* Fueron expulsados por profesar la religión evangélica


Pide CNDH a Albores regresar

a 98 indígenas a su comunidad

* Le demanda proteger la vida e integridad física de los desplazados

La Comisión Nacional de Derechos Humanos solicitó al gobernador chiapaneco, Roberto Albores Guillén, que adopte medidas cautelares para permitir el regreso a sus hogares de 98 pobladores de la comunidad de San Juan Chamula, expulsados por profesar la religión evangélica y "sostener una ideología diferente a la de la mayoría".

La CNDH informó que demandó al Ejecutivo estatal proteger "bajo su más estricta responsabilidad" la vida e integridad física de los habitantes de la comunidad de Icalumtic que fueron expulsados. También le solicitó garantizar el retorno de los desplazados a sus hogares y la convivencia pacífica entre los habitantes de esa población, además de reparar el daño económico sufrido por la destrucción de sus bienes.

Refiere el organismo que el 30 de noviembre pasado se presentó una delegación de la Confraternidad Nacional de Iglesias Cristianas Evangélicas para demandar la protección de las personas expulsadas de sus casas desde 1994. A pesar de que autoridades de la Secretaría de Gobernación y el Poder Ejecutivo estatal han prometido solucionar la problemática, hasta ahora "la gente sigue fuera, sufriendo hambres, fríos, miserias, discriminaciones, humillaciones e impedimento a la educación para los niños", señala la misiva dirigida a Albores.

La negativa de la comunidad para permitir el regreso de los expulsados se basa en el argumento de que son "indignos" por profesar la religión evangélica y ser simpatizantes de una ideología, aunque la carta no explica en qué consiste esta última. Esa situación ha sido solapada por la autoridad local, lo que demuestra "un vacío de autoridad que no aplica ni hace respetar la ley".

La tercera visitaduría general de la CNDH pidió a Albores Guillén que rinda un informe antes del sábado 4 de diciembre, en el cual se describan las acciones tomadas por el gobierno del estado para salvaguardar los derechos fundamentales de las 98 personas desplazadas de la comunidad de Icalumtic.

"La falta de rendición del informe, así como el retraso injustificado en su presentación, además de la responsabilidad respectiva, tendrá el efecto de que se den por ciertos los hechos para los efectos conducentes, salvo prueba en contrario", expresa la comunicación dirigida a Albores.

La comisión recuerda al gobernador interino que los artículos 70 y 71 de la ley de la CNDH establecen que los servidores públicos responsables de actos, omisiones y conductas evasivas o entorpecimiento en las que deban colaborar, pueden ser procesados penal o administrativamente por esos actos. (Jorge Cisneros M.)