DOMINGO Ť 7 Ť ENERO Ť 2001

Ť El mandatario, enemigo de las formalidades, dice

Fox viola escandalosamente la ley al modificar el Escudo Nacional: ANAD


TRIUNFO ELIZALDE

El presidente Vicente Fox, al modificar el águila mexicana del Escudo Nacional, viola la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales que se encuentra en vigor desde 1995, concretamente el capítulo tres, en sus artículos quinto y sexto, que determinan que toda reproducción "del mismo debe corresponder fielmente al modelo original", señala Adalberto Saldaña Harlow, presidente de la Asociación sahagun-martha Nacional de Abogados Democráticos (ANAD).

Saldaña Harlow, abogado especializado en derecho constitucional, precisa que "no existe posibilidad jurídica de una interpretación distinta a la letra de la ley, que además es de orden público. Por lo tanto, el incumplimiento por parte del Ejecutivo federal "transgrede la garantía constitucional de legalidad en los artículos 14 y 16".

El abogado refiere que la ley respectiva "tiene su origen en una legislación de agosto de 1968, abrogada en 1984 y reformada apenas en 1995".

Hace notar Saldaña Harlow que "toda reproducción del Escudo Nacional deberá corresponder fielmente al modelo a que se refiere el artículo segundo de esta ley", por lo que "es claro que Fox viola dicho ordenamiento".

De hecho, la citada ley dispone pormenorizadamente en largos artículos (del siete al 37) el régimen del uso, difusión y honores a la Bandera Nacional, y en los artículos 38, 39 y 40 dispone "que el canto, ejecución, reproducción y circulación del Himno Nacional se apegará a la letra y música de la versión establecida en la presente ley", dejándose en claro que "queda estrictamente prohibido alterar la letra o música del Himno Nacional y ejecutarlo total o parcialmente en composiciones o arreglos".

Al señalarse que "compete a la Secretaría de Gobernación vigilar el cumplimiento de la ley" se enfatiza que "las contravenciones a la ley, siempre que no constituyan delito, pero que impliquen desacato o falta de respeto a los Símbolos Patrios, se sancionarán, según su gravedad y condición del infractor, con multa de 250 veces el salario mínimo o con arresto de 36 horas, y procederá el decomiso para los artículos que reproduzcan ilícitamente el Escudo, la Bandera o el Himno Nacionales".

El presidente de la ANAD comenta que "en término legales es inaudito y escandaloso que sea el Presidente de la República quien viole dicha ley, cuando está obligado, como principal autoridad del país, a vigilar su cumplimiento; incurriendo en desacato y falta de respeto a los símbolos patrios".

En su opinión, "el presidente Fox ha demostrado una propensión persistente a considerar que el sistema legal es un cúmulo de formalidades, que bien pueden dispensarse sin más trámite, bajo un estilo personal, como muestra de mayor autenticidad individual, y de una modernización de rituales y procedimientos".