MIERCOLES Ť 21 Ť FEBRERO Ť 2001

Ť La decisión de los árbitros fue inapropiada, considera la Secretaría de Economía

Impugna México fallo del panel del TLCAN por el que debería indemnizar a Metalclad

Ť Greenpeace: la protección ambiental no puede estar subordinada a intereses comerciales

VICTOR CARDOSO

El gobierno mexicano presentó una impugnación contra el fallo en su contra que emitió un panel del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) promovido por la empresa Metalclad, a la que el gobierno municipal de Guadalcázar, San Luis Potosí, le negó el permiso para operar un confinamiento de residuos peligrosos.

La Secretaría de Economía, encargada de atender el caso, informó que a raíz del fallo en su contra México estaría obligado a pagar una indemnización por 16.7 millones de dólares y por ello decidió promover la impugnación del laudo arbitral, cuyas audiencias iniciaron ayer ante la Suprema Corte de la provincia de Columbia Británica, en Canadá.

La dependencia afirmó que en su resolución los árbitros integrantes del panel de controversia del TLCAN consideraron que se violaron las obligaciones establecidas en el acuerdo comercial, "como si fuera un tribunal de apelación nacional". Pero sobre todo porque "no desempeñaron sus funciones adecuadamente" y malinterpretaron las disposiciones del acuerdo comercial, el alcance de sus facultades, aplicaron un marco jurídico incorrecto e ignoraron muchos de los hechos y argumentos clave presentados por México en el curso del procedimiento.

Según la Secretaría de Economía, los árbitros del tribunal determinaron que las autoridades federales mexicanas son responsables "de no haber forzado al municipio a emitir el permiso de construcción para el confinamiento de desechos tóxicos y concluyeron que ello resultó en una medida equivalente a expropiación".

Al respecto, el gobierno mexicano consideró que los árbitros "ignoraron" tres puntos fundamentales: que México es una federación, donde los gobiernos federales, estatales y municipales tienen facultades paralelas; que los desechos tóxicos son un sector en el que las autoridades federales, estatales y municipales tienen intereses regulatorios legítimos y que los tribunales mexicanos son competentes para resolver disputas en la materia.

"En opinión de México, la decisión de los árbitros fue inapropiada. El TLCAN no elimina la obligación de los inversionistas extranjeros de cumplir con las leyes locales". Ante esta nueva controversia, el gobierno mexicano manifestó su interés, junto con Estados Unidos y Canadá, de asegurar que el TLCAN sea interpretado correctamente y que los paneles establecidos conforme al capítulo 11 se mantengan dentro de los límites de su mandato.

La organización ecologista Greenpeace consideró que este caso sentaría un precedente sobre cómo el derecho de los estados, los municipios y los gobiernos locales de proteger la salud de la ciudadanía y el medio ambiente local puede quedar subordinado a los intereses comerciales transfronterizos. Agregó que el proceso seguido en este caso está plagado de irregularidades de parte de Metalclad, "la suerte de la ciudadanía y su salud, así como el ambiente de una región no pueden ser decididas o borradas por acuerdos comerciales o por la fuerza del más fuerte".

En 1990, la empresa Confinamientos Técnicos de Residuos Industriales abrió un depósito de desechos tóxicos en Guadalcázar, donde se dispusieron inadecuadamente 20 mil toneladas. La empresa cerró operaciones en mayo de 1991 y en 1993 Metalclad la adquirió, con el compromiso de limpiar el sitio, pero no lo hizo.