EL 3 DE MARZO, ALEJANDRO NADAL PUBLICO en estas páginas su primer comentario sobre el convenio UNAM-Diversa, formulando críticas entendibles porque desconocía el texto del instrumento. Adujo entonces que había un supuesto "vacío jurídico" en la materia, pero que ello "no frenó" a la UNAM para celebrar un convenio que comercializará "recursos genéticos que no le pertenecen". Cuestionó por qué la UNAM "no es cotitular de las patentes que puedan resultar y se conforma con pagos de regalías que pueden ser más o menos modestos". Lo invité entonces a conocer el convenio y los documentos anexos.
En su comentario, el doctor Nadal insiste en aseveraciones que no se sostienen ante el lenguaje preciso del convenio. Por ningún motivo quiero pensar que exista mala fe en ello, pero me resulta inexplicable que se le haya escapado el alcance de los términos jurídicos cuidadosamente escogidos.
El doctor Nadal reconoce la existencia del artículo 87 bis de la LGEEPA, lo que demuestra que no existía tal "vacío jurídico", absteniéndose de reconocer que esa disposición legal regula el acceso a esos recursos, requiriendo incluso el consentimiento del dueño del predio en que se encuentren las muestras a ser recolectadas. ƑPor qué razón no informó que, en la cláusula 23 del convenio, se dispuso que las muestras se recolectarían "de conformidad con las disposiciones legales en vigor" y sólo en terrenos federales, y que la Federación (cláusulas 2.6 y 2.7) dio a través de la autoridad competente (el INE) su requerido consentimiento mediante un convenio que firmó con la UNAM y con Conabio, cuyo texto también le facilité? Además, en la cláusula 2.6 se convino que para ello debían obtenerse los permisos solicitados.
ƑPor qué se concentra sólo en beneficios secundarios, como la contribución de una cantidad para equipo y en el monto del pago de las muestras y de regalías, con las que generalmente se tienen que conformar los países en desarrollo que no pueden aprovechar más que esos beneficios, por carecer de medios para obtener y gozar de otros que sí obtuvo la UNAM en el convenio con Diversa? ƑPor qué omitió informar que el Instituto de Biotecnología de la UNAM consiguió, principalmente, nada menos que la transferencia de biotecnología (no sólo para el aislamiento de muestras del entorno, sino para todas las etapas del proceso de bioprospección, lo que la pondrá en posición de obtener sus propias patentes), además del establecimiento de la primera colección de tales muestras en el país y la creación de un Centro de Estudios de Biodiversidad Microbiana, y que ello no tiene antecedentes en negociaciones similares y equivalentes?
ƑPor qué no señaló la alternativa a la ausencia de un convenio como éste, que ha sido la actitud histórica de extranjeros para obtener esas muestras en nuestro territorio, al cual entran sin pedir permiso, llevándoselas sin dejar beneficio alguno? El precedente sentado por este convenio, con el atinado apoyo de las autoridades ambientales, es precisamente el opuesto al que alega Nadal, pues Diversa, en cambio, buscó el respeto a nuestra soberanía, nuestras leyes y nuestros recursos naturales.
Más preocupante es la aseveración de que la UNAM se haya presentada como dueña de los recursos genéticos, o que haya comercializado con ellos permitiendo su saqueo (y los "del mundo entero"), cuando expresamente cuidó de proveer (cláusula 5 invocada parcialmente por Nadal) que las partes únicamente se respetaran "los derechos, título e intereses, incluyendo los derechos de propiedad intelectual" que cada una de ellas "adquiera de conformidad con las disposiciones legales aplicables", por lo que la UNAM no concedió a Diversa derechos o patentes de naturaleza alguna. Resulta insostenible que el convenio viole la legislación aplicable. Además, ha sido ya discutido y debatido en foros nacionales, que la UNAM ha alentado, en los que he tenido oportunidad de participar y en los que no encontré al doctor Nadal.
En lo que sí coincido con Nadal es en la necesidad de contar con una política adecuada sobre el acceso a los recursos genéticos del país. Añadiría que es urgente enriquecer el marco jurídico vigente, para que ese convenio no sea la excepción, y que todos los convenios cumplan con las exigencias de la Convención sobre Diversidad Biológica de 1992 en materia de beneficios, y detengan el saqueo de esos recursos.
(*) Abogado, representante de la UNAM en el convenio Diversa-UNAM