n Con ello avalará la promulgación de la referente a la asistencia privada


Confirmará la Corte facultad de la ALDF para emitir leyes

n Será el primer asunto legal en el que el máximo tribunal resuelva a favor del GDF

Jesús Aranda n La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmará este jueves la facultad de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para emitir leyes y, por ende, la legalidad de la promulgación de la de Instituciones de Asistencia Privada del Distrito Federal.

De acuerdo con las discusiones privadas de los ministros --ayer se afinaron incluso las tesis (seis al menos)--, existe consenso en el punto fundamental de la controversia, motivada por la acción de inconstitucionalidad promovida por las fracciones opositoras en la ALDF, en el sentido de que este órgano sí tiene atribuciones legales para emitir leyes.

Respecto a las solicitudes de juicio de amparo que interpusieron en su momento las instituciones de asistencia privada en contra de la citada legislación, en la que se alega particularmente la posibilidad de que el Gobierno del Distrito Federal intervenga legalmente en la dirección y administración de dichas juntas, el pleno de ministros acordó que los temas de "legalidad" sean resueltos por los juzgados en que fueron interpuestos, aunque claro, en su resolución final tendrán que seguirse los criterios que defina la SCJN.

Pese al hermetismo con que han desarrollado los ministros los trabajos y discusión sobre esta acción de inconstitucionalidad, trascendió que al aprobar como primer tesis la facultad de la Asamblea Legislativa para emitir leyes, el efecto sobre los otros temas será de dominó.

Es decir, en las otras tesis prevalecerá el criterio de que la Asamblea actuó legalmente, aunque sí habrá acotaciones a la intervención del jefe de Gobierno en la administración de las instituciones de asistencia privada.

Este será el primer asunto legal en el que la SCJN resuelva a favor del gobierno de Cuauhtémoc Cárdenas, si se toma en cuenta que en la controversia constitucional que interpuso también la oposición en contra de la Ley Electoral del Distrito Federal la Corte rechazó los puntos medulares de la iniciativa.

Cabe señalar que la Procuraduría General de la República comparte en términos generales la opinión esbozada por el pleno de la SCJN, en el sentido de que la ALDF tiene facultad para emitir leyes. Opinión que consta en el expediente, toda vez que el Ministerio Público federal debe fijar una posición cuando se trate de acciones de inconstitucionalidad o controversias constitucionales.

Por otra parte, el consejero jurídico del gobierno capitalino, Mauro González Luna, destacó la trascendencia del fallo --si se confirma--, porque reconocería la facultad de los gobiernos estatales de emitir leyes en materia de seguridad social.

Incluso, dijo, aunque la corte estableciera que este tipo de legislación debe ser producto de la participación conjunta de los gobiernos federal y, en este caso, del Distrito Federal, sería muy importante.

Entrevistado en la sede de la SCJN, el funcionario dijo que aun cuando evitó hacer comentarios sobre el sentido del fallo, confía en que la Corte resuelva a favor de la administración cardenista.

n Controversia


Dictamen de la PGR es favorable al gobierno local

Ricardo Olayo n La opinión que emitió la Procuraduría General de la República (PGR) sobre el tema de la constitucionalidad de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada fue favorable a las autoridades de la ciudad de México, según el dictamen que entregó esta dependencia al ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia, integrante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Para el Ejecutivo federal, representado por la PGR, el asunto en controversia por la legislación de la asistencia privada entre los partidos de oposición y la mayoría en la Asamblea Legislativa, "es fiel reflejo de una evolución política del Distrito Federal, en proceso, y en la que se encuentran interaccionando los actores políticos de nuestros días", establece el escrito.

Sin hacer recomendación alguna para la resolución de la SCJN, la PGR subraya que "seguramente la resolución del pleno del máximo tribunal servirá de orientación en esta tarea que aún no concluye y que será en beneficio de todos los habitantes de esta gran ciudad", indica.

Precisamente, tras siete meses de alegatos, en los que ha intervenido el gobierno de la ciudad, el Nacional Monte de Piedad, grupos opositores a la Junta de Asistencia Privada, entre otros, esta próxima la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que incluye recomendaciones para que algunos artículos de la ley tengan una mejor redacción.

El fondo del asunto referido a la facultad de la Asamblea para legislar en la materia fue abordado por la Procuraduría General de la República, institución a la que se pidió su opinión, según las facultades que le confiere la ley.

Tras elaborar un dictamen de 73 cuartillas, en él se exponen las tesis que indican que la asistencia privada no puede ser materia de los congresos locales, además de las explicaciones en sentido contrario, basadas en que por lo menos en 20 estados de la República los congresos locales han legislado en ese punto.

En uno de los apartados del dictamen se establece que "las violaciones al procedimiento legislativo que se esgrimen no resultan de trascendencia tal que puedan derivar en la declaratoria de invalidez de la norma impugnada".

El documento que contiene el dictamenfue firmado por el subprocurador Eduardo Ibarrola Nicolín.

IAP: amparos y desamparos

Ricardo Olayo n Las instituciones de asistencia privada (IAP) que se oponen a la nueva norma en esta materia en la ciudad de México han interpuesto 20 amparos colectivos, de los cuales cuatro han sido desechados por improcedentes, y el resto está en proceso de sentencia, o bien dependen de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En dos resoluciones dictadas hasta ahora, los jueces federales determinaron que la justicia "no ampara ni protege" a las IAP inconformes, mientras en otros dos expedientes decidieron sobreseer el tema; es decir, dejaron sin materia el recurso.

Un informe del gobierno de la ciudad indica que se ampararon 160 IAP de las casi 440 que agrupa la Junta de Asistencia Privada (JAP). A continuación, el número de IAP por cada amparo interpuesto en los juzgados federales:

 

JUZGADO PRIMERO 44 amparos

 

JUZGADO SEGUNDO 48 amparos

 

JUZGADO TERCERO un amparo

 

JUZGADO CUARTO 13 amparos

 

JUZGADO QUINTO 19 amparos

 

JUZGADO SEXTO 4 amparos

 

JUZGADO SEPTIMO 12 amparos

 

JUZGADO DECIMO 19 amparos