Ť AI tuvo esa figura jurídica en el proceso a Pinochet
ONG mexicanas buscan ser asesoras en el juicio a Cavallo
Ť Carlos Slepoy y Manuel Ollé, abogados de las víctimas, confían en entrevistarse con representantes del gobierno entrante
Blanche Petrich y José Galán Ť Varias organizaciones mexicanas de derechos humanos intentarán conformar una instancia que en derecho se conoce como ''Amigos del Tribunal'' (amicus juris), para actuar como asesores de los juzgados que conocen el proceso de extradición del militar argentino Ricardo Miguel Cavallo (alias Sérpico, Marcelo o Miguel Angel), bajo la misma figura jurídica que le fue otorgada por la Cámara de los Lores británica a Amnistía Internacional, en el proceso que se le siguió al dictador chileno Augusto Pinochet a lo largo de 1999 y hasta marzo de 2000.
Con el fin de conocer a fondo el sumario, documentarse e ''interiorizarse'' en el juicio, que ya acumula centenares de tomos de expedientes, grupos como la Red Todos los Derechos para Todos, la Comisión de Defensa y Promoción de Derechos Humanos, el Centro Miguel Agustín Pro, Acción Católica contra la Tortura y la Academia Mexicana de Derechos Humanos, invitaron a México a Carlos Slepoy, abogado de la acusación penal contra Cavallo ante la Audiencia Nacional de España, y a Manuel Ollé, defensor de las Madres de la Plaza de Mayo.
Además, Slepoy y Ollé pretenden entrevistarse con miembros del gobierno entrante, de quienes esperan ?según manifestaron en conferencia de prensa? una resolución favorable a la extradición, en caso de que la decisión del juez fuera en ese sentido.
Después del fallo judicial, será la cancillería mexicana ?probablemente bajo la responsabilidad de Jorge G. Castañeda? la instancia que tenga la última palabra sobre este proceso que, de tener éxito y lograr sentar a Cavallo en el banquillo de los acusados, ''cerrará un ciclo y permitirá el comienzo de una nueva era en la protección de los derechos humanos, al consagrar en la práctica el principio del derecho universal''.
Para el próximo gobierno, ''el fallo de este juicio de extradición puede ser una gran oportunidad para refrendar la tradición de hospitalidad y promoción de los derechos humanos que tiene México en el mundo'', afirmó Slepoy, quien además se mostró ''optimista'', ya que declaraciones anteriores del presidente electo, Vicente Fox, relacionadas con el caso Cavallo, ''han sido muy satisfactorias''.
No hay plazos fatales para emitir el dictamen
Por otra parte, fuentes judiciales relacionadas con el caso admitieron tener en sus manos un asunto que no tiene precedente en el país. ''El hecho de que se esté juzgando un hecho que involucra el delito de genocidio, nos coloca en una situación totalmente novedosa'', reconocieron las fuentes. Por lo tanto, el titular del sexto juzgado, Jesús Luna, deberá ''leer y estudiar muy concienzudamente'' el expediente. A pesar de que había hablado del día 27 de noviembre, como fecha en la que se emitiría una resolución, ''no hay plazos fatales y la fecha del dictamen puede ser ese día o más adelante'', añadieron.
''Es verdad ?comentó Slepoy ante los largos lapsos de tiempo que se pueden abrir a futuro en este caso? que los procesos judiciales suelen ser más lentos de lo que sería deseable para la eficaz aplicación de la ley''.
En el sumario 19/97 por genocidio y terrorismo, radicado en Madrid, 264 personas acusan al ex director del Registro Nacional de Vehículos (Renave) ?directivo de la Escuela de Mecánica de la Armada en Buenos Aires, hace 23 años? de 426 delitos que incluyen desaparición forzosa, asesinato, secuestro de adultos y bebés, así como tortura.
Cavallo es uno de los 47 militares y un civil sobre los cuales el juez Baltasar Garzón ha dictado orden de prisión.
Los abogados de las víctimas confían en que este juicio no tendrá el mismo desenlace que en marzo de este año tuvo el antecedente inmediato, que fue el proceso de extradición de Augusto Pinochet de Gran Bretaña a España. En esa ocasión, por razones políticas, Londres permitió que el anciano dictador retornara a su país.
''En ese momento, las condiciones para asentar jurisdicción universal en un caso de genocidio no estaban maduras. Hoy han madurado'', dijeron.
La embajada argentina
Interrogados sobre la supuesta ayuda que bajo la mesa estaría brindando la embajada de Argentina en México al equipo de defensores de Ricardo Miguel Cavallo, los abogados señalaron que el gobierno sudamericano ''no sabe muy bien qué hacer'' frente a esta situación, y que si bien se ha abstenido de hacer declaraciones abiertas en contra de la extradición, es evidente que busca la forma de llevar a cabo procesos fraudulentos para permitir que Cavallo eluda la acción de la justicia.
