LUNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2000

Ť Comienzan juristas congreso en Mérida


Mayores facultades a jueces en la nueva ley de amparo

Ť Se negaría la suspensión si es para que operen centros de vicio

Jesús Aranda Ť En el marco de la controversia generada por el caso Lobohombo, el Congreso Nacional de Juristas se apresta a aprobar una nueva ley de amparo, que amplíe facultades al juez para allegarse información antes de conceder una suspensión provisional, además de que le otorga el derecho a negarla cuando ésta implique el funcionamiento de centros de vicio, de lenocinio, producción o comercio de narcóticos, se impida la ejecución de medidas para combatir epidemias de carácter grave, el incumplimiento de órdenes militares que tengan como objetivo la defensa de la integridad territorial, el auxilio a la población civil o la ejecución de órdenes a militares.

En cambio, se establece en el nuevo ordenamiento que la suspensión se concederá "de oficio y de plano" cuando se trate de actos que impliquen la privación de la libertad, deportación, destierro, así como la incorporación forzosa al Ejército, Armada o Fuerza Aérea nacionales.

Asimismo, la legislación que se aprobará el próximo miércoles en la ciudad de Mérida, en el Congreso Nacional de Juristas, planteará por primera vez que la Corte ordene la inaplicación de leyes inconstitucionales para efectos generales, es decir, cuando el máximo tribunal conceda tres amparos consecutivos en contra de una ley, ésta no podrá ser aplicada a nadie.

Después de haber sido analizadas 217 propuestas de reforma a la actual ley, la comisión para el estudio de la nueva ley de amparo -que inició sus trabajos hace un año- formuló dicho proyecto que contempla que el amparo se convierta en una institución que de una manera eficiente controle la actuación de la autoridad.

Así, se busca que el amparo proteja también de manera directa -además de las garantías constitucionales- los derechos humanos contenidos en acuerdos internacionales firmados por México, entre ellos, la Declaración Universal de Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y Convención Americana de Derechos Humanos.

Así, el amparo se transformaría "sustancialmente" al proteger más derechos que el llamado "juicio de garantías".

Consolidar el estado de derecho

Precisamente, un tema de discusión importante será el relativo a la relación jerárquica entre la Constitución y los tratados internacionales. La idea de la comisión es de que los tratados sean inferiores jerárquicamente a la Carta Magna.

En términos generales, se busca "consolidar" al estado de derecho y alcanzar una progresiva "judicalización" de las actuaciones públicas y actos de autoridad.

Otro tema controvertido es el que se propone la procedencia del juicio de amparo contra las decisiones tomadas por las legislaturas estatales en materia de suspensión o remoción de los servidores públicos. También se establece la procedencia del amparo contra las resoluciones de trámite dictadas en los procedimientos de declaratoria de procedencia y de juicio político que de manera grave afecten el derecho de defensa de los quejosos.

En lo referente a la actuación de los jueces -particularmente en peticiones de suspensiones-, el proyecto privilegia la discrecionalidad de los juzgadores, además de que se les faculta solicitar documentos y ordenar las diligencias que considere convenientes para resolver. Se establece la obligación también del juez de realizar un análisis ponderado entre la no afectación del interés social y el orden público y la "apariencia del buen derecho", con lo que se buscará que la medida cautelar sea eficaz y "que no se concedan suspensiones que molesten la sensibilidad de la sociedad".

Una figura novedosa será terminar con el llamado "amparo para efectos", del cual los tribunales colegiados habían exagerado en su aplicación, y que en consecuencia contribuía a retrasar más la acción de la justicia. Para ello, se crea la figura del amparo adhesivo en el que el quejoso deberá enumerar todas las irregularidades detectadas en el proceso para, así, resolver en un solo juicio las inconformidades; además, los tribunales colegiados deberán precisar los efectos de sus sentencias, "de modo que las autoridades responsables las cumplan sin dilación alguna".

Por otro lado, se buscará también mediante ciertos mecanismos procesales hacer realidad la ejecución de sentencias, ya que el actual método ha permitido no sólo confusiones o situaciones de indefensión, sino también actos de impunidad. Por ello, se señala en la nueva ley una serie de sanciones para el servidor público que no cumpla con las sentencias judiciales.

Por otra parte, después de las quejas en contra de los magistrados unitarios por la forma como niegan u otorgan amparos en segunda instancia; se propone también la desaparición de éstos y la creación de tribunales colegiados de amparo, con el argumento de que "tres cabezas piensan mejor que una".

El Congreso Nacional de Juristas -que inicia labores hoy en Mérida, Yucatán- estará encabezado por ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, además de que participarán procuradores estatales, presidentes de los tribunales de justicia de los estados, representantes del Congreso de la Unión, jueces, magistrados, académicos y miembros de las barras de abogados más representativas del país.