SABADO Ť 31 Ť MARZO Ť 2001

Ť Paralelamente a la ley Cocopa debe empujarse su reglamentación, advierte analista

Urge definir cómo se aplicará la autonomía indígena

Ť Tendrá que crearse un Estado pluriétnico que represente a los indios, dice Consuelo Sánchez

ROSA ROJAS

Es conveniente que al mismo tiempo que se impulse la discusión y aprobación de la iniciativa de ley de la Cocopa sobre derechos y cultura indígenas, se empuje la elaboración de la respectiva ley reglamentaria para determinar claramente cómo se van a ejercer los derechos de libre determinación y autonomía contenidos en ella, porque de lo contrario se quedarían en enunciados vagos "y pareciera que el gobierno no tiene ninguna obligación para que estos derechos se puedan ejercer".

Planteó lo anterior la antropóloga Consuelo Sánchez, ex asesora del EZLN durante los diálogos de San Andrés y autora del libro Los pueblos indios, del indigenismo a la autonomía. Puntualizó que al mismo tiempo debe insertarse la discusión de la ley Cocopa en el marco de la reforma del Estado.

Esto porque para que haya un real ejercicio autonómico debe crearse un Estado pluriétnico, en el que finalmente los indígenas estén bien representados y se les transfiera poder político mediante la creación de un "cuarto piso de poder" en la estructura político-territorial del Estado mexicano, con una clara definición de la transferencia de competencias y facultades de la Federación y de los estados a las comunidades, a los municipios y a las regiones autónomos.

No queda claro lo de la autonomía

La también catedrática de la Escuela Nacional de Antropología e Historia subrayó la importancia de la ley reglamentaria porque, dijo, no ha quedado claro -lo que se reflejó en las preguntas que algunos legisladores hicieron a los representantes de la comandancia del EZLN y del Congreso Nacional Indígena durante su intervención en la Cámara de Diputados- que la autonomía no es sólo para los indígenas, y por eso les preguntaron cómo se iban a manejar las relaciones interétnicas, o si la autonomía está concebida para un pueblo en conjunto aunque esté disperso, o para pueblos que están en ámbitos territoriales.

La autonomía, enfatizó la antropóloga, está ligada al territorio, y aunque la propuesta de la Cocopa señala que los pueblos indígenas pueden ejercerla en la comunidad, el municipio o la asociación de municipios, no se establece claramente cuáles serían los órganos de gobierno de esas figuras. En el ámbito comunal no hay problema, ya se eligen autoridades por usos y costumbres. En el municipal generalmente los indígenas son minoría, y muchas veces, aunque sean mayoría, son los mestizos los presidentes.

En este caso habría que modificar la estructura del municipio, crear una nueva formulación en la participación de los diversos grupos y comunidades en los órganos de gobierno, de modo que expresara y reflejara la diversidad étnica de éste; nuevas fórmulas de representación y participación, con más competencias y facultades de los diversos componentes étnicos en su estructura, porque por más democrático que quiera ser un municipio, si no hay representación de la comunidad étnica siempre va a ser uno de los grupos el que esté permanentemente en el gobierno y los indígenas estarán relegados, estimó.

Consideró también que la iniciativa de despedida_ezln la Cocopa requerirá de una formulación técnica jurídica, "pero que eso no sea pretexto para modificar lo esencial de su propuesta", dado que ésta representa, como ya lo indicó en su momento el EZLN, el "piso", lo mínimo aceptable, dado que no refleja en su totalidad los acuerdos de San Andrés.

Hay una discusión en este momento entre quienes consideran que debe haber una ley reglamentaria de la ley Cocopa y quienes proponen hacer las modificaciones posteriores que se requieran en cada una de las legislaciones. Argumentó a favor de una ley que permita a los propios pueblos tener conocimiento en un mismo cuerpo de todos los derechos que tienen y cómo los van a ejercer, y el compromiso del Estado con estos derechos y cómo los van a reclamar.

"El propio Zebedeo lo dijo: 'no conocemos la Constitución'; si no están los derechos de los pueblos indios en una misma ley para facilitar su ejercicio, tendrías que ser especialista en leyes para saber cuáles son tus derechos", enfatizó Sánchez.

