JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2000
Ť Invade competencias al pretender aplicar la Ley General de Educación, afirma
Interpone el Gobierno del DF recurso contra la Federación
Ť Solicita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que establezca un control constitucional
Ricardo Olayo Ť El gobierno capitalino presentó anoche un recurso de controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra el Ejecutivo federal y el Congreso de la Unión al considerar indebido el intento de aplicación de la Ley General de Educación en el Distrito Federal.
El escrito, firmado por Rosario Robles, establece que la facultad en materia educativa para la ciudad de México es de las instancias locales y que el Ejecutivo federal invade las facultades que corresponden a la jefatura de Gobierno del Distrito Federal y a la Asamblea Legislativa, de acuerdo con el artículo 122 constitucional.
La Consejería Jurídica capitalina entregó también en la Corte la contestación a la controversia que interpuso el mes pasado la Secretaría de Educación Pública (SEP) por considerar ilegítima la expedición de una ley de educación del DF por los diputados locales, y argumenta que no hay nada irregular.
Con este intercambio de recursos, nuevamente el gobierno local y las autoridades federales dirimen sus criterios jurídicos ante la Suprema Corte, máxima instancia que entre otros expedientes del ámbito capitalino ha resuelto el tema de la asistencia privada, el de reformas electorales y tiene pendiente desde febrero de 1999 el fallo sobre los recursos para el DF considerados en el Ramo 33.
El consejero jurídico, Manuel Fuentes, explicó anoche que al enterarse de la inconformidad de la SEP por la aprobación y promulgación de la Ley de Educación del DF, se presume que es el primer intento de hacer valer la Ley General de Educación en la ciudad de México, lo que legalmente es imposible.
Por esta razón se preparó una respuesta que al paso del análisis derivó en un recurso de controversia de la Constitución. El texto del GDF signado por Robles sostiene: "la invasión de competencias la efectúa el Ejecutivo federal hacia el Ejecutivo local a mi cargo, en cuanto a la ejecución de la Ley General de Educación, en razón de concedérsele en este ordenamiento legal indebidamente facultades para que por medio de su secretario de Educación Pública, ejecute en materia de función educativa dicha ley federal en el ámbito del Distrito Federal, para lo cual obviamente no está facultada por la Constitución".
Además, se hace notar que la citada Ley General de Educación se expide el 13 de julio de 1993, esto es antes de la reforma constitucional que da origen al DF como entidad con facultades propias en términos del artículo 122 de la Constitución. Posteriormente se confiere competencia a la Asamblea en 1996 para que legisle en materia educativa.
El GDF argumenta que en la aplicación de la Ley General de Educación no se menciona a la ciudad de México, sólo a municipios y estados, por lo que no se puede imponer su aplicación.
Es por ello que la autoridad local solicitó a la Corte que establezca un control constitucional y se observen las facultades que otorga el artículo 122 a la jefatura de Gobierno y a la ALDF, pues el Presidente de la República no puede ejecutar la ley.
En la integración del expediente se deberá citar a representantes del Congreso, la Presidencia y la Secretaría de Gobernación, en tanto se mencionan como terceros interesados en el tema a la ALDF, la SEP y la Procuraduría General de la República.
De la lectura de la Constitución "se hace patente que en ninguna parte se señala que sea una facultad exclusiva de la Federación la impartición y los servicios de educación normal y demás, para la formación de maestros, por lo que en tales condiciones la Ley General de Educación sí va en contra de la Constitución".
En tanto a la respuesta del GDF a la SEP por la controversia que esta instancia planteó, la Consejería Jurídica indica en el escrito de 37 páginas que se rechaza haya violación a la ley por promulgar la Ley de Educación del DF que a su vez aprobó la ALDF.
Además, la citada ley todavía no entra en vigor y en esa circunstancia la impugnación no tiene fundamento, según la exposición, también firmada por Robles.