MIERCOLES 5 DE JULIO DE 2000

* Anticipan que impugnarán los resultados de algunos distritos electorales


Se disputan PRD-AN cláusula de gobernabilidad en la ALDF

* Apoyaría el PRI al blanquiazul en su recurso de apelación * En suspenso, la mayoría absoluta

Ricardo Olayo, Bertha Teresa Ramírez y Raúl Llanos * Mientras el Instituto Electoral del Distrito Federal mantuvo en suspenso, hasta la madrugada de hoy, la definición de qué partido alcanzará la mayoría absoluta en la Asamblea Legislativa, el PRD y el PAN se enfrascaron en una controversia de argumentos jurídicos disputándose la "cláusula de gobernabilidad", y de hecho adelantaron que interpondrán recursos de apelación ante el Tribunal Electoral, acción a la cual también recurriría el PRI, en apoyo a Acción Nacional.

Hasta la mañana de ayer los cómputos de los distritos electorales favorecían al PRD, con 22 a favor contra 18 del PAN; sin embargo, por la tarde las cifras dieron un vuelco y de un empate se trasladaron por la noche a una ventaja hacia el blanquiazul, al sumar 21 distritos contra 19 del sol azteca. Esto empezó a generar diferentes interpretaciones de la ley por parte de perredistas y panistas, quienes públicamente aseguraban tener el derecho a la mayoría absoluta.

Fue en este panorama que el PRD convocó, de manera imprevista, a una conferencia de prensa en la que estuvieron presentes Carlos Imaz, Martí Batres, Agustín Guerrero y Mauricio del Valle, representante del sol azteca ante el órgano electoral. Ahí señalaron que a su partido le correspondía esa cláusula, es decir, tener mayoría absoluta en la Asamblea Legislativa al haber conseguido "por sí mismo" y no en alianza la mayoría de los distritos electorales y más del 30 por ciento de la votación total.

Martí Batres aclaró que no fue el PAN solo el que ganó la mayoría de votos y de distritos electorales, y citó para ello que en el Convenio de Coalición firmado y presentado ante el IEDF, donde se precisa el porcentaje de votación y los ocho distritos electorales que correspondían al PVEM. Por ende, dijo, si la coalición suma 21 distritos ganados, y se le descuentan siete de esos que recayeron en pevemistas, entonces el blanquiazul tendría sólo 14, cantidad muy por debajo de los 19 que habría obtenido el PRD solo.

Citó además el artículo 122 de la Constitución y el 37 de Estatuto de Gobierno, en donde se especifica que el partido que "por sí mismo" alcance la mayoría de distritos electorales y más de 30 por ciento de la votación, tendrá a su favor la "cláusula de gobernabilidad", en la cual, dijo, no están consideradas las coalición. "Esto sólo lo tiene el PRD", aclaró el diputado local.

Es claro, expresó, que esa cláusula es para permitirle al partido que obtuvo la jefatura de la ciudad el gobernar adecuadamente, no para generar ingobernabilidad, y remarcó: "De nuestra parte no hay ninguna interpretación jurídica para que nos favorezca, pero eso sí ocurre en el caso del PAN".

Respuesta panista

Dos horas más tarde, la dirigencia panista convocó también a una conferencia para responder al PRD. Ahí, José Luis Luege, Armando Salinas Torre y el director jurídico del PAN-DF, César Nava, pusieron sobre la mesa sus argumentos: "Hace unos momentos el PRD emitió un comunicado de prensa donde afirma, sin ninguna base jurídica, que por el hecho de que nosotros vamos en coalición no nos puede corresponder la aplicación" de la cláusula de gobernabilidad.

"Sin embargo, conviene aclarar que para todos los efectos electorales un partido político representa a la coalición, lo que no ocurre con la candidatura común. Por lo tanto, no hay duda de que la mayoría absoluta (en la ALDF) corresponde a la Alianza por el Cambio".

Interrogado con respecto a lo que establece el 122 constitucional, Luege precisó: "es lamentable la falta de conocimiento jurídico de la directiva del PRD, porque la legalidad está fundamentada en la Constitución, en el Estatuto de Gobierno y en el Código Electoral y no se vale citar entre líneas fragmentos de un artículo y de ahí sacar interpretaciones".

