrega el dinero que se dice prestado y sólo se producen movimientos contables para que la cantidad dispuesta quede a favor del banco acreditante, se simula el cobro de cantidades adeudadas por su cuenta''.
Esta situación, concluye el tribunal, es un acto simulado que encierra un pacto de anatocismo.
Las presiones, inútiles, advierte Juventino Castro a barzonistas
El ministro Juventino V. Castro y Castro dijo ayer a representantes de El Barzón que el dictamen de la Suprema Corte ``se resolverá en derecho'' y que cualquier presión de alguna de las partes ``será inútil''.
Durante esa entrevista, los barzonistas le entregaron al ministro documentación que avala la posición de los deudores acerca de que es ilegal la capitalización de réditos, toda vez que el crédito ``adicional'' otorgado por los bancos es un ``acto simulado'' y, en consecuencia, un ``pacto de anatocismo''.
Sobre la reunión con los barzonistas en la sede de la SCJN, Castro y Castro comentó: ``Les hice comprender que el asunto se resolverá sin presiones. Creo que lo comprendieron y eso me dio mucho gusto''.
Los barzonistas realizaron ayer una manifestación fuera de la SCJN para ``sensibilizar'' a los ministros sobre el problema que enfrentan los deudores y las acciones ``ilegales'' de la banca.
Después de unos minutos, una comisión de barzonistas se reunió con el ministro y le entregó un escrito en el que alegan que en los contratos de apertura de créditos los bancos incurrieron en ``simulación de actos'', capitalización de intereses y anatocismo.
Explicaron que los bancos incurrieron en simulación porque en ningún momento entregaron ``físicamente cantidad alguna por el llamado crédito adicional''.
Además, de una cláusula de los contratos se desprende que al fijar el cobro de intereses ordinarios se dispone que las cantidades ejercidas por los acreditados causarán ``intereses ordinarios sobre saldos insolutos''
Los barzonistas cuestionaron: ``¿Por qué de nueva cuenta la institución bancaria cobra intereses ordinarios sobre la cantidad destinada al pago de intereses ordinarios? Esta acción representa un acto de anatocismo''.
A manera de ejemplo, el escrito señala que en diversos contratos de apertura de crédito simple con garantía hipotecaria, otorgados por Bancomer, se encuentra ``claramente comprobado'' el pacto de anatocismo, pues ``de la cláusula en la que se contempla el cobro de intereses ordinarios sobre saldos insolutos se desprende que las cantidades ejercidas por el acreditado, conforme a lo estipulado en las cláusulas (...) causarán intereses ordinarios sobre saldos insolutos''.
Jesús Aranda El ministro instructor de la controversia constitucional sobre la legalidad del cobro de intereses sobre intereses, Juventino V. Castro y Castro, dijo ayer a representantes de El Barzón que el dictamen de la Suprema Corte ``se resolverá en derecho'' y que cualquier presión de alguna de las partes ``será inútil''.
Durante esa entrevista, los barzonistas le entregaron al ministro documentación que avala la posición de los deudores acerca de que es ilegal la capitalización de réditos, toda vez que el crédito ``adicional'' otorgado por los bancos es un ``acto simulado'' y, en consecuencia, un ``pacto de anatocismo''.
Sobre la reunión con los barzonistas en la sede de la SCJN, Castro y Castro comentó: ``Les hice comprender que el asunto se resolverá sin presiones. Creo que lo comprendieron y eso me dio mucho gusto''.
Los barzonistas realizaron ayer una manifestación fuera de la SCJN para ``sensibilizar'' a los ministros sobre el problema que enfrentan los deudores y las acciones ilegales de la banca.
Después de unos minutos, una comisión de barzonistas se reunió con el ministro y le entregaron un escrito en el que alegan que en los contratos de apertura de créditos los bancos incurrieron en ``simulación de actos'', capitalización de intereses y anatocismo.
Explicaron que los bancos incurrieron en simulación porque en ningún momento entregaron ``físicamente cantidad alguna por el llamado crédito adicional''.
Además, de una cláusula de los contratos se desprende que, al fijar el cobro de intereses ordinarios se dispone que las cantidades ejercidas por los acreditados causarán ``intereses ordinarios sobre saldos insolutos''
Los barzonistas cuestionaron: ``¿Por qué de nueva cuenta la institución bancaria cobra intereses ordinarios sobre la cantidad destinada al pago de intereses ordinarios?. Esta acción representa un acto de anatocismo''.
A manera de ejemplo, el escrito señala que en diversos contratos de apertura de crédito simple con garantía hipotecaria, otorgados por Bancomer, se encuentra ``claramente comprobado'' el pacto de anatocismo, pues ``de la cláusula en la que se contempla el cobro de intereses ordinarios sobre saldos insolutos se desprende que las cantidades ejercidas por el acreditado, conforme a lo estipulado en las cláusulas (...) causarán intereses ordinarios sobre saldos insolutos''.