VIERNES Ť 2 Ť MARZO Ť 2001
Ť Aún no hay amarres en el Congreso o con el Ejecutivo para su aprobación
Recibe la Corte iniciativa de nueva ley de amparo
Ť Miembros de la comisión que la elaboró destacan las bondades del proyecto
JESUS ARANDA
"Sin amarres" en el Congreso o con el Ejecutivo federal para garantizar la aprobación de la iniciativa, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) recibió ayer el proyecto de la nueva ley de amparo, que pretende agilizar y eficientar la impartición de justicia en el país.
La iniciativa, cuyo destino aún no se define, incluye aspectos jurídicos novedosos, como la anulación o modificación de una ley con efectos generales -es decir, la modificación de la Fórmula Otero-; la protección plena de los derechos humanos consagrados en diversos convenios internacionales firmados por México; el acceso al amparo para la protección de los derechos colectivos en asuntos relacionados con el medio ambiente, deficiente prestación de servicios públicos, etcétera, y la posibilidad de los ciudadanos de ampararse contra acciones de organismos descentralizados y de servicios públicos que originalmente prestaba el Estado, entre otros, que no están previstos en la actual legislación.
Asimismo, la iniciativa plantea la posibilidad de recurrir al amparo contra procedimientos de juicio político -no contra el juicio en sí-, con lo que se busca "judicializar" la mayor parte de procesos y decisiones de las autoridades para consolidar el estado de derecho.
En conferencia de prensa a la que asistieron los miembros de la comisión encargada de elaborar el proyecto de ley -creada a instancias de la propia SCJN-, se destacaron los bondades de la iniciativa.
En la comisión participaron los ministros de la Corte Humberto Román Palacios y Juan Silva Meza, los magistrados César Esquinca Muñoz y Manuel Ernesto Saloma Vera, los académicos Héctor Fix-Zamudio y José Ramón Cossío Díaz, y los litigantes Javier Quijano Baz y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Las bondades del proyecto
Entre otros beneficios, señalaron lo relativo al controvertido tema de la suspensión -como en el caso de los giros negros-, ya que los jueces tendrían la facultad de solicitar documentación adicional antes de otorgar una suspensión provisional para un establecimiento que considere "sospechoso" o que afecte el bienestar social.
Asimismo, la iniciativa precisa las sanciones -incluidas en la ley actual- contra jueces, magistrados o ministros de la Corte que actúen dolosamente en un juicio, aun cuando dicha acción tenga lugar en una etapa del procedimiento.
Sin embargo, con todas las bondades de la iniciativa -que tuvo su origen al instalarse la comisión respectiva el 17 de noviembre de 1999- y el amplio respaldo de la comunidad jurídica del país, la SCJN no ha establecido "amarre" alguno para garantizar que se apruebe o que sea retomada por el Congreso o por el Ejecutivo federal.
El ministro Juan Silva Meza dijo que "no se ha hecho ningún amarre" por parte de la Suprema Corte para impulsar el proyecto ante el Congreso o el Ejecutivo: "con esa intención, con esa formalidad, no se ha elaborado ningún acuerdo, ninguna concertación, absolutamente nada".
Explicó que no hay compromisos formales, consensos o acuerdos con otras entidades o poderes con capacidad de iniciar leyes -la Corte carece de esa facultad-, aunque sí han existido contactos "para efectos de análisis del proyecto".
Así, la importancia que le da la comunidad jurídica y la Suprema Corte no ha recibido eco por parte de los otros poderes, a pesar de que el proyecto plantea la necesidad de "volver a poner el amparo a la vanguardia de la justicia constitucional en el mundo, y adecuarlo a las exigencias de la modernidad, pero sobre todo, que vuelva a ser un verdadero instrumento de defensa de los derechos fundamentales de los gobernados y un eficaz mecanismo controlador del ejercicio del poder".
Esto, ante las deficiencias que presenta la legislación vigente, que está "desfasada con la realidad" y presenta un retraso significativo con las instituciones de justicia constitucional modernas, por lo que ha dejado de prestar una protección eficaz a los gobernados frente a la arbitrariedad y el abuso en el ejercicio del poder.
Además de que dicha ley se ha convertido en "un cuerpo normativo que no responde a las necesidades del mundo moderno", ya que las reformas que se le han hecho desde hace más de 64 años han sido "enmiendas insuficientes, muchas de ellas carentes de técnica legislativa y sin que se haya reflexionado sobre los problemas a fondo que presenta la institución".