n Apelarán ante la SCJN para revisar el fallo
Determinan jueces suspender el amparo a vecinos de Cuicuilco
n Los magistrados argumentaron que no existe interés jurídico
Patricia Vega n Alegando una supuesta "inexistencia del interés jurídico por parte de los quejosos", el pasado 28 de enero magistrados del primer tribunal colegiado en materia administrativa determinaron sobreseer el amparo que había sido concedido en favor de la Asociación Vecinal para la Defensa de Tlalpan, AC, cuyos integrantes han buscado suspender ųactualmente sería demolerų el edificio construido por el grupo Carso-Inbursa en terrenos que, no obstante ser propiedad privada, formaron parte de la zona arqueológica de Cuicuilco.
Ante esa situación, el martes Joaquín Ortega Arenas, representante jurídico de tal asociación, solicitará formalmente la revisión de dicho fallo. Por lo tanto, el amparo habrá de ser resuelto, en última instancia, por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El 7 de mayo de 1998 Jean Claude Tron Petit, en ese entonces juez primero de distrito en materia administrativa en el Distrito Federal, resolvió amparar a los defensores de Cuicuilco, con base en el reconocimiento de la legitimidad de sus acciones en la tutela de los "intereses difusos" y de los "derechos humanos de tercera generación", es decir, el juez admitía la existencia del interés jurídico del pueblo mexicano en la defensa de su patrimonio cultural.
Fueron 70 hojas tamaño oficio, las que el juez Tron Petit utilizó para desarrollar los alegatos jurídicos en los que se basó para resolver una sentencia favorable a la Asociación Vecinal para la Defensa de Tlalpan, AC, y demás personas firmantes, concediéndoles el amparo contra el otorgamiento de permisos, licencias y la modificación de las ya existentes (por parte de funcionarios del Instituto Nacional de Antropología e Historia, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal, y de la delegación Tlalpan del Distrito Federal, entre otras dependencias) al Grupo Carso-Inbursa para la construcción de una torre y la remodelación de los vestigios de una fábrica transformada ahora en el centro comercial que lleva por nombre Plaza Cuicuilco.
En una revisión de expedientes se encontró que hace un año y medio el primer tribunal colegiado en materia administrativa declaró que sí existe elemento jurídico (por intereses difusos o de tercera generación) en un amparo que se concedió en favor de Loreto y Peña Pobre (razón social perteneciente a Carlos Slim, quien también encabeza los grupos Carso-Inbursa). Sin embargo, ahora que ese mismo tribunal revisó un amparo que involucra a Loreto y Peña Pobre como "terceros perjudicados", se declara que no existe tal interés jurídico para los defensores de la zona arqueológica.
Basado en la "flagrante contradicción" en la que han incurrido los magistrados Julio Humberto Hernández Fonseca, Samuel Hernández Villazcán y Pablo Domínguez Peregrina, ya que con su fallo "actúan claramente como abogados de Loreto y Peña Pobre", el defensor Joaquín Ortega Arenas solicitará la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver, en definitiva, el amparo interpuesto por la Asociación Vecinal para la Defensa de Tlalpan, AC.
Por otra parte, desde que en mayo de 1998 trascendió el fallo favorable a los defensores de Cuicuilco, el representante jurídico del grupo Carso-Inbursa, Carlos López Córdova, desestimó la decisión del juez Tron Petit, con la seguridad de que durante su revisión el amparo otorgado sería sobreseído.
Mientras tanto, el juicio de amparo número 666/97, promovido por la Asociación Vecinal para la Defensa de Tlalpan AC y coagraviados, aún no termina. La Suprema Corte de Justicia de la Nación es la instancia que tendrá la última palabra.