Ť Indica el TEPJF que su creación "no implica el cumplimiento de la sentencia"
La SCJN determinará la legalidad del nuevo consejo electoral de Yucatán
Ť El PAN interpuso acción de inconstitucionalidad ante el máximo tribunal de la nación
JESUS ARANDA, GEORGINA SALDIERNA Y ENRIQUE MENDEZ
Una vez que el Tribunal Electoral del Poder Judicial
de la Federación (TEPJF) resolvió no dar por cumplida su
sentencia en el caso Yucatán y que la reforma jurídica aprobada
por el Congreso de esa entidad modificó la "situación jurídica"
del asunto, será la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN) la que resuelva el conflicto prelectoral yucateco y determine la
legalidad o no de la reforma que dio lugar a la creación de un nuevo
consejo electoral en esa entidad.
Ayer por la tarde, el TEPJF emitió un acuerdo en el cual establece que el decreto 412 del Congreso yucateco "no implica el cumplimiento de la sentencia de mérito"; precisa también que el incidente de inejecución de sentencia que presentó el PRD el pasado 13 marzo que buscaba anular los efectos del citado decreto, no es competencia de los magistrados electorales, sino de la Suprema Corte porque se trataría de una "impugnación directa y eventual declaración de invalidez por su presunta inconstitucionalidad"; e insiste en que el único Consejo Electoral legal es el "insaculado" por los magistrados electorales en diciembre pasado.
Al respecto el Tribunal Federal resolvió hacer del conocimiento de la PGR el citado acuerdo, para dejar patente que que prosigan las acciones penales que considere el Ministerio Público Federal.
Acciones legales contra actos de Cervera: PRD y PAN
El PAN por su lado interpuso una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicvia de la Nación (SCJN) contra la aprobación del decreto 412 del Congreso yucateco que dio lugar al nuevo consejo electoral, mientras que el PRD anunció que "a más tardar" el lunes presentará una inconformidad similar ante el máximo tribunal.
En ambos casos, estos partidos centrarán sus alegatos contra la reforma impulsada por el gobernador Víctor Cervera, en el sentido de que la constitución prohibe expresamente reformas electorales en un periodo de 90 días antes de la realización de los comicios y que la legislación en cuestión ?aprobada hace unos días? tuvo lugar dentro del periodo prohibido por la carta magna, por lo que la citada ley sería declarada inconstitucional.
Apenas hace unos días, la Suprema Corte aprobó la tesis de jurisprudencia 25/2001 en la que determinó que la reforma referida en Tabasco, "se realizó dentro del plazo de 90 días anteriores al referido proceso electoral, en el que conforme a lo dispuesto por el artículo 105 constitucional, párrafo segundo, no pueden efectuarse modificaciones legales fundamentales, por lo que procede a declarar la inaplicabilidad de dicha reforma...".
Por la noche, el CEN del PRD exigió al presidente Vicente Fox que ordene la aplicación de las medidas ordenadas por el TEPJF que aseguren el funcionamiento del Consejo "insaculado" ?como sería mantener el congelamiento de cuentas de ese órgano colegiado en tanto los consejeros "legales" toman posesión? y que además se ejercite acción penal contra quienes violaron la ley al negarse a acatar el fallo del Tribunal Federal.
El secretario general del PRD, Jesús Zambrano informó lo anterior y añadió que "Fox tiene que ponerle un alto a (Víctor) Cervera", porque es muy grave que éste "siga saliéndose con la suya".
A su vez, el dirigente nacional del PAN, Luis Felipe Bravo Mena, señaló que la modificación a la ley electoral en Yucatán "intenta sacarle la vuelta a la resolución del TEPJF"; mientras que el coordinador de la fracción panista en la Cámara de Diputados, Felipe Calderón, indicó que con la creación del nuevo consejo electoral "sigue habiendo una burla a la ley" y que las autoridades encargadas de hacer respetar la ley no han cumplido con su deber.
Sobre el particular, fuentes judiciales criticaron la falta de celeridad de la PGR en la averiguaciones previas que inició la dependencia sobre el incumplimiento del mandato del Tribunal Electoral de que los consejeros "insaculados" estuvieran en condiciones de asumir sus cargo. "El Tribunal Electoral le dio vista a la PGR hace más de un mes, y sin embargo, hasta este miércoles no han realizado ninguna acción contra los consejeros electorados nombrados por el Congreso yucateco, quienes sin tener "fuero" incurrieron cuando menos en delitos como la usurpación de funciones o el uso indebido de recursos públicos, entre otros presuntos delitos.
Acuerdo del TEPJF
Por otra lado, en el acuerdo emitido ayer por el Tribunal se añade que en lo que se refiere a la pretensión de los consejeros "insaculados", Ariel Avilés Marín, Fernando Javier Bolio Vales, Luis Felipe Cervantes González, José Abel Peniche Rodríguez, José Ignacio Puerto Gutiérrez y Hernán Vega Burgos, para que los magistrados definieran su posición jurídica respecto al decreto 412; y en relación al escrito del presidente de la Comisión Permanente del Congreso de Yucatán, quien notificó al Tribunal que con el nuevo Consejo Electoral quedaba cumplida la sentencia de los magistrados electorales, los magistrados resolvieron que la determinación de si una sentencia o resolución en materia electoral es competencia del TEPJF o no, es una atribución que corresponde precisamente a los magistrados electorales "y no a la autoridad responsable".
Porque de lo contrario, equivaldría a dejar "a libre albedrío de una de las partes del proceso", la decisión de cumplir o no una sentencia, lo que iría en detrimento de la autoridad jurisdiccional en cuestión.
Finalmente, el magistrado Eloy Fuentes Cerda, quien el pasado 6 de marzo emitió un voto particular contra la decisión de sus compañeros por considerar que la sentencia del Tribunal con relación al caso Yucatán ya había sido cumplida, luego de que renunciaran a su cargo los consejeros nombrados por el Congreso, emitió ayer un voto de "reserva" sobre el acuerdo de ayer, en el que precisó que, si bien comparte el criterio unánime de sus compañeros, debe destacarse que el decreto 412 "se convierte en derecho positivo en Yucatán, sin perjuicio de que su validez y constitucionalidad pueda ser cuestionada" (ante la Suprema Corte).