n La iniciativa deja en situación endeble a deudores, advierte Coparmex
Daría excesivos poderes a bancos la ley de garantías de crédito
n Las instituciones financieras podrían adjudicarse bienes y propiedades sin trabas y con rapidez
Patricia Muñoz Ríos n La iniciativa de Ley Federal de Garantías de Crédito que envió el presidente Ernesto Zedillo al Congreso de la Unión otorga poderes ''excesivos'' a los banqueros y fiduciarios, y deja en una situación endeble a los deudores, sostiene la Confederación Patronal (Coparmex). Advierte que el ordenamiento concede más facultades a los dueños de las instituciones financieras para que puedan adjudicarse sin trabas y con rapidez propiedades y bienes en garantía de los acreditados cuando hay problemas de pago.
En el documento Análisis de la iniciativa enviada por el Poder Ejecutivo al Congreso, denominada Ley Federal de Garantías de Crédito, el organismo señala que esta normatividad es peligrosa para los deudores, pues los coloca en una situación en la que fácilmente, en un promedio de 20 días, pueden perder sus propiedades, debido a los poderes que otorga a los acreedores.
''Encontramos que la iniciativa referida tiene puntos a favor y en contra para los participantes en un crédito. Sin embargo, se encuentran riesgos para los deudores, pues les quita la propiedad de los bienes que están en garantía, otorgando un poder a los acreedores y fiduciarias que puede ser peligroso, sobre todo en situaciones de crisis o inestabilidad financiera a nivel nacional e internacional, pues (lo anterior) podría, incluso, derivar en un cierre masivo de empresas, dada la adjudicación inmediata que de ellas harían los banqueros'', puntualiza el organismo empresarial.
El documento señala que en caso de que por algún motivo los deudores suspendieran sus obligaciones los banqueros podrían adjudicarse inmediatamente los bienes, según las facultades que les otorgaría la legislación, ya que los tiempos de resolución se acortarán de tal forma que un juicio se llevará en un promedio de diez a 20 días y el derecho de réplica sobre las resoluciones emitidas es ''muy endeble''.
Esta situación puede ser sobre todo de alto riesgo si se presenta una crisis económica o de inestabilidad financiera nacional e internacional, pues en caso de que las empresas tuvieran problemas de pago, los banqueros tendrán facultades para actuar con rapidez conforme a esta ley, y despojar de las empresas a los deudores, hasta generar un cierre masivo de empresa, asegura el análisis.
Detalla que el título primero de la ley tiene como objetivo promover el acceso al crédito y proteger los intereses de los acreditados; sin embargo, agrega que se tendría que entrecomillar la palabra proteger porque, en cambio, se otorgan beneficios excesivos a los acreedores para la recuperación de los préstamos.
En este mismo apartado se determina que el juez que conozca de una suspensión de pagos o quiebra, ''deberá decretar, sin mayor trámite en cuanto le sea solicitado por los acreedores, la exclusión de los bienes''. Esto significa que a fin de dar seguridad a los banqueros o representantes de otras instituciones financieras, todos ellos tendrán prioridad sobre los bienes aún cuando haya otros acreedores.
En el título segundo, referido a los fideicomisos de garantía, dice que en cualquier contrato de esta naturaleza, el legítimo titular de los bienes será la fiduciaria, además de que ''los dados en fideicomiso deberán estar asegurados por una cantidad que alcance a cubrir su valor, debiendo designarse como beneficiario de la póliza a la fiduciaria'', con la salvedad de que la persona que se encuentre en posesión de los bienes, o sea el deudor, será responsable por todo daño, deterioro o pérdida de los bienes.
El título tercero se refiere a los derechos legales sobre bienes muebles que tienen por objeto garantizar el cumplimiento de una obligación, y según la Coparmex, aquí también la normatividad se encamina a proteger adicionalmente a los fideicomisos, para el caso de incumplimiento de los deudores, ya que el acreedor está obligado a restituir la propiedad del deudor, hasta que ''estén pagados integramente el principal, sus intereses y accesorios''.
El título cuarto señala cómo se deberán registrar estos contratos para que sean válidos, en tanto que el quinto, que se refiere al procedimiento de ejecución, recoge ''los viejos anhelos de los banqueros de tener procedimientos sumarios, en donde realmente se pueda hacer afectiva la garantía de sus créditos otorgados, evitando juicios prolongados, en donde muchas veces, prácticamente, era imposible hacer efectiva la citada garantía, dadas las lagunas que existían en la ley''.
En la iniciativa, apunta la Coparmex, se manejan dos procedimientos para tramitar el pago de los créditos y la obtención de la posesión de los bienes objeto de las garantías por parte del acreedor: el extrajudicial y el judicial. El primero procederá cuando no exista controversia entre las partes sobre la posesión de los bienes; el segundo, cuando el deudor no quiera ceder.
Los tiempos de resolución se acortarán rotundamente, ya que una vez entrado el procedimiento judicial, el juez deberá requerir el pago al deudor, y este tendrá un plazo no mayor a cinco días para contestar positivamente o devolver la posesión de los bienes.
El ''carácter sumario'' del procedimiento, según la Coparmex, se encuentra en los artículos 70 y 72, en los que se obliga a la presentación de pruebas y a citar audiencia en un plazo no mayor a diez días. Una vez realizada ésta, se procederá a vender los bienes y en caso de que se apelen las resoluciones, ''éstas sólo podrán ser tramitadas en efecto devolutivo''.
La última parte de esta ley se refiere a las infracciones. Estas se aplicarán por las omisiones o actos de mala conducción que cometan las instituciones de crédito en su carácter de fiduciarias y los acreedores y ''se mencionan los delitos y sanciones, para aquellas personas que den en garantía bienes ya embargados o gravados a favor de terceros, o bien, para aquellas que destruyan o deterioren con mala fe los bienes que conservan en posesión y que estén dados en garantía'', concluye el análisis.