JUEVES 9 DE NOVIEMBRE DE 2000
Ť Mauricio Dardón, ex subdelegado Jurídico
Se vio impedida la demarcación para actuar contra el antro
Ť La autoridad federal levantó la clausura y otorgó suspensiones, dice
Josefina Quintero M. Ť Por el retraso en que incurrió el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del DF para notificar la resolución del juicio de nulidad contra la clausura del Lobohombo, que interpuso en su momento Alejandro Iglesias, dueño del antro, frente a la delegación Cuauhtémoc, las autoridades de la demarcación no pudieron intervenir a tiempo para regular el funcionamiento del centro nocturno.
Así lo aseguró Mauricio Dardón Velázquez, ex subdelegado Jurídico y de Gobierno en esa demarcación, quien explicó que el 25 de agosto el TCADF notificó que el juicio de nulidad se sobreseyó y que la delegación había ganado. Pero no informó si ya había sido notificado Iglesias y si había o no apelado la resolución.
Dardón aseguró que fue hasta un día antes del cambio delegacional, el 29 de septiembre, que se revisó el expediente en el tribunal. "Y entonces nos dimos cuenta de que no aparecía nuestra notificación ni la de Alejandro Iglesias, a pesar de que nos avisaron desde el 25".
La delegación, afirmó, no actuó contra el Lobohombo en ese momento, "porque había un plazo de 10 días hábiles que debíamos respetar por ley, pues la otra parte tenía derecho a recurrir a la apelación. Sólo que el tribunal nunca informó si se interpuso ese recurso o no".
Agregó: "ahora sabemos que a Alejandro Iglesias se le notificó el pasado 3 de octubre. Nosotros entregamos el día 30 de septiembre, por lo que no tuvimos ya intervención. Las nuevas autoridades tenían que llevar a cabo el trámite, pero si contamos los 10 días hábiles que marca la ley, éstos se vencen el 18 de octubre. Lo que quiere decir que la administración de Dolores Padierna sólo tuvo un día para actuar, porque después ocurrió el incendio. Como el tribunal nunca dijo si se interpuso recurso o no, tampoco la delegación sabía si podía actuar".
Dardón aseguró también que en ese centro nocturno se llevaron a cabo al menos tres verificaciones, y que a raíz de la que aplicó Protección Civil fue que se procedió a la clausura, frente a la cual el dueño interpuso el juicio de nulidad ante el TCADF, que finalmente perdió.
En entrevista con La Jornada, Dardón explicó que "en octubre de 1999 la delegación se enteró de que el inmueble, que todavía no era centro nocturno, llevaba a cabo obras de construcción en su interior, pero de manera irregular".
Al realizar la verificación correspondiente, la subdelegación de Obras se percató de que los trabajos no tenían los permisos requeridos, "y en noviembre de ese año se le impuso la primera clausura".
No obstante, agregó Dardón, continuaron con los trabajos. Y la delegación intervino nuevamente cuando instalaron la fachada: "colocaron un fachada espantosa y gigantesca, de lobos y leones, hecha de un material flamable, y así pretendían inaugurar el local. Entonces, en mi calidad de subdelegado Jurídico y de Gobierno, ordené una verificación para revisar cómo estaban las condiciones de operación del giro, porque presumíamos que podría haber riesgo para las personas".
Así, el 15 de mayo de 2000 se pretendió ejecutar la verificación. Al lugar acudieron elementos de la Unidad Calificadora de Infracciones, "que puede intervenir de manera precautoria, de acuerdo con la Ley de Protección Civil y en virtud de que el inmueble se consideraba de alto riesgo y representaba un peligro inminente, al encontrarse en una zona habitacional y comercial y no contar con la capacidad de reacción ante un siniestro".
Posteriormente, afirmó, se dio la intervención de las autoridades federales, mediante los 11 amparos que interpuso Alejandro Iglesias en juzgados de distrito. "El poder federal dice que no dio amparos, pero otorgó suspensiones y no sólo eso, sino que levantó la clausura". Ante tal situación, añade, "el 9 de junio realizamos otra verificación de acuerdo con la Ley de Giros Mercantiles, pero en la revisión no se encuentra ningún elemento para proceder a clausurar y es cuando yo ordeno mandar al archivo el expediente, porque no hay motivos para imponer una sanción".
Argumenta: "Los juicios de amparo terminaron el 26 de agosto y quedaba un plazo en el cual la autoridad local podía haber intervenido, pero no conocía el juicio de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del DF", que se efectuó paralelamente a los juicios de amparo interpuestos por Iglesias.