MIERCOLES Ť 28 Ť MARZO Ť 2001

Ť Difieren audiencia constitucional sobre su juicio

Amparan a Cavallo: no podrán enviarlo a España mientras continúe su proceso

 
GUSTAVO CASTILLO, CAROLINA GOMEZ MENA Y ROSA ELVIRA VARGAS
 

El juzgado primero de distrito en materia de amparo concedió una suspensión definitiva a Ricardo Miguel Cavallo para que no sea enviado a España hasta que se resuelva el fondo del juicio de garantías que promovió el ex militar argentino contra la resolución de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), que ya concedió su extradición para que se le juzgue en el país europeo por los delitos de genocidio, tortura y secuestro.

El juez Juan Ramírez Díaz difirió la audiencia constitucional del juicio de amparo 350/2001, programada para este martes, por considerar que "no obran las constancias procesales suficientes para resolver dicho expediente".

Según fuentes judiciales, el impartidor de justicia no ha dictado sentencia definitiva sobre si la extradición de Cavallo está apegada a derecho o no, y si es procedente. Lo único que hizo al otorgar la suspensión definitiva es impedir que se le traslade a España en un momento en el que el juicio de amparo aún no concluye.

Ayer mismo, uno de los abogados del ex militar argentino, Manuel Plata García, declaró que la cancillería mexicana no remitió al juez Ramírez Díaz pruebas documentales e informes justificados a que está obligada en este proceso. De inmediato, la SRE lo desmintió.

Mediante un comunicado, la dependencia dijo que "entregó, en tiempo y forma, los informes previo y justificado solicitados por la autoridad judicial al Presidente de la República y al titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores sobre el caso de extradición de Ricardo Miguel Cavallo, conocido como Miguel Angel Cavallo''. Señala además que las audiencias respectivas fueron diferidas por el juez para que la defensa tenga conocimiento de los argumentos presentados.

Y es que el juzgador Ramírez Díaz se reservó el derecho de establecer una nueva fecha para desahogar la audiencia constitucional (última diligencia antes de dictar sentencia) "hasta en tanto no se agregue la totalidad de las pruebas necesarias para determinar sobre el fondo del asunto".

Los señalamientos sobre incumplimiento del abogado Plata García incluyeron, además de la SRE, a la Secretaría de Gobernación y al juez sexto de distrito en materia penal, Jesús Guadalupe Luna Altamirano. Sin embargo, fuentes judiciales indicaron que ni la dependencia ni el impartidor de justicia tienen por qué enviar informe justificado alguno al juez Ramírez Díaz, pues no están vinculados al juicio, es decir no tienen responsabilidad en la decisión de la SRE.

Sin embargo, en entrevista a su salida del Palacio de Justicia de San Lázaro, el defensor de Cavallo se mostró optimista sobre el futuro de la causa de su cliente, ya que dijo poseer información de que el pasado 15 de octubre, el tercer circuito de la Audiencia Nacional de España decretó la "nulidad de diversas actuaciones'' del juez Baltasar Garzón, dentro de las cuales estarían las relacionadas con la petición formal de extradición del ex militar argentino.

Dijo que tal información "aún no es oficial'' pero que la revocación de actuaciones del juez español se debieron a que "se arrojó competencia para conocer el asunto Cavallo'', aunque con anterioridad se habría interpuesto una excepción de incompetencia y también negó remitir cartas rogatorias a Argentina y no notificó a las partes --México y Argentina--del acto descrito. Aseguró que la nulidad se emitió en la causa 19/97.