n No realizaron los controles requeridos: CNDH
Médicos, responsables de que una niña adquiriera sida en un hospital
Angeles Cruz n A los nueve años de edad, Adriana llegó al hospital número 33 del IMSS en Monterrey, Nuevo León, para una cirugía de amígdalas. Luego de dos reingresos por complicaciones, malestares abdominales y sangrados que motivaron ocho transfusiones sanguíneas, el diagnóstico fue hepatitis viral. A los pocos meses aparecieron nuevas fiebres y malestares respiratorios que llevaron a la detección de VIH/sida.
La investigación realizada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) detectó que el personal médico del hospital no llevó control alguno en el manejo de la sangre ni en el expediente clínico, pues en éste ni siquiera se pudo precisar cuántas transfusiones se practicaron.
En ningún lado se encontró evidencia documental sobre los donadores y las pruebas realizadas al plasma para descartar cualquier enfermedad. Además, personal del banco de sangre del IMSS comentó que hay evidencias de que afuera de la institución la gente vende su sangre, lo cual también es una irregularidad.
"El hecho de que existan personas que venden su sangre significa que el personal médico encargado de llevar a cabo estas prácticas exanguíneas con donadores desconocidos y repetitivos, debió extremar sus precauciones para darle seguimiento", señaló la CNDH.
No obstante, el Consejo Técnico del Seguro Social determinó que no hay responsabilidad médica en el caso, no ordenó ninguna investigación complementaria y únicamente autorizó el pago de 91 mil 761 pesos a la menor afectada, cantidad similar a la que correspondería a una persona con incapacidad total permanente.
Al respecto, la CNDH puntualiza que el instituto deberá tomar en cuenta que el daño ocasionado a la niña al trasfundirle sangre contaminada con el virus de la inmunodeficiencia humana, causante del sida, es de naturaleza total e irreparable, por lo que el pago "debe considerar el daño físico consistente en la afectación letal de la salud de la agraviada y el daño moral que conlleva para la misma y para sus padres".
También en Monterrey, pero en el Hospital General número 25, se informó hace unos días sobre dos trasplantes de riñón contaminados con VIH/sida.
En cuanto a la queja presentada por los padres de Adriana, la CNDH encontró desde un principio serias contradicciones entre los reportes de los médicos que tuvieron bajo su responsabilidad el cuidado de la menor, lo asentado en el expediente y los reportes verbales de los empleados del banco de sangre sobre el número de transfusiones hechas a la niña. Mientras el primero únicamente reporta tres transfusiones, los informes verbales de los emplea- dos del laboratorio y del banco de sangre llevan a la deducción de que en realidad la menor recibió ocho transfusiones.
Todo lo anterior permite a la CNDH concluir que probablemente desde su primer ingreso a cirugía la niña ya presentaba un cuadro de hepatitis viral en su etapa subclínica, y esto ocasionó las alteraciones posteriores y la segunda intervención.
La CNDH considera que, si el banco central de sangre del Hospital General de zona 34 y las autoridades del Hospital General de zona número 33 hubiera llevaran el control debido de entradas y salidas de sangre, y los médicos, paramédicos y demás trabajadores de la salud que participan en la atención médica hubieran observado las normas establecidas, se hubiera evitado la grave e irreversible afectación.
El reporte destaca que ni siquiera ha sido posible aclarar la información acerca de cinco de los ocho donadores, y dado que el personal médico entrevistado por la CNDH asegura que las pruebas resultaron negativas al VIH, la comisión recomienda al director general del IMSS, Genaro Borrego Estrada, que se localice al donador portador del virus, para evitar que siga infectando a más personas.
La recomendación, firmada por la ombudsman Mireille Roccatti, también recomienda dar vista a la Contraloría Interna a fin de determinar la responsabilidad en que pudieron haber incurrido los médicos Aleyda Elizondo Tijerina, José Cruz Avila, Esteban Mendoza Garza y Hugo Castro Galván, que ordenaron las transfusiones y que intervinieron ellas.
Asimismo, destaca que existe responsabilidad administrativa de los doctores Wilfrido Du Solier, director médico del Hospital General 33, y José Guadalupe Maldonado, jefe de laboratorio del puesto de recolección de sangre de ese hospital.
También determina que existe responsabilidad profesional del director médico y del director administrativo del Hospital General 34, debido a que no permiten a los trabajadores sociales supervisar ni vigilar las prácticas exanguíneas de "alto riesgo".