La Jornada sábado 20 de mayo de 2000

Miguel Concha
Propuesta inadmisible

AL CONCLUIR LOS TRABAJOS de su decimocuarto congreso (La Paz, BCS, 26-28 de abril de 2000), la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Protección y Defensa de los Derechos Humanos, que agrupa a todos los ombudsman del país, se pronunció enfáticamente contra la propuesta de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), que busca sancionar a los ciudadanos que denuncien violaciones a derechos humanos que no se comprueben.

La declaración señaló oportuna y justamente que la propuesta de la PGJDF es inadmisible, y que debe ser rechazada por las siguientes razones: a) Quien acude a un organismo público de derechos humanos no se encuentra en el ámbito jurisdiccional, lo que en cambio sí sucede cuando el Ministerio Público ejercita acción penal contra un probable responsable; b) Cuando no se comprueba la violación de derechos humanos, aunque efectivamente haya ocurrido, los organismos públicos de derechos humanos emiten acuerdos de no responsabilidad o de no violación, de los que obviamente no deriva ninguna afectación para el servidor público señalado como autor de la conducta indebida, y c) Las resoluciones del ombudsman que señalan a algún servidor público como autor de un acto violatorio de derechos humanos, siempre precedidas de una investigación rigurosa, no tienen coactividad, y por lo tanto no implican sanción alguna, sino únicamente la solicitud para que la autoridad competente abra un procedimiento de responsabilidad, en el cual deben respetarse todos los derechos de ese servidor público, especialmente los de audiencia y de defensa.

Diputados del PRD, el PRI y el PAN también rechazaron con razón la propuesta de la PGJDF, por considerar que, de aprobarse, se inhibirá el derecho de los particulares a denunciar las irregularidades cometidas por los servidores públicos, y consecuentemente se generaría mayor impunidad. Y porque castigar a los quejosos que no logren comprobar su versión desalentaría sin duda a las víctimas en el ejercicio de su derecho a denunciar los abusos de poder, y se fomentarían con ello actitudes de resignación pasiva ante las arbitrariedades, lo cual significaría un grave e indeseable retroceso de nuestra cultura cívica, que acentuaría la vulnerabilidad de los gobernados frente a los gobernantes.

La propuesta es, pues, insostenible, como se desprende claramente de las declaraciones arriba señaladas. Pero conviene puntualizar lo siguiente: 1) Las comisiones públicas de derechos humanos no tienen atribuciones legales para afectar por sí mismas en sus cargos a los servidores públicos. Tampoco pueden causarles descrédito personal injustificado, porque están obligadas legalmente, durante la investigación de la queja, a dar trato confidencial a la información o documentación relativa a los asuntos de su competencia (artículo quinto de la ley de la CDHDF); 2) Cuando se ejercita acción penal injustamente contra una persona, y ésta resulta encarcelada por semanas, meses o años, los servidores públicos responsables nunca sufren perjuicio o sanción alguna. En cambio el particular indebidamente encarcelado tiene siempre que resignarse, y obtiene su libertad hasta que es absuelto, o hasta que cumple la injusta condena que le ha sido impuesta; 3) Si la propuesta prosperara, crecería la impunidad y se propiciaría la comisión de actos violatorios de derechos humanos, algunos tan graves y difíciles de probar como los de tortura, porque generalmente se cometen furtivamente, y 4) La propuesta, si se aprobara, podría además resultar intimidatoria de la labor imprescindible de los organismos no gubernamentales de derechos humanos (ONG), sujetos a la misma amenaza que los particulares cuando la queja fuera improcedente o no pudiera ser probada.

En síntesis, no hay motivo lógico, legal o ético alguno para que un servidor público señalado en una queja como autor de una conducta violatoria de derechos humanos tenga la facultad de proceder contra el quejoso, si la queja resulta improcedente o no puede comprobarse. Al contrario, como se ha visto, los argumentos en contra son abrumadores. Lo que menos necesita nuestra sociedad ahora, en accidentado tránsito a mejores formas de vida pública, es inhibir el ejercicio de las quejas contra los abusos de poder. Efectivamente la propuesta de la PGJDF es absolutamente inadmisible.