Mencionó que en la formulación de la Cocopa se introduce en el artículo 115 una modificación, en la fracción IX, que es nueva; se dice que "se respetará el ejercicio de la libre determinación de los pueblos indígenas en cada uno de los ámbitos y niveles en que hagan valer su autonomía, pudiendo abarcar uno o más pueblos indígenas; las comunidades indígenas como entidades de derecho público, y los municipios que reconozcan su pertenencia a un pueblo indio tendrán la facultad de asociarse a fin de coordinar sus acciones para la promoción del desarrollo económico y social".

Ahí, añadió, sigue sin establecerse con claridad el carácter político de la autonomía, el órgano de gobierno de ésta; no se especifican con claridad las facultades que tendrían, primero, el ámbito territorial, la definición de pueblo, quiénes serían pueblo. Se tomó la definición de pueblo del convenio 169 de la OIT; eso es insuficiente, porque si hablamos del reconocimiento pleno de la autonomía, no es apropiado, porque el 169 establece con toda claridad que no se entienda este concepto de pueblo asociado al derecho a la libre determinación o autodeterminación, como se establece en los convenios internacionales.

Al hacer esta acotación le quita a la noción de pueblo el derecho a la libre determinación y a que éste pueda elegir libremente la forma de gobierno que quiera, y para el movimiento indígena ha sido fundamental definirse como pueblo, definirse como con derecho a la libre determinación, indicó.

Añadió que "algunos pueblos, como los vascos, han dicho que quieren la independencia, pero los indígenas de México y de América Latina han definido claramente que quieren el derecho a la libre determinación, expresado como autonomía, y eso dentro del marco del estado nacional en que se encuentran. Por eso no se plantea en ningún momento ni separación ni independencia, y se conciben como parte del Estado nacional, y por eso están planteando que se incluya ezln-retiro5 este derecho en la Constitución. Si quisieran otra cosa no estarían planteando la reforma del Estado y la Constitución para que la autonomía pueda establecerse dentro del Estado nacional mexicano".

"También se discute si es necesario nada más reformar la Constitución o hacer una nueva; ese sería otro punto, porque para establecer la autonomía como un régimen, como se ha hecho en otros Estados, para nacionalidades o minorías étnicas, siempre se ha asociado a la creación de una nueva Constitución, realmente pluriétnica. Se crean capítulos especiales donde se reconocen esos derechos y toda la Constitución tiene que reflejar esta diversidad sociocultural de modo que no haya contradicciones entre sus artículos, sino que todos expresen el carácter pluriétnico, y se crean otros donde se establece con toda claridad el régimen de autonomía", explicó la especialista.

Después, apuntó, viene la ley reglamentaria, que se llama ley de autonomía, donde se especifican con claridad los ámbitos territoriales, las formas de gobierno, las competencias compartidas con el gobierno central o exclusivas de los entes autónomos, pero en la Constitución se establece con toda claridad el régimen de autonomía como parte del estado nacional.

En cambio, la ley Cocopa establece una serie de modificaciones a la Constitución, donde se reconoce el derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas pero no establece con claridad, por ejemplo, la creación de un ámbito de gobierno en la estructura político territorial del Estado nacional, y generalmente, donde se ha establecido un régimen de autonomía de pueblos, de minorías, siempre se ha creado un nuevo ente político-territorial.

Por ejemplo, añadió, en España se creó la figura de las comunidades autónomas, esto implicó abrir esta nueva entidad dentro del Estado español porque sólo existían el gobierno central, las provincias y los municipios; esto implicó formar un nuevo ente político territorial y así quedaron el gobierno central, las provincias, los municipios y ahora las comunidades autónomas. Y algo similar se hizo en Nicaragua.

En México tendría que llegarse a eso, dado que las organizaciones indígenas han planteado la creación de un cuarto nivel de gobierno, que junto a la Federación, los estados y los municipios se instituyan las regiones autónomas, pero eso no se establece en la iniciativa de la Cocopa porque en los diálogos de San Andrés el gobierno rechazó un cuarto nivel de gobierno, indicó Sánchez.