n No puede haber excusas para infringir la ley


Era necesaria la intervención policiaca, indica la CDHDF

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) estableció que las demandas de un grupo o movimiento social "no pueden, legítimamente, ser excusa ni coartada para actos que infrinjan la ley", cuyo cumplimiento debe garantizar la autoridad.

En un comunicado de prensa, la CDHDF se refiere al bloqueo que realizaron paristas universitarios y al enfrentamiento con elementos del cuerpo de granaderos, y argumenta que el derecho a reunirse o marchar en la vía pública no otorga facultades para impedir u obstruir el libre tránsito ni hacer uso de violencia.

A continuación, el texto íntegro dado a conocer por el ombudsman capitalino

 

Ante los hechos protagonizados el día 14 de este mes por un grupo de granaderos de la Secretaría de Seguridad Pública y un contingente de estudiantes partidarios del paro de actividades en la Universidad Nacional Autónoma de México, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal declara:

1. Defenderemos invariablemente el derecho de manifestación pública de cualquier grupo y en cualquier sitio, incluyendo la calle.

2. El ejercicio de ese derecho tiene los límites que establece la Constitución: no deben lesionarse derechos de terceros ni hacerse uso de violencia.

3. El derecho a reunirse o marchar en la vía pública no otorga facultades para impedir u obstruir el libre tránsito de las personas. En casos extremos, paralizar la circulación de vehículos puede poner en peligro vidas humanas, por ejemplo, cuando alguien es trasladado de urgencia en ambulancia porque requiere atención médica inmediata, como ocurrió el jueves pasado.

4. La necesidad de terminar con el bloqueo en el Periférico Sur hacía precisa la acción de la policía para persuadir u obligar a los manifestantes a desalojar la arteria de circulación rápida (hasta donde es pertinente este calificativo en nuestra ciudad).

5. Sin embargo, hay testimonios, filmaciones y fotografías que demuestran excesos de los agentes policiales, tales como patadas a muchachos tirados en el suelo en estado de indefensión. Independientemente de los datos que resulten de la investigación, las evidencias fílmicas y fotográficas permiten identificar ya a algunos autores de esa violencia abusiva y, en consecuencia, aplicarles las medidas jurídicas correspondientes.

6. Las demandas de un movimiento social no pueden legítimamente ser excusa ni coartada para actos que infrinjan la ley, cuyo cumplimiento tiene que ser garantizado por la autoridad.