* Hay avances en su combate, pese a deficiencias jurídicas, dice la fiscalía especial
PGR: la piratería, delito tan grave como el secuestro y el narcotráfico
* Admite que en muchos casos primero se detiene a los inculpados y luego se presenta la denuncia
Gustavo Castillo García * Por ser un delito grave, la piratería es comparable con ''el narcotráfico y el secuestro''. En torno a este ilícito ''están creciendo células del crimen organizado'', por lo que ''los legisladores se quedaron cortos'' en las reformas penales de 1999, al establecer como requisito indispensable para la persecución de los piratas, la interposición de una querella antes de actuar en su contra.
Sin embargo, para la Procuraduría General de la República (PGR) las ''deficiencias'' jurídicas no son problema, porque ''hace primero el dos (detiene personas y asegura mercancía) y luego el uno (solicita a los representantes legales de las empresas la denuncia)'', reconoció Jorge Humberto García Sánchez, titular de la Fiscalía Especializada en Delitos de Propiedad Intelectual e Industrial.
La explicación del funcionario fue ante empresarios, abogados y estudiantes de derecho interesados en la defensa de la propiedad industrial y los derechos de autor, que asistieron a la conferencia denominada Criterios de la PGR para la integración de averiguaciones previas en materia de propiedad intelectual, dentro de un seminario en la Universidad Panamericana (UP), en el que se analizó en retrospectiva las reformas legales en la materia.
Durante el acto, García Sánchez aseguró que dejó de actuar de buena fe, que ''por formación'' dejó de ''pensar bien'' y prefiere ''pensar mal''. Que al cumplir una orden de cateo a una empresa de productos apócrifos, ''tiene la oportunidad de proponerle al juez la consignación de los 10, 50 o 100 empleados'', de los cuales, dijo, todos se dicen ''apaches'' y no hay un ''jefe'', por lo cual esos detenidos ''tendrán que demostrar su inocencia ya estando en prisión''.
Consideró que la falsificación de productos ''es un delito muy especial'' y que ''si hemos de entender que es un delito grave, es igual que el narcotráfico, es igual que el secuestro, es igual que el robo de vehículo, por tanto (los delincuentes) buscan mecanismos para esconderse, para evadir la acción de la justicia''.
Al ser cuestionado acerca del por qué considera iguales los tres ilícitos, García Sánchez contestó: ''jurídicamente los tres delitos son graves. Pragmáticamente puedo decir que nos hemos podido dar cuenta que la persona que hoy se dedica a la piratería antes fue contrabandista y antes de eso cristalero, es decir se dedicaba a romper los vidrios de los coches para robar cosas.
''Lo sabemos porque hemos verificado los antecedentes penales de la gente, entonces es una cadena que hemos encontrado en la piratería. El fenómeno empezó a actuar mucho tiempo antes de que se les atacara, se les dio mucho tiempo de acción''.
Al preguntarle sobre la frecuencia con la cual los jueces le niegan a esa fiscalía una orden de cateo, la respuesta fue: ''con la misma con que las averiguaciones previas están mal integradas. Y comento esto, porque tenemos que pensar en dos cosas: por un lado el Ministerio Público puede tener deficiencias; por otro, el criterio de los jueces es diverso''.
Sus comentarios y respuestas despertaron en varias ocasiones hilaridad en los asistentes al auditorio de la Universidad Panamericana. Jorge Humberto García Sánchez no modificó por ello el tono de sus palabras.
Al cuestionarlo sobre el por qué la mercancía asegurada es trasladada a la fiscalía a su cargo, respondió: ''buscamos tener un poco de orden dentro de ese desorden que genera un delito grave que es de querella. El hecho de que la mercancía se lleve a la oficina también es para generar un poco... para evitar un poco esa impunidad''.
Agregó: ''yo no puedo asegurar esa mercancía, pero afortunadamente tenemos el contacto con las gentes, con los ofendidos, para que de inmediato nos presenten una querella. Es cierto, estoy haciendo el dos en lugar del uno, pero cuando venga acá a la fiscalía, ahí va a ver que hay que hacer primero el dos y luego el uno".
