MIERCOLES 26 DE ABRIL DE 2000

Ť Permite más equilibrio entre acreedores y deudores, opina Buganza


Aprueban diputados ley mercantil

Ť El proceso de conciliación y quiebra de una empresa insolvente ahora se llevaría 18 meses

Ciro Pérez Silva y Víctor Ballinas Ť La Ley de Concursos Mercantiles aprobada ayer en la Cámara de Diputados, con 355 votos a favor, 13 en contra y 20 abstenciones, establece como elementos esenciales "un mayor equilibrio y simetría entre acreedores y deudores; fortalecimiento de los mecanismos para preservar la empresa, además de reforzar la seguridad de las partes y ordenar plazos perentorios para resolver controversias", sintetizó el panista Gerardo Buganza Salmerón.

A su vez el priísta Mauricio Rosell consideró que para garantizar un verdadero desarrollo del sistema financiero nacional, además de la Ley de Concursos Mercantiles, que es vital para reactivar al sistema bancario, debe procurarse la ampliación de la gama de instrumentos con que cuentan las micro, pequeñas y medianas empresas para financiarse. "Una especie de democratización financiera que signifique crear las condiciones necesarias para que los agentes productivos accedan al capital de la manera más eficiente posible".

Sostuvo que con la nueva ley se busca terminar con la ejecución desordenada de una multiplicidad de acreedores y procedimientos, que al final destruyen el valor en detrimento de los mismos acreedores, propietarios, empleados, proveedores y clientes. "El principal propósito es conservar el máximo de valor, salvar a la empresa y proveerla de transparencia en su administración".

El nuevo ordenamiento, aprobado previamente en el Senado, fue modificado por los diputados en 160 de los 338 artículos que lo integran, ampliándose los plazos para decretar el incumplimiento de las empresas ante sus acreedores y el criterio para determinar los activos líquidos de un negocio, que en la vieja Ley de Quiebras apresuraba la aplicación del procedimiento de concurso mercantil.

Durante la sesión se incorporaron dos cambios más a propuesta del PRD. El dictamen original establecía que todas las empresas paraestatales que se dedican a actividades empresariales como Pemex, CFE, Luz y Fuerza del Centro y Liconsa, entre otras, podrían ser declaradas en quiebra. El argumento perredista sostiene que en esas condiciones el gobierno tendría un buen pretexto para privatizarlas, por lo que la redacción final precisa que sólo las empresas paraestatales "que se den de alta como sociedades mercantiles" podrán ser declaradas en concurso mercantil; aquí se incluyen empresas como Pronósticos Deportivos, Cintra y Banco de Desarrollo, entre otras.

El segundo cambio fue retirar el término "personas físicas" y dejarlo sólo como "pequeños comerciantes" entre aquellos que se beneficiarán dentro de los cinco años siguientes a la publicación de esta ley de no ser sujetos de concurso mercantil, siempre que tengan pasivos inferiores a 500 mil udis.

Buganza Salmerón explicó que con la nueva ley, el proceso de conciliación, concurso y quiebra de una empresa insolvente tendrá un periodo de 18 meses, frente a los casi 12 años que implica el proceso en tribunales de la Ley de Quiebras.

Aunque la aplicación de la nueva ley obligará a restructurar parte del Poder Judicial e incrementar su presupuesto a efecto de incorporar figuras como la de visitador que incluye el nuevo ordenamiento. Al mismo tiempo se termina con las "mafias" de abogados "que han amasado su riqueza a partir de litigar quiebras".

Del mismo modo y a efecto de evitar que empresarios o acreedores lleven a cabo quiebras fraudulentas o falseen declaraciones en cuanto al valor de sus activos y de sus obligaciones, se aprobaron penas de hasta nueve años de prisión.

El diputado veracruzano detalló que en el caso de que una empresa incumpla sus obligaciones con los acreedores, un juez ordenará en un plazo no mayor de 63 días un proceso de conciliación con el fin de buscar mecanismos que permitan el rescate de la empresa.

Será obligación de la autoridad judicial publicar el monto de los adeudos, una vez declarado el concurso mercantil, para ofrecer mayor seguridad a las partes. Cuando se dicte sentencia de concurso, la parte insoluta de los créditos sin garantía real dejarán de causar intereses y se convertirán en udis, además de que no será posible ejecutar ningún mandamiento de embargo o ejecución contra los bienes entre la sentencia de concurso y el término de la etapa de conciliación.

Algunas de las opciones para "salvar" a la empresa identificada como "viable" una vez en el proceso de conciliación que ocupará un periodo de hasta seis meses, se intentará sanearla, vender participaciones accionarias e incluir socios nuevos para "inyectarla" de recursos frescos.

De no ser posible a las partes alcanzar un acuerdo definitivo en esos seis meses, el juez podría ordenar dos prórrogas de tres meses cada una. Pero si pasados 14 meses no alcanzan acuerdo, el juez podría dictaminar la quiebra de la empresa, procediéndose a vender los activos de la misma para pagar a trabajadores, acreedores y fisco, recibiendo todos el mismo trato.