La Jornada 6 de enero de 1999

Ratifica la PGR los cargos de privación ilegal de la libertad, motín y robo

La aprehensión de los cinco profesores de la sección 9 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) se ejerció estrictamente en términos de ley, porque ``se reunieron plenamente los elementos de los delitos de privación ilegal de la libertad en su modalidad de secuestro, motín y robo'', informó la Procuraduría General de la República.

El Ministerio Público Federal refirió que, jurídicamente, la detención de los profesores Néstor Trujano Molina, Alonso Raúl Vargas, Blanca Luna Becerril, María del Refugio Jiménez y Helio Bejarano, ocurrida el pasado viernes 2 de enero, se sustenta en que impidieron por más de 10 horas la salida de los legisladores y del personal administrativo del Senado de la República cuando se manifestaron frente al recinto de Donceles. Para la autoridad, los manifestantes que ingresaron a la Cámara alta causaron daños al edificio, se apoderaron de la reproducción facsimilar del discurso pronunciado por Belisario Domínguez en 1913 y de otros objetos propiedad de ese recinto, además de que algunos empleados del Senado resultaron lesionados.

Una vez ocurrido el hecho, la Coordinación Jurídica del Senado presentó una denuncia de hechos ante la Representación Social Federal. Al ser ratificada la denuncia, el Ministerio Público Federal recibió como prueba cuarenta declaraciones, incluidas las de cinco senadores y el resto de empleados de esa legislatura, quienes hicieron imputaciones directas mediante fotografías y videos, dictámenes periciales, inspecciones ministeriales que ``ilustran la participación de los ahora inculpados'' en los hechos del 11 de noviembre de 1998.

De esa forma, justifica la PGR, se ejercitó acción penal por los delitos de motín, privación ilegal de la libertad en su modalidad de secuestro, daños en propiedad ajena, lesiones y robo, ante el juez primero de Distrito en Materia Penal en el Distrito Federal. Sin embargo, dicha autoridad judicial libró sólo órdenes de aprehensión por los delitos de privación ilegal de la libertad en su modalidad de secuestro, motín y robo. A decir de la Procuraduría, el MPF ha actuado en términos de ley de acuerdo con la denuncia presentada y ejerció la acción penal por considerar que se reunieron elementos de los delitos denunciados, y corresponde al Poder Judicial Federal resolver el caso conforme a derecho.