Ello, comentó Slepoy, ''revela nítidamente que en Argentina, que es el último refugio de estos miserables, hay fuertes intereses por hacer fracasar el proceso de extradición''. Esto refleja que ahí ''se está tratando de salvaguardar la impunidad'' de esa generación de militares que aplicaron el terrorismo de Estado en los años setenta.
José Galán y Blanche Petrich Ť Las objeciones que el equipo de defensores del ex militar argentino Ricardo Miguel Cavallo han presentado ante el juez sexto son analizadas y desechadas ''por inconsistentes'', una a una, por los abogados de la acusación popular interpuesta ante la Audiencia Nacional de España, Carlos Slepoy y Manuel Ollé.
?La defensa del ex director del Registro Nacional de Vehículos (Renave) sostiene que el proceso de extradición en curso debe suspenderse en tanto estén en marcha las apelaciones interpuestas a favor de su cliente.
La parte acusadora afirma que, según el principio general en derecho, las apelaciones no tienen efectos suspensorios y el proceso debe continuar su marcha.
?Otra, que no se cumple con las formalidades del procedimiento en cuanto a la legalización de documentos.
El tratado dice que si los documentos son cursados por la vía diplomática estarán suficientemente legalizados.
?Que no está probada la existencia de los delitos ni los cuerpos de los mismos.
El auto de procesamiento contra Cavallo consta de más de 200 folios que contienen indicios más que suficientes y probados de la comisión de todos y cada uno de los hechos que se le imputan. Pero además, el tratado de extradición México-España ni siquiera establece la posibilidad de que se entre a ver si los hechos están fundados o no. En el momento en que se reúnen los requisitos formales de la resolución que da paso al pedido de extradición, es suficiente. Pero aun así, los indicios en contra del ex director del Registro Nacional de Vehículos son abrumadores.
?La defensa argumenta que no se pueden adicionar nuevas denuncias a las que por principio se ha pedido la extradición.
La parte acusadora no ha agregado nuevos casos en el expediente, pero tampoco está legalmente impedida para hacerlo. En el proceso anterior contra el dictador chileno Augusto Pinochet, que forma parte del mismo sumario, sí se vieron nuevas adiciones al caso, se le hicieron nuevas imputaciones en sucesivas ampliaciones del proceso y el procedimiento fue aceptado por el pleno de la Cámara de los Lores en el Reino Unido. No es privativo de estos casos, sino que en la práctica extradicional es frecuente, una vez solicitada la extradición, que se puedan producir sucesivas ampliaciones.
?Otro argumento es el de la prescripción y amnistía de los hechos imputados (genocidio y terrorismo) en Argentina.
El alegato de la defensa se refiere tanto al país requerido como al país requirente, o sea a México y a España, en donde no han ocurrido ni prescripción ni amnistía a los delitos involucrados. En Argentina, las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida no son leyes de amnistía y han sido impugnadas en distintos foros por ser contrarias a los pactos internacionales de la ONU y la OEA. Estos foros han dictado resoluciones señalando que estas leyes argentinas son violatorias a los derechos de las víctimas y que, por tanto, se tiene que hacer lo necesario para dejarlas sin efecto. Mas aún, por ser anticonstitucionales fueron derogadas en marzo de 1998 por el Parlamento argentino, que no se atrevió a anularlas del todo. El efecto de la derogación es que han podido ocurrir una serie de procesos judiciales contra militares por desaparición forzosa de personas.
Adicionalmente, el genocidio, al ser un crimen contra la humanidad es imprescriptible por naturaleza. Entre otros, Ricardo Miguel Cavallo está acusado de dos asesinatos cometidos en 1976. Cualquier posible prescripción se produciría el 28 de mayo de 1996, 20 años después. La defensa argumenta que la Audiencia Nacional se creó en 1977 y que la dictadura argentina se impuso en 1976. Pero antes este tipo de delitos eran juzgados por otros tribunales existentes. La Audiencia no es un juzgado de excepción, sino un tribunal que por mandato de la ley española tiene la misión de juzgar determinados delitos, entre otros genocidio, terrorismo, crímenes internacionales.
?Otro argumento es que las partes firmantes del tratado se obligan a entregarse mutuamente personas bajo el principio de la reciprocidad. La defensa sostiene que el Estado español no entregaría a una persona bajo las mismas circunstancias.
Si España tiene establecida la obligación de juzgar este tipo de crímenes, ¿cómo no va a entregar a otro Estado por una causa semejante?
?Los defensores insisten en que su cliente es Miguel Angel y no Ricardo Miguel Cavallo.
Está archiprobado, con documentos de él con ese nombre en esa época, y todos los testigos ?que son muchos? lo reconocen sin ningún género de dudas.