Prepara la PGJDF ``fuerte respuesta'' por la absolución de ejecutivos de IBM
José Galán Ť La Procuraduría capitalina prepara una ``fuerte respuesta'' ante la absolución de tres altos ejecutivos de la IBM implicados en el fraude de más de 30 millones de dólares en contra de la dependencia, decretada este martes por los magistrados de la sala decimoprimera del Tribunal Superior de Justicia.
De hecho, se espera que hoy mismo sea el procurador de Justicia de la capital del país, Samuel del Villar, quien en conferencia de prensa fije públicamente la postura de su dependencia y las diferentes alternativas legales como reacción ante una decisión que, de acuerdo con fuentes cercanas al caso, ha provocado ``gran molestia e indignación'' dentro de la PGJDF.
De acuerdo con la legislación vigente, el Ministerio Público no tiene posibilidad de interponer recursos de inconformidad o apelación ante la decisión de las salas del tribunal, pero de acuerdo con jurisprudencia vigente desde 1967, y aprobada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, podría fincar juicio político contra los magistrados que tomen decisiones en contra del interés de la sociedad.
Los magistrados Javier Raúl Ayala Casillas, José Guadalupe Carrera Domínguez y Enrique Sánchez Sandoval, se declararon incompetentes para ventilar el caso de los ejecutivos Roberto Hiriart Torruco, director ejecutivo de operaciones de industria; Edgardo Alberto Cantú, gerente de ventas, y Joaquín Saldaña Otero, empleados de la IBM, que participaron en la venta al parecer fraudulenta de equipo y programas de computación, y decidieron que debe ser la justicia federal la que tiene competencia para ver el caso.
A pesar de que la defensa de los inculpados había ya solicitado a la Procuraduría General de la República atraer el caso, lo que fue rechazado por esa instancia, la decisión del Tribunal Superior de Justicia, contenida en un sumario de más de 600 páginas, decidió que, a final de cuentas, como los delitos fueron cometidos contra el todavía Departamento del Distrito Federal, es la instancia federal la que debe litigarlos.
Al declararse incompetente, los tres inculpados obtuvieron de inmediato su libertad, aún cuando hay todavía otros once inculpados sometidos a proceso penal, acusados por la PGJDF de uso indebido de atribuciones y facultades. Los equipos de abogados de la procuraduría capitalina trabajan desde este martes a marchas forzadas para buscar las posibilidades legales de continuar con el caso, a pesar de no contar ya con ninguna instancia de apelación, de acuerdo con la legislación vigente, por lo que esta decisión de la sala décimo primera resulta prácticamente inapelable.
Dentro de las 600 páginas del resolutivo judicial, un párrafo resulta clave: ``se declina la competencia respecto al presente caso, a fin de que se siga con el conocimiento del mismo a la autoridad federal, al estimar que los hechos son propios de su competencia''.
Desde el principio, el abogado en jefe de la defensa, Joaquín de Teresa -el mismo que tomó la defensa de los inculpados en el caso Ericsson-, enarboló el fuero federal como el ámbito de litigio correspondiente, debido a que, cuando se cometió el ilícito, en 1995 y 1996, el Departamento del Distrito Federal era una dependencia más del poder ejecutivo federal.
Sin embargo, la jurisprudencia sobre el particular, asentada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación desde 1950, sostiene que, al igual que las demás entidades, ``el Departamento del Distrito Federal tiene su patrimonio y hacienda pública propios, separados de la hacienda pública federal, por lo que los hechos delictuosos contra el DDF, por parte de sus empleados, deben ser considerados como delitos del orden común'', por lo que no se incluyen en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
En consecuencia, los hechos delictivos atribuidos a esos tres ejecutivos corresponden a la competencia del fuero común. De otra manera, cualquier caso de peculado en el Distrito Federal tendría que ser del conocimiento del fuero federal.
Y mientras que la legislación actual no concede el derecho de apelación de las decisiones del tribunal al Ministerio Público, esto es, a la Procuraduría de Justicia, existe jurisprudencia desde 1967, aceptada por la Suprema Corte que abre la posibilidad de considerar a los magistrados que adopten decisiones ajenas al interés de la sociedad como sujetos de juicio político.