VIERNES 28 DE JULIO DE 2000
* El TEPJF calificó ayer las impugnaciones
Anulada, sólo una casilla de la elección presidencial
* Perdió 196 votos el candidato de la Alianza por el Cambio
Jesús Aranda * Menos de 20 minutos bastaron para que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) calificara, ayer, las dos únicas impugnaciones presentadas en contra de la elección presidencial y resolviera anular una sola casilla de las más de 13 mil 604 que se instalaron el pasado 2 de julio.
Cumplido ese trámite formal, los magistrados electorales pasaron "de la etapa de resultados de las elecciones presidenciales" a preparar la sesión pública en que se declarará la validez de los comicios y que Vicente Fox es el jefe del Ejecutivo electo de México.
En virtud de que sólo procedió la causal de nulidad presentada por la Alianza por México en una casilla del distrito 11 con sede en la ciudad de Puebla --de un total de 35 casillas impugnadas--, el candidato de la Alianza por el Cambio perdió 196 votos, de un total de 439 que fueron anulados, lo cual, por supuesto, no alteró el resultado de la elección a su favor, que, según cifras preliminares, fue de 15 millones 988 mil 740 votos.
A esa cifra, de entrada, se le restarán los 196 votos mencionados, más los pocos que resulten por "errores de dedo o de conteo" en el computo final.
Sala de prensa intacta
Atrás quedó la inquietud previa al 2 de julio, cuando al interior del TEPJF se esperaba una votación reñida en la que las impugnaciones presentadas por los diferentes partidos y coaliciones pudieran revertir la votación original.
Incluso, quedó intacta la enorme sala de prensa prevista para las sesiones en que se resolverían las impugnaciones presidenciales; así, los medios de comunicación hicieron uso de las instalaciones "normales", ubicadas un piso abajo del lugar en que sesionan los magistrados.
Es más, para "llenar" la sesión, los magistrados incluyeron en el orden del día la resolución de cinco juicios de revisión constitucional, dos recursos de apelación y cuatro juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.
Una vez que los magistrados anulen los 439 votos de la casilla 1,247 básica del 11 distrito de la capital poblana --la cual pasará a la historia por ser la única que se anuló en la elección presidencial--, se dedicarán en los próximos días a hacer el recuento de los votos por cada uno de los 300 distritos electorales que hay en el país, para así dar a conocer, el próximo 2 de agosto, el total de los votos obtenidos por cada candidato presidencial, fundamentar la validez de los comicios y declarar a Fox presidente electo.
En términos generales, en las dos impugnaciones presentadas por la Alianza por México en contra de la elección presidencial, la coalición encabezada por el PRD demandó la anulación de 35 casillas con los siguientes argumentos:
Por permitir sufragar a ciudadanos sin aparecer en la lista nominal de electores; por haberse instalado en lugar distinto al determinado por la autoridad electoral y realizar el escrutinio y el cómputo en local diferente al determinado, y por haber mediado dolo o error en la computación de los votos.
En la inmensa mayoría de los asuntos presentados, los magistrados electorales consideraron por unanimidad que los argumentos esgrimidos por la parte demandante eran infundados o que, en el mejor de los casos, la anulación de los votos presuntamente irregulares era mínima y que no influían de manera alguna en la votación emitida.
Sólo en la segunda impugnación, cuyo proyecto presentó el presidente del TEPJF, magistrado José Luis de la Peza --el otro lo presentó el magistrado Leonel Castillo--, procedió la queja de la Alianza por México y se logró anular una casilla.
El argumento fue que sí se actualizaba la causal de nulidad demandada, en virtud de que había inconsistencias entre las cifras asentadas en actas, sobre el número de electores que votaron según la lista nominal, con los sufragios encontrados en la urna.
Además, en la votación emitida hay 16 sufragios de diferencia, por lo que, al resultar que la discrepancia entre el primero y el segundo lugares de la votación era de cero, resultaba incuestionable la necesidad de anular la casilla.
Así, se anularon 439 votos de esa casilla (1,247 básica), de los cuales 196 correspondían a la Alianza por el Cambio, 196 al PRI, 30 a la Alianza por México, cuatro al Partido de Centro Democrático, tres a Democracia Social y diez nulos.
Por otra parte, durante la sesión, que sólo fue formal, porque no hubo discusión entre los magistrados y el voto en todos los asuntos fue unánime, los magistrados de la Sala Superior del TEPJF sentaron un criterio importante.
Ese es: determinar que los partidos políticos son entes jurídicos legitimados para denunciar presuntas irregularidades en las elecciones, aun cuando a primera vista pareciera que no tienen "interés jurídico" en demandar la nulidad de una votación o de una casilla, por no resultar directamente beneficiados tras un posible cambio en los resultados.
Los magistrados establecieron que mediante los partidos se hace posible el acceso de los ciudadanos al ejercicio del poder público, a través del sufragio universal, libre, secreto y directo, "en cuyos procesos se deben observar invariablemente los principios de constitucionalidad y legalidad".
Por tanto, se concluyó: "Si los partidos políticos no se encuentran limitados para impugnar los resultados comiciales a la defensa de sus propios intereses, sino que también pueden hacerlo respecto de los intereses de todos y cada uno de los ciudadanos, cuando la ley no concede a éstos medios para defenderse directamente de presuntas irregularidades en los comicios".
El juicio de inconformidad, estableció el TEPJF, podrá ser promovido --como fueron las impugnaciones de la Alianza por México a la elección presidencial-- por los partidos políticos, a fin de no exigir que la pretensión de éstos se encuentre relacionada exclusivamente con sus intereses propios como persona moral.
Una vez resueltas las dos impugnaciones, queda la mesa puesta para la sesión pública del 2 de agosto, en la cual se declarará la validez de la elección presidencial, con Fox como ganador.