Ť Es 4 veces mayor la posibilidad de condenar a un negro que a un blanco
Discriminatoria, la pena de muerte en EU
Ť No debe fijarse para ningún delito: especialista de la Ibero
Triunfo Elizalde Ť "Al margen de la sed de venganza que despierta de manera natural entre miembros de la sociedad la comisión de delitos a todas luces deplorables", la frialdad de las leyes y los deseos de algunos políticos, además del respaldo de connotados abogados como Raúl Carrancá y Rivas, no es posible que en México se establezca la pena de muerte para ningún delito, de acuerdo con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU y la Convención Americana de Derechos Humanos, considera Santiago Corcuera Cabezut, director del Programa de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana.
En el análisis presentado en el seminario sobre la Aplicación de la Pena de Muerte, organizado por Amnistía Internacional en la Uia, Corcuera Cabezut critica que en su oportunidad, los ahora ex gobernadores de Jalisco y Sonora, Carlos Rivera Aceves y Manlio Fabio Beltrones, así como el precandidato priísta a la gubernatura del DF, Silvestre Fernández Barajas, hayan expresado, los dos primeros su intención de ponerla a consideración de los congresos locales de sus estados, y el tercero ofrecerla como propuesta de campaña para combatir la violencia y la delincuencia.
En respaldo de su señalamiento respecto a la imposilidad jurídica de que en México se establezca la pena de muerte, menciona el texto del artículo 133 constitucional, que a la letra dice: "Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la ley suprema de toda la Unión.
"Los jueces de cada estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o leyes de los estados", precisó.
Corcuera Cabezut refiere que en México desde 1934 no se ejecuta por mandato de un juez civil a un ciudadano la pena capital, y aunque figura en materia de justicia militar, no debe olvidarse que "en ninguna parte del país se ejecuta", por lo que "los jueces deben cumplir con los tratados internacionales, a pesar de lo que digan sus leyes locales".
* El vecino país viola la Convención Internacional del ramo
* Amnistía Internacional le pide una moratoria de las ejecuciones
Triunfo Elizalde * A pesar de que Estados Unidos es parte de la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial de Naciones Unidas, ese país aplica la pena de muerte de manera discriminatoria en 38 entidades.
Margarita Byler, directora ejecutiva adjunta de Amnistía Internacional en EU, y Morris Tidball, del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, señalaron lo anterior y ejemplificaron que de 1976 a la fecha, 117 personas de raza negra condenadas a la pena máxima han sido ejecutadas por el homicidio de personas de raza blanca y sólo ocho de ésta por el asesinato de negros.
Byler dijo que de acuerdo con un informe reciente del Centro de Información sobre la Pena de Muerte, titulado La pena de muerte en negros y blancos: quién vive, quién muere, y quién decide, estudios empíricos muestran un patrón persistente de disparidades raciales que han aparecido en la nación estadunidense en los últimos 20 años. En 96 por ciento de estos análisis había un patrón de discriminación, ya sea por raza de la víctima o por raza del acusado, o ambos.
Luego de señalar que Amnistía Internacional considera que "existe evidencia abrumadora para mostrar la manera discriminatoria en que se ha aplicado la pena de muerte en EU", dijo que dicha ONG recomienda al gobierno de ese país establecer de inmediato una moratoria de las ejecuciones, como lo exige la Asociación de la Barra Americana y la resolución 1997/12 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU.
Asimismo, que termine con la imposición de sentencias de muerte a delincuentes juveniles y personas con retraso mental; y que prohíba la ejecución de extranjeros "en cuyos países no esté permitida la pena de muerte".
Le aconseja revisar la legislación nacional y estatal para reducir el número de delitos que se castigan con la pena capital; que informe con amplitud a las autoridades estatales de las obligaciones internacionales a las que como nación se ha comprometido el gobierno estadunidense y que reconozca la discriminación racial existente en cada etapa del proceso del castigo y busque las medidas concretas y reformas legales que aseguren la correcta aplicación de la justicia.
Violaciones a Convención Internacional
Por su parte, Tidball apunta que "la probabilidad de que un procesado negro sea condenado a morir en EU es cuatro veces mayor que la de un blanco".
Como médico, se muestra partidario de que "la prohibición y la condena desde el punto de vista ético de cualquier contribución a la pena capital, por parte de la profesión médica, no admita vacilaciones", como lo ha establecido la Asociación Médica Mundial.
Empero, señaló que muchas veces "el aliciente médico ha sido esencial para el desarrollo de nuevas tecnologías de la muerte, especialmente en lo referente a la inyección letal utilizada en Estados Unidos, China y Taiwán".