n El recurso es improcedente, asegura el gobernador con licencia
Aprobó el Congreso de Morelos el juicio político contra Carrillo Olea
n El dictamen se remitirá al TSJ n Se fundó indebidamente en la ley de responsabilidades, señala
Francisco Guerrero Garro, corresponsal, Cuernavaca, Mor., 2 de junio n Con el voto a favor de 17 diputados perredistas, panistas y del Partido Civilista Morelense, este día se aprobó la procedencia del juicio político contra el gobernador con licencia Jorge Carrillo Olea, por lo que el Congreso local turno el expediente al Tribunal Superior de Justicia (TSJ), al que solicita separarlo de la gubernatura e inhabilitarlo para ocupar cualquier cargo público.
A la sesión especial no asistió el general en retiro ni su defensa para la conclusión de alegatos. Sin embargo, Carrillo Olea emitió un documento en el que argumenta la improcedencia de su enjuiciamiento, al considerar que los "denunciantes textualmente iniciaron un juicio de responsabilidades y erróneamente el Congreso tramitó un juicio político, sin advertir que se trata de dos figuras jurídicas totalmente distintas".
Agrega que los hechos denunciados son falsos, y por lo mismo no fueron probados durante el procedimiento, además de que no constituyen ninguna de las violaciones que los textos legales requieren para que pueda reclamarse responsabilidad a los gobernantes.
En otro punto, precisa que el procedimiento de juicio político se fundó equivocada e indebidamente en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, que ilegalmente rebasa los textos constitucionales y por lo tanto carecen de eficacia jurídica.
En otro documento enviado a la prensa, Carrillo Olea asegura que su proceso se ha derivado de una lucha por el poder en el estado, en donde la oposición busca "tomar ventaja" de sus posiciones.
La sesión en el Congreso se vio amenazada con la suspensión ante la toma del palacio legislativo por alrededor de 300 habitantes de Huitzilac que exigen se realice una auditoría al ayuntamiento, pero el incidente no pasó a mayores y los diputados de oposición, por mayoría simple (por los 12 votos en contra de los legisladores priístas), encontraron responsable a Carrillo Olea de actos de omisión en sus funciones en materia de seguridad pública, desvío de recursos y violaciones a las constituciones federal y local, por lo que en el pleno camaral fueron aprobadas las conclusiones de sentencia declarativa, resueltos por la comisión instructora.
En el dictamen se establece como la falta más grave la omisión de funciones, pues Jorge Carrillo Olea, ex director del Centro de Inteligencia y Seguridad Nacional y del desaparecido Instituto Nacional para el Combate a las Drogas, ignoró las denuncias civiles que advertían del involucramiento de funcionarios de primer nivel de la Procuraduría de Justicia con la delincuencia organizada.
Se señala que el mandatario con licencia conoció de las irregularidades e ilícitos que cometían el ex procurador Carlos Peredo Merlo; el ex director de la Policía Judicial, Jesús Miyazawa, y el ex jefe del grupo antisecuestros, Armando Martínez Salgado, "tal y como lo consideró la Comisión Nacional de Derechos Humanos".
No obstante, a fines de enero de 1998 el comandante Martínez Salgado fue detenido cuando intentaba deshacerse del cadáver de un delincuente, lo que propició la detención y arraigo del ex procurador, el subprocurador, el director de la Judicial y otros altos mandos por parte de la PGR.
Acerca del desvío de recursos, se precisa que se estableció un fideicomiso con una aportación del gobierno estatal de 124 hectáreas para la construcción de una central camionera, que fueron trasladadas a una central de abastos, sin que se hubiera solicitado autorización al Congreso.
Las violaciones a las constituciones federal y local se refieren a que Carrillo Olea, en la integración de su gabinete, designó a Manuel González Jameson secretario de Hacienda; a Miguel Angel Dávila Mendoza secretario de Desarrollo Económico y a Carlos Peredo Merlo como procurador general de Justicia, sin que éstos cumplieran los requisitos de ser morelenses por nacimiento y tener un mínimo de 10 años de residencia el día de su designación.
Tras la discusión que precedió a a la votación, la sentencia declarativa del Congreso fue turnada al TSJ, en donde el proceso tardará de tres a cinco meses y los magistrados deberán emitir una sentencia jurídico legal de separación de cargo e inhabilitación, que va de seis a 12 años, o la exoneración de cualquier responsabilidad al mandatario con licencia.