LUNES Ť 5 Ť MARZO Ť 2001
PARABOLA
Emilio Lomas M
El consejo forzado en Pemex
EL ANUNCIO DE INCORPORAR a importantes hombres de negocios al consejo de administración de Petróleos Mexicanos es un hecho que, observado a través de las leyes, revela violaciones por parte del gobierno de Vicente Fox a la legalidad que rige este país. De ahí que haya generado inconformidad no sólo dentro del PRI y el PRD, sino también en las propias filas del PAN e incluso en grupos empresariales como la Canacintra.
LA DESIGNACION DE PROMINENTES empresarios como Carlos Slim, Lorenzo Zambrano, Alfonso Romo Garza y Rogelio Rebolledo en el Consejo de Administración de Pemex, además de violar la Constitución desacata varios de los artículos de la Ley de Servidores Públicos, así como de la mismísima Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
SI BIEN EL PRESIDENTE de la República tiene la facultad de nombrar a seis miembros en el consejo de administración, tal como lo señala el artículo séptimo de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos, esta designación está acotada por una serie de restricciones legales las cuales el presidente Fox omitió deliberadamente.
EL ASUNTO EN CUESTION es evidente. Los hombres de negocios ahora incorporados al consejo de administración de una empresa estratégica, además de estar interesados en la apertura del sector energético, poseen empresas cuyos insumos de producción están directamente relacionados con Petróleos Mexicanos.
CARLOS SLIM ES DUEÑO del grupo Carso, controladora que agrupa a diversas empresas que participan en los sectores de autopartes, materiales para la construcción, productos de consumo, minería, autoservicios, restaurantes y telecomunicaciones. Entre sus subsidiarias destacan el Grupo Condumex, a través del cual opera Sinergia, corporativo del sector energético que ofrece servicios y productos de sistemas eléctricos.
POR SU PARTE, LORENZO ZAMBRANO, presidente de la mayor cementera de América Latina, (Cemex) y tercera del mundo, actualmente realiza grandes inversiones para cambiar los procesos productivos de gas natural a combustibles alternos con el fin de disminuir costos, así como establecer medidas de protección ambiental. Cemex ha sido una de las pocas empresas que no ha sido afectada por el alza del gas, pues tiene varios años invirtiendo en el cambio de combustibles, utilizando principalmente coque de petróleo, un subproducto del proceso de refinamiento del crudo.
ALFONSO ROMO GARZA es, por su parte, presidente del Grupo Pulsar, corporativo que participa en el sector de agrotecnología aplicada a frutas y hortalizas, y su área de biotecnología está relacionada de manera estrecha con la industria petroquímica.
Por lo que se refiere a Rogelio Rebolledo, tampoco es casual su inserción a la estructura ejecutiva de Pemex pues es actualmente miembro del Consejo de Administración de la empresa Dupont (de la cual el actual director de Pemex, Raúl Muñoz Leos, fue presidente), cuyo principal negocio se concentra en la producción de pinturas y telas elásticas, proceso que está ligado al sector petroquímico. No es azaroso que este corporativo se haya manifestado a favor de la apertura de la petroquímica.
DE AHI QUE SURJA la pregunta inevitable: ƑCómo se garantizará que hombres de negocios cuyos corporativos tienen como uno de sus principales proveedores de materias primas a Pemex actúen con imparcialidad en la toma de decisiones? ƑHacia dónde dirigirán sus determinaciones: hacia defender los intereses de Pemex o los de sus empresas?
LA LEY ES MUY CLARA respecto a las características de quienes podrán cumplir funciones en organismos estatales. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 108 define a los servidores públicos, grosso modo, como aquellos que desempeñan un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública federal. (El Consejo de Administración de Pemex, Técnicos y Profesionistas por la Industria Petrolera). Por su parte, la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos establece en su artículo 47, fracciones I, II, III, IV, XIII, XV, XVI y XVII algunas restricciones para ejercer funciones de servidor público.
UNA DE ESTAS LIMITACIONES se refiere al manejo imparcial que debe guardar cualquier funcionario en la toma de decisiones. La fracción XIII de la ley antes referida señala que un servidor del gobierno debe ''excusarse de intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios... Es decir, un servidor público no puede estar implicado en los intereses en conflicto, no puede ser juez y parte.
Melée
DE AHI QUE OTRA RESTRICCION apunte al asunto del uso de información reservada. Los empresarios ahora miembros del consejo de administración de Pemex tendrán acceso a información privilegiada, hecho que pone en duda la imparcialidad con que será utilizada... Por estas razones se puede decir que Slim, Zambrano, Romo Garza y Rebolledo no pueden ser servidores públicos y que de serlo no pueden evitar caer en un conflicto de intereses, lo cual desde luego, los inhabilita para ocupar dichos cargos, aun cuando como se ha dicho, no cobren por su desempeño (sólo eso faltaba) y este sea honorífico, según las últimas expresiones del director de Pemex... Fox (desde su campaña) se obsesionó con la idea de que México podrá ser mejor gobernado si es administrado de manera empresarial. Sin embargo, una cosa es manejar a un país empresarialmente, si por ello entendemos abatir la burocracia y elevar la productividad y la eficiencia, y otra es que quede en manos de los empresarios... La pregunta obligada que flota en el aire es: ƑNo será que estamos arribando a la privatización velada de Pemex?