Lunes en la Ciencia, 19 de febrero del 2001
Las leyes en América Latina En Argentina destaca la Ley 23.511 sobre la creación del Banco Nacional de Datos Genéticos sancionada en mayo de 1987 y promulgada el 1o. de junio del mismo año. La función del Banco Nacional de Datos Genéticos es "obtener y almacenar información genética que facilite la determinación y esclarecimiento de conflictos relativos a la filiación" (artículo 1). En Brasil, Perú, Colombia y Venezuela se contempla la protección de la información personal vía procesal y aspectos sobre la regulación de la información privada como solicitar sin expresión de causa la información que se requiera y a recibirla de cualquier entidad pública; derecho a la intimidad personal y familiar; derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre las personas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas, entre otras consideraciones, mientras que en México, la única referencia constitucional sobre la información privada del individuo consiste en garantizar la confidencialidad de las misivas. "A pesar de que ninguno de estos países habla expresamente de la información en el área de la salud, como sucede en las disposiciones europeas, sí puede comprenderse en sentido amplio, sobre todo si pensamos que precisamente la información genética es un medio latente a la lesión de los derechos humanos y, sin duda, a la dignidad humana." *Datos tomados de La información genética, espejo de uno mismo, de Marcia Muñoz de Alba, Cuadernos del Núcleo interdisciplinario del Instituto de Investigaciones Jurídicas. |