JUEVES Ť 8 Ť FEBRERO Ť 2001

Magdalena Gómez

La hora del Congreso

Las próximas semanas veremos si el Congreso de la Unión está dispuesto a contribuir a la paz o si por el contrario asume que el cambio del pasado 2 de julio se quedará en un ejercicio periódico de emisión de sufragios eludiendo la reforma del Estado.

La cortina de humo tendida en torno a la marcha zapatista centrada en la pertinencia o no de las capuchas y en la posibilidad o no de que el Congreso reciba al EZLN ha generado un vacío en torno al asunto de fondo.

El motivo central de la presencia zapatista ante el Congreso es defender la iniciativa de Cocopa y con ello coadyuvar al reinicio del diálogo, pues una de las condiciones centrales es la aprobación de dicha iniciativa.

Recordemos que el constituyente de 1917 puso fin a una confrontación armada, mediante la creación de un estado social de derecho. También entonces hubo argumentos de "técnica jurídica" ante artículos de la Constitución de extensas dimensiones como el 3, el 27 y el 123.

Sin embargo, prevaleció la convicción de que había que darle techo constitucional a los movimientos sociales. En 1992 el Congreso de la Unión, por la vía de la aplanadora contra la oposición democrática y minoritaria, desestructuró con la reforma al artículo 27 uno de los pilares del proyecto social en nombre del neoliberalismo y el libre mercado.

La iniciativa de Cocopa representa una balsa que se proporcionaría a los pueblos indígenas para no hundirse en las redes de la globalización.

Es sorprendente el círculo vicioso del debate sobre derecho indígena. De pronto se revive la necesidad de "consultar" cómo si no se hubiese hecho ya, de llamar a "los juristas" sin asumir que el asunto se divide entre los que estamos a favor del reconocimiento y los que están en contra y que esto a final de cuentas es una posición política a favor o en contra de la paz.

Aclaro que no se trata de una burda simplificación. Sabemos que los cambios que se proponen a la Constitución son trascendentes e implican incorporar plenamente la diversidad cultural dentro de los principios jurídicos fundamentales y reconocer a un sujeto de derecho colectivo diferente a la titularidad individual. Ello requiere una paulatina revisión del conjunto de la legislación secundaria, revisión que no está exenta de retos y dificultades.

Lo que decidirá el Congreso de la Unión es si seriamente decir romper con la exclusión de los pueblos indígenas. Sabemos que si se logra dicha reforma su aplicación será difícil, porque en última instancia se trata de romper con una hegemonía monocultural en el marco de la reforma del Estado. La reforma constitucional no obrará milagros, como no lo hizo la Constitución de 1917 después del costo social de un millón de muertos, pero supondrá las bases para que dentro del estado de derecho los pueblos indígenas tengan opciones para promover su reconstitución o fortalecimiento.