Ť Se reconoce la asimetría de la economía nacional respecto de las europeas


Cierran acuerdo México-UE

Ť El país tendrá más tiempo que sus contrapartes para concretar la liberalización comercial

Patricia Muñoz Ríos Ť Las negociaciones para establecer el Tratado de Libre Comercio (TLC) México-Unión Europea concluyen este miércoles en Bruselas, Bélgica, donde ambas representaciones oficializarán el acuerdo que entrará en vigor a mediados del 2000.

El secretario de Comercio y Fomento Industrial, Herminio Blanco Mendoza, ofrecerá hoy una conferencia telefónica desde aquella nación europea para dar a conocer los detalles de la negociación que tardó casi un año en concretarse.

Según la versión preliminar del texto que se dio a conocer ayer, el acuerdo reconoce la asimetría de la economía mexicana respecto de las europeas, por lo que se da más tiempo de liberalización para nuestro país que para sus contrapartes. Los principales convenios comprenden:

En el Capítulo de Acceso a Mercados la Unión Europea (UE) se obliga a liberalizar 82 por ciento del comercio a la entrada en vigor del acuerdo el próximo año y el 18 por ciento restante en el 2003.

México tendrá cuatro plazos de apertura de su mercado, pues al entrar en vigor el pacto desgravará 47.6 por ciento de sus importaciones procedentes de Europa; en el 2003 abrirá otro 5.1 por ciento; en el 2005 el 5.6, y en el 2007 el restante 41.7 por ciento.

Sobre el Capítulo de Reglas de Origen se señala que será altamente favorable para México, pues el acuerdo permite que prácticamente todas las exportaciones del país se beneficien desde la entrada en vigor de este tratado.

Dentro de este apartado, en el renglón de textiles y calzado se mantendrá la regla de origen más estricta propuesta por México para que sólo productos que contengan las materias primas de los países firmantes se beneficien de la liberalización comercial. Además, nuestro país otorgaría a la UE cuotas de importación limitadas para algunas partidas de este sector.

En lo que se refiere a industria automotriz, México tendrá la permanencia del decreto del ramo y podrá imponer cuotas de importación para vehículos.

La regla de origen para el sector automotor consistirá en que a partir de la entrada en vigor y durante un periodo de transición se utilizarán las reglas más flexibles, es decir, los vehículos podrán contener partes, autopartes e insumos que no sean originarios de los países que comprenden este acuerdo.

Cinco categorías para el agro

En productos agrícolas se acordaron cinco categorías de liberalización que se fijaron para los años 2000, 2003, 2008 y diez años después de la entrada en vigor del acuerdo para ciertos productos, así como una lista de espera para los ''altamente sensibles''.

Por parte de México los productos sensibles que quedarán fuera del acuerdo son azúcar, carnes, lácteos, granos y plátano, además que logró una cuota de 10 mil toneladas de acceso para el jugo de naranja.

Para los productos pesqueros el acuerdo conviene que la parte mexicana abrirá su mercado a 70 por ciento de las importaciones provenientes de la UE para el 2003, mientras la parte europea desgravará 88 por ciento de las exportaciones mexicanas.

En el Capítulo de Servicios se convino que a más tardar tres años después de la entrada en vigor del acuerdo las partes podrán negociar una mayor liberalización en cuanto al comercio de servicios. Entre tanto, mantendrán su nivel de apertura actual.

Trato nacional a inversionistas foráneos

En lo que respecta a los servicios financieros, el texto señala que ''las dos partes reconocen como principio que a un inversionista de otro socio se le deberá permitir establecer una institución financiera en su territorio, con la modalidad jurídica que elija tal inversionista''.

Ninguna de las partes podrá adoptar alguna medida que restrinja el comercio transfronterizo de servicios financieros. Además, los países darán a los inversionistas extranjeros trato nacional, es decir, el mismo que a sus inversionistas nacionales en circunstancias similares, respecto al establecimiento, adquisición, expansión, administración, conducción, operación y venta en la inversión en instituciones financieras.

En el Capítulo de Inversión se establece que las partes concluyeron un texto cuya cobertura comprende la inversión extranjera directa en bienes inmobiliarios y las operaciones en valores, de conformidad con las definiciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Acordaron también disposiciones para promover la inversión recíproca a través de mecanismos de información para identificar y difundir las oportunidades de negocios y la legislación correspondiente, por lo que se comprometen a desarrollar un marco legal favorable para el flujo de capitales y acuerdos para evitar la doble tributación, y se establecieron esquemas para hacer inversiones conjuntas con especial énfasis en beneficio de las pequeñas y medianas empresas.

Se acordó que a más tardar tres años después de la entrada en vigor del acuerdo será revisado el marco legal aplicable a la inversión, de conformidad con los compromisos contraídos en los acuerdos internacionales sobre la materia. Se aceptó la postura de México de no modificar la legislación nacional ni sujetarla a disposiciones que pudieran afectar su nivel de apertura actual.

Además de estableció un candado al incluirse una cláusula que permitirá restringir los movimientos de capital y pagos, en caso de que alguna de las partes enfrente un serio desequilibrio de la balanza de pagos o la amenaza del mismo.

Se abren licitaciones gubernamentales

En lo que respecta al Capítulo de Compras Gubernamentales México y la Unión Europea establecieron que abrirán sus licitaciones gubernamentales a sus contrapartes. Así, proveedores de aquella región podrán participar en las licitaciones que realice por ejemplo Pemex o el Seguro Social.

En los capítulos de Normas Sanitarias y Fitosanitarias y Normas Técnicas se reconocieron los derechos de las naciones de establecer medidas de protección necesarias para salvaguardar sus intereses sin poner obstáculos injustificados al comercio.

Del Capítulo de Salvaguardas los textos que firmarán hoy México y la Unión Europea y que fueron difundidos ayer por fuentes cercanas a la negociación, señalan que en caso de que haya un aumento significativo de las importaciones provenientes de alguna parte y que cause un daño, dicha parte podrá dar protección excepcional a un sector. Mientras, en el de Competencia se obligan a eliminar las actividades anticompetitivas, recurriendo a la legislación apropiada para evitar efectos negativos en el desarrollo económico y comercial de la relación bilateral.