JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2000
Ť Solicita amparo ante una resolución de la SG
Debe sancionarse al director de RTC, insiste Jaime Cárdenas
Ť Contraloría Interna desechó la queja del consejero del IFE
Alonso Urrutia Ť El consejero electoral Jaime Cárdenas presentó una solicitud de amparo contra la resolución de la Contraloría Interna de la Secretaría de Gobernación (SG), que desechó la queja que promovió contra el director de Radio, Televisión y Cinematografía, Alejandro Montaño, quien no actuó en su momento para hacer cumplir a los concesionarios de medios electrónicos su obligación de difundir los spots del Instituto Federal Electoral (IFE) en marzo y abril pasados.
También presentó una queja administrativa en la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo (Secodam) para que se sancione con la destitución a funcionarios de la Contraloría Interna de la SG, a los que responsabiliza de no actuar en el caso de Montaño, y sancionarlo ante una evidente violación de sus obligaciones legales.
Y una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), al considerar que el incumplimiento de Montaño y de la Contraloría Interna de la SG implica violaciones a los derechos humanos por omisión.
Entrevistado al respecto, Cárdenas subrayó que si bien el proceso electoral se realizó sin problemas, en su momento se puso en riesgo una parte de la organización. "Es preciso sentar precedente de que algunos medios de comunicación no actuaron a favor de la democracia, sino salvaguardando sus intereses económicos y políticos".
Explicó que "la queja no es contra Montaño como persona, sino que se busca sentar precedente para que estos hechos no se repitan". Puntualizó que si procede la queja, implicaría posiblemente la inhabilitación de Montaño por algún tiempo.
Dijo que en su momento el Consejo General del IFE acordó diseñar una estrategia jurídica para que, tras la realización de los comicios del 2 de julio, se dirimiera legalmente el diferendo con la Cámara de la Industria de Radio y Televisión (CIRT).
La disputa de Cárdenas con Gobernación tuvo como origen la diferencia de interpretaciones sobre el acceso del IFE a los tiempos del Estado en radio y televisión. El IFE argumentaba que con base en el Cofipe y otras disposiciones cumplía funciones de Estado, en tanto que la CIRT consideraba que el nuevo estatus jurídico del IFE, tras las reformas legales de 1996, lo excluía de dichos tiempos. La polémica derivó en que los spots del IFE salieran del aire casi dos meses, afectando campañas sobre la organización electoral.
La queja que presentó Cárdenas en Gobernación en mayo de este año tuvo una respuesta -apremiada por un oficio del consejero que solicitaba la resolución del caso- mediante un oficio de la Contraloría Interna de la SG, que respondió: "Se declara improcedente instruir procedimiento administrativo de responsabilidades en contra de Alejandro Montaño", e instruyó "archivar el presente asunto como total y definitivamente concluido". Lo anterior, continúa el oficio, por considerar que la denuncia contra Montaño por no iniciar procedimiento contra los concesionarios no tiene lugar en virtud de que se alcanzó un acuerdo entre el IFE y la CIRT. Después, la CIRT instruyó a sus afiliados a compensar los tiempos, lo cual se logró hasta en 150 por ciento, por lo que "no se causó daños al IFE, ni a la ciudadanía en general, ni a los partidos políticos".
Para Cárdenas esto no es suficiente, ya que "un convenio no puede estar por encima de la ley", y debe quedar claro que la ley mandata que el IFE tiene acceso a los tiempos oficiales en radio y televisión.
Aseveró que la queja contra Montaño obedeció a que el director de RTC no cumplió sus obligaciones legales, ya que él debió exigir a los concesionarios acatar la ley. "No lo hizo y con ello causó perjuicio al IFE y al proceso electoral".
Explicó que las campañas que salieron del aire fueron las que invitaban a los ciudadanos a recoger su credencial, una sobre capacitación electoral de funcionarios y otra que conminaba al elector a verificar si estaba en la lista nominal.
El recurso presentado por Cárdenas en la Secodam demanda una doble sanción: a Alejandro Montaño porque no cumplió sus funciones como titular de RTC, y que se destituya a Raúl R. Medina, titular de la Contraloría Interna de la SG, porque "no cumplió con su deber constitucional y legal de iniciar un procedimiento disciplinario administrativo contra Alejandro Montaño".
Agrega que "dada la gravedad de las responsabilidades y la naturaleza de las omisiones", debe aplicarse "la máxima sanción, que consiste en la inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y destitución del puesto que ocupa".
En la queja ante la CNDH, Cárdenas parte del entendido de que las acciones de Gobernación "constituyen violaciones a los derechos humanos". Explica que con la omisión del órgano interno de control de la SG se afectó al "estado de derecho, la garantía de audiencia, el principio de legalidad, la protección judicial y acceso a la justicia".
En la solicitud de amparo y en la queja ante la CNDH considera que la SG omitió todo un proceso en el cual, entre otros aspectos, debió citarlo a ratificar la queja y presentar más argumentaciones, hecho que no ocurrió y, en cambio, respondió con una conclusión que sólo sería válida si se hubiera desahogado todo el procedimiento.
En la solicitud de amparo presentada ante el juzgado quinto de distrito, argumenta que hubo violación en la aplicación de la justicia, y concluye: "Es imposible resolver que no hubo daño alguno al IFE -como sostiene Gobernación- sin haber desahogado y valorado pruebas que se ofrecieron en la denuncia, aquellas que la autoridad estaba en posibilidad de conseguir".