César Nava se refirió al artículo 47 del Código Electoral del DF, en el cual, dijo, se establece que la coalición de diputados a la ALDF le serán asignados el número de diputados por el principio de representación proporcional que le corresponda, como si se tratara de un solo partido político, y señaló que este ordenamiento "reglamenta" al Estatuto de Gobierno y a su vez al artículo 122 de la Carta Magna.

Indicó que hay un argumento adicional: que en esta elección federal las coaliciones, es decir la Alianza por el Cambio y la Alianza por el Cambio "vamos a ser favorecidos con las senadurías de la primera minoría, gracias a una sentencia del TEPJF, según la cual para todos los efectos electorales deben considerarse las coaliciones como si se tratara de un solo partido político. Entonces, es absurdo que el PRD, a pesar de que se está viendo favorecido a nivel nacional, esté manejando tal argumento. Si el PRD quiere pelearnos la mayoría en la ALDF, pues que renuncie a sus senadurías en Baja California Sur, Guerrero, Zacatecas y Tlaxcala, porque son de primera minoría que se le asignarán en coalición. No deben hacerse de la vista gorda" y respetar la legalidad.

Error artitmético

Tanto en el IEDF como en la conferencia del PAN se expuso cuál fue la situación que imperó durante toda esta serie de volteretas de resultados: errores al contabilizarse las boletas, pues al aparecer el nombre de Andrés Manuel López Obrador seis veces se votó en más de una opción y al final eso redundó en confusión entre los funcionarios de casilla.

Al respecto, Luege Tamargo indicó que se detectó con claridad que en renglón correspondiente a la candidatura común de López Obrador se sumó la totalidad de los votos para cada partido político y en el momento del cómputo se duplicó la votación. El líder panista indicó que ese fue un "simple error aritmético y de ninguna manera consideramos que esto sea un incidente grave en el proceso electoral".

Argumentos jurídicos del PAN

(check) Artículo 47, párrafo tercero del Código Federal Electoral del Distrito Federal: "A la coalición de diputados de la ALDF le serán asignados el número de diputados por el principio de representación proporcional que le corresponda, como si se tratara de un solo partido político".

(check) El artículo 37 del Estatuto de Gobierno establece en su fracción décima que: "en todo caso para el otorgamiento de las constancias de asignación se observarán las siguientes reglas: inciso A: "ningún partido político podrá contar con más del 63 por ciento de diputados electos mediante ambos principios. Inciso B: "al partido político que obtenga por sí mismo el mayor número de constancias de mayoría y por lo menos el 30 por ciento de la votación en el Distrito Federal, le será asignado el número de diputados de representación proporcional para alcanzar la mayoría absoluta de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal".

Argumentos jurídicos del PRD

El PRD considera que le corresponde la "cláusula de gobernabilidad", con base en:

(check) Artículo 122, base tercera de la Constitución Política: "Al partido político que obtenga por sí mismo el mayor número de constancias de mayoría y por lo menos el treinta por ciento de la votación en el Distrito Federal le será asignado el número de diputados de representación proporcional suficiente para alcanzar la mayoría absoluta de la Asamblea".

(check) Artículo 37, fracción novena, inciso b del Estatuto de Gobierno del DF: "Al partido político que obtenga por sí mismo el mayor número de constancias de mayoría y por lo menos el treinta por ciento de la votación en el Distrito Federal, le será asignado el número de diputados de representación proporcional suficiente para alcanzar la mayoría absoluta de la Asamblea".

(check) Cláusula octava, del Convenio de Coalición PAN-PVEM: Corresponderán a candidatos del PVEM los distritos electorales 8, 10, 11, 13, 18, 27, 28 y 36.

 

(check) Artículo 47 del Código Electoral del DF: "La coalición actuará como un solo partido y, por lo tanto, la representación de la misma sustituye para todos los efectos a que haya lugar a la de los Partidos Políticos coaligados, asimismo se considerará por cada una de las campañas como si fuera un solo partido en lo relativo a topes de gastos de campaña, contratación y difusión de propaganda y en lo relativo a informes de gastos de campaña (...) Concluida la etapa de resultados y de declaraciones de validez de las elecciones que se trate, terminará automáticamente la coalición por la que se hayan postulado candidatos, en cuyo caso los candidatos a diputados de la coalición que resultaren electos, quedarán comprendidos en el partido político o grupo parlamentario que se hayan señalado en el convenio de coalición".

(check) Artículo 81 de la Ley Orgánica de la ALDF: "Los diputados que pertenecen a un mismo partido se constituirán en un grupo parlamentario...".