VIERNES Ť 6 Ť ABRIL Ť 2001

Ť Iniciativa de Ley de Establecimientos Mercantiles

Los centros nocturnos deberán tener licencia especial para operar

GABRIELA ROMERO Y ELIA BALTAZAR

Los centros de baile erótico, establecimientos mercantiles donde se exhiba, arriende, permute o comercialicen artículos de carácter pornográfico, requerirán de licencia para funcionar, mientras que los propietarios de establecimientos mercantiles que no operen conforme a la autorización que tienen podrían ser sancionados con multas de más de 100 mil pesos y/o la clausura.

Las anteriores son algunas de las propuestas de la iniciativa de Ley de Establecimientos Mercantiles que el próximo lunes presentará ante el pleno de la Asamblea Legislativa del DF el diputado panista Miguel Angel Toscano, con el consenso de otras fracciones parlamentarias.

En el proyecto se prohíben las aglomeraciones en la entrada principal de los establecimientos mercantiles, que entorpezcan la circulación o que pongan en riesgo la seguridad de los usuarios; en otro apartado se establece que debe permitirse el acceso al establecimiento mercantil sin discriminación alguna, salvo los casos de personas en evidente estado de ebriedad, bajo el influjo de estupefaciente o que porten armas, así como a los menores de edad.

Los encargados de esos establecimientos mercantiles estarán obligados a pedir identificación oficial con fotografía para corroborar la mayoría de edad de los asistentes, mientras que la asignación de una mesa o el ingreso del público no se podrá condicionar al pago de un consumo mínimo, ni se podrá exigir el consumo constante de alimentos y o bebidas para poder permanecer en el lugar.

El legislador panista Miguel Angel Toscano propone tres clasificaciones de giros: los de impacto comunitario, que serán aquellos que por su actividad provocan transformaciones, degradación, alteración o modificación al entorno vecinal; los de impacto social, que son aquellos que por su naturaleza pueden alterar el orden público, la seguridad, la salud de los usuarios o afectar la armonía de la comunidad, y los mercantiles, que será la actividad permitida en el uso de suelo y que se registra o autoriza en la licencia de funcionamiento, o manifestada en la declaración de apertura para desarrollarse en los establecimientos mercantiles.

De acuerdo con esta clasificación, serán de impacto comunitario y requerirán para su funcionamiento expedición de licencia tipo A los siguientes giros: salones de fiestas, restaurantes, establecimientos de hospedaje, centros de educación y talleres de reparación y mantenimiento de
automóviles.

Las licencias tipo B y C serán consideradas de impacto social. En la primera se incluirá a bares, cantinas, cabarets, discotecas, salones de baile y peñas. Mientras que la segunda se otorgará a los centros de baile erótico, establecimientos mercantiles donde se exhiba, arriende, permute o comercialice en general artículos de carácter pornográfico.

Los establecimientos mercantiles que opten por la modalidad de condicionar la prestación de sus servicios a la adquisición de una membresía serán considerados como club privado; sin embargo, los que no cuenten con la licencia de funcionamiento para esos efectos, no podrán condicionar o negar el acceso o uso de sus instalaciones y servicios a quien lo solicite.

En el caso de los cines y centros comerciales deberán proporcionar el servicio de estacionamiento gratuito o semigratuito a sus clientes. "Podrían cobrar un peso por dos horas, o el tiempo que dure la película", ejemplificó el diputado panista.