Mil y un formas de consignar a un pirata
Durante su intervención, el fiscal reconoció que nunca han podido consignar a un presunto pirata con el dictamen pericial correspondiente en tiempo, por lo que buscan otras formas en la ley para presentarlo ante un juez.
Al ser interrogado acerca de los criterios que sigue la fiscalía para configurar el tipo penal con relación al dolo con que actúa un presunto delincuente, señaló: ''el dolo es una conducta, un elemento que debemos tener siempre presente, pero nosotros como investigadores contamos, afortunadamente, con las reformas a la ley, con la prueba circunstanciada y, aunque (el indiciado) me diga que no sabía que estaba prohibido hacer cassettes piratas o que estaba haciendo piratería, con que yo pueda darle a conocer al juez que están reunidos los elementos, ya será él (el indiciado) durante el proceso, cuando podrá y tendrá la obligación de demostrar su inocencia''.
Un asistente le preguntó: ''Ƒqué medida propondría la procuraduría para desincentivar la piratería?'', a lo que García Sánchez contestó: ''es muy difícil proponer algo porque todos estamos inmersos en un sistema consumista. Me gustaría proponer que estas empresas transnacionales, que son las que más se les puede afectar, hicieran más accesibles sus productos y de esa forma, competir con aquel pantalón que cuesta 100 pesos en lugar de 400. Entonces creo que trataríamos de poner los productos al alcance de nuestra sociedad, para efecto de poderlo hacer accesible al bolsillo de las masas''.
ų ƑPara iniciar una averiguación previa ante el Ministerio Público es necesario contar con el dictamen técnico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) de infracción administrativa?, si es así, el procedimiento puede llevar mucho tiempo y dinero, Ƒque ha pensado la autoridad para subsanar esto?
ų ''Lo que estamos haciendo es que no estamos intentado integrar averiguaciones previas por estas dos formas que nos requieren el dictamen técnico, sino pudiéramos usar alguna otra de las modalidades que nos señala la ley de propiedad industrial''.
--ƑLa ley exige el dictamen técnico del IMPI para el ejercicio de la acción penal?, si este se exige, Ƒno sería posible o conveniente iniciar la averiguación e incluso las medidas extrajudiciales que se pueden aplicar, aunque no se contara con ese dictamen?
--Sí. Para efecto de la averiguación no le voy a requerir el dictamen técnico, va a ser en el momento en que elaboremos un pliego de consignación que yo le voy a tener que exhibir a un juez. Pero tan sólo en dos modalidades del delito, en las demás, no se va a requerir. Entonces es una muy buena alternativa a la que nos gusta recurrir.
Todos son culpables hasta que se demuestre lo contrario
--Usted señala que los detenidos tendrán la oportunidad de demostrar su inocencia dentro del proceso, Ƒesto significa que el derecho mexicano se ha volteado y ahora todos somos culpables hasta que se demuestre lo contrario?
--No. Yo lo voy a consignar y el juez dirá si es culpable o no. Yo no voy a estar encargado del proceso y su inocencia la va a demostrar ya estando en prisión.
--ƑEl derecho mexicano establece que toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario y usted parte de que consigna porque considera a cualquier persona culpable antes que inocente?
No. Yo no lo voy a juzgar. Yo le voy a hacer una propuesta al juez por medio de un pliego de consignación, después de haber reunido ciertos elementos que aseguran que una persona está cometiendo un delito. Será el juez quien va a determinar si es culpable o inocente, y si le va a iniciar un proceso para que se defienda, para que demuestre su inocencia.
--ƑEste tendría que demostrar su inocencia en el proceso?
--Sigue siendo inocente y lo va a demostrar.
--ƑNo es la autoridad quien tiene que demostrar que es culpable?
--No, la autoridad no es quien está acusada.
--De acuerdo al derecho mexicano la autoridad está obligada a demostrar la culpabilidad de la persona y no el acusado a probar o demostrar su inocencia
--No comparto su punto de vista: creo que la persona que enfrenta un proceso es la que va a demostrar que es inocente. Es un principio de derecho, el que acusa está obligado a probar y el que niega también está obligado a probar su negativa, entonces yo no lo voy a juzgar, quien lo va a hacer es el juez.