* Los egresados deberán certificar periódicamente sus conocimientos, propone


Planteará ANUIES reformar legislación sobre profesiones

María Esther Ibarra * Además de contar con la cédula profesional, quienes ejercen la carrera en la cual se titularon deberán someterse a una certificación periódica de sus conocimientos, pues la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES) planteará ante el Congreso de la Unión se reforme la legislación en materia de profesiones.

Lo anterior es uno de los aspectos comprendidos en el nuevo marco jurídico que la ANUIES ha planteado como parte de su proyecto para transformar el sistema de educación superior del país, pues considera que la cédula profesional --mediante la cual el Estado certifica que un egresado puede ejercer su profesión al concluir sus estudios de licenciatura y ha cumplido con el requisito de titulación-- "es un trámite meramente administrativo", porque "no existen elementos para vigilar que la calidad de los estudios avalados por el documento legal ( la cédula) sea la adecuada".

Para esa asociación, el marco jurídico actual no toma en cuenta la superación periódica y la actualización de los profesionales, estableciendo los medios legales para certificarlos cada determinado periodo, ya que "la adopción de evaluaciones en una institución o de los profesionales tiene carácter voluntario e independiente".

Por tanto, según la propuesta de la ANUIES denominada La educación superior hacia el siglo XXI, documento aprobado en noviembre pasado en su treintava asamblea general, efectuada en el estado de Veracruz, la nueva reglamentación referente a la acreditación y certificación para el ejercicio profesional deberá estar reformada a más tardar el 2004.

Daniel Ramos Sánchez, investigador del IPN y autor del libro La inserción de México en la globalización y regionalización de las profesiones, analiza el tema como parte de una nueva cultura profesional, y señala como antecedente la puesta en práctica del Examen General de Evaluación (EGEL) --antes llamado Examen General de Calidad Profesional-- que los integrantes de la ANUIES se comprometieron a impulsar.

Si bien el investigador politécnico asegura que el otorgamiento de la cédula profesional o autorización para el ejercicio profesional no se condicionaría a la aprobación del denominado EGEL, asegura que la ANUIES recomienda a la SEP como requisito para expedir ese documento legal que el egresado presente dicho examen o la constancia de haberlo acreditado por parte de un centro nacional de evaluación.

 

Un poco de historia

 

El investigador refiere que desde 1993, el Ejecutivo Federal envió a la Cámara de Diputados una iniciativa de decreto que reformó, adicionó y derogó disposiciones de la Ley Reglamentaria del Artículo Quinto Constitucional, referido al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, con la "finalidad de sustentar jurídicamente la viabilidad del Tratado de Libre Comercio con América del Norte (TLCAN)".

En consecuencia, se reformaron los artículos 15; 17 en su primer párrafo y 25, fracción I; y se derogaron los artículos 16, 18, 19 y 20, así como el transitorio 21 de la Ley Reglamentaria del quinto constitucional. El cambio sustancial se aprobó en los siguientes términos: "Los extranjeros podrán ejercer en el Distrito Federal las profesiones objeto de esta Ley, con sujeción a lo previsto en tratados internacionales de que México sea parte... Cuando no hubiese tratado en la materia, el ejercicio profesional de los extranjeros estará sujeto a la reciprocidad en el lugar de residencia del solicitante, y al cumplimiento de los demás requisitos establecidos por las leyes mexicanas".

Así, dice Ramos Sánchez, "se da sustento jurídico al libre ejercicio profesional en el Distrito Federal, en donde se asientan (concentran) la mayor parte de profesionistas y colegios y, de igual modo, se establece un marco para dar sentido interno a los acuerdos de libre intercambio de servicios profesionales, establecidos en las negociaciones multilaterales, regionales y bilaterales en que ha participado nuestro país".

Sin embargo, para la ANUIES, desde las modificaciones de 1993 al tercero constitucional en su fracción VII, "es notoria la falta de adecuación con la realidad que viven las universidades e instituciones públicas, así como escasos sus efectos esperados". Señala que en la Ley General de Educación, producto de las enmiendas al artículo tercero, "se mantuvo gran parte del esquema de la anterior Ley Federal de Educación, derogada por la descentralización de la educación básica y normal.

Algo "similar", lamenta la ANUIES, se "observa en la Ley Reglamentaria del Artículo Quinto Constitucional, sobre el ejercicio de las profesiones, sin que las iniciativas para reformarla hayan prosperado".