Ť La CIA y el FBI, detrás de los dictadores de turno en el Cono Sur, dice juez argentino
Alcanza el brazo largo de la justicia a creadores de la Operación Cóndor
Ť El magistrado Rodolfo Canicoba Corral juzgará a responsables visibles de la coalición criminal
Ť Augusto Pinochet, Jorge Rafael Videla y Alfredo Stroessner, señalados por víctimas en la querella
STELLA CALLONI CORRESPONSAL
Buenos Aires, 21 de abril. El juez Rodolfo Canicoba Corral ordenó el 20 de abril la detención (para solicitar su extradición) de los ex generales Alfredo Stroessner (ex dictador de Paraguay) Manuel Contreras (ex jefe de la policía de la dictadura chilena) y también la indagatoria de Jorge Rafael Videla, ex jefe de la junta militar argentina --detenido aquí por apropiación de niños nacidos en cautiverio durante la pasada dictadura-- en la causa que juzga a los máximos responsables de la Operación Cóndor.
Esta operación fue un plan criminal coordinado
entre las dictaduras del Cono Sur entre los años 70 y 80, bajo instrucciones
y asesoramiento de la CIA, entre otras instituciones de Estados Unidos.
La ac-tual causa es el primer juicio local contra dicha operación.
Los inculpados y muchos jerarcas militares están
imputados de "asociación ilícita para cometer los delitos
de desaparición forzada de personas, tormentos y homicidios".
La resolución se tomó a raíz de la querella criminal presentada el 8 de noviembre de 1999 por Dora Gladys Carreño Araya, hermana de Cristina Carreño Araya, chilena, desaparecida en Argentina el 26 de julio de 1978; Idalina Wilfrida Radice Arriola de Tatter, es-posa de Federico Tatter, paraguayo, desaparecido en Argentina el 15 de octubre de 1976; Sara Rita Méndez, quien fue secuestrada en Argentina y llevada a Uruguay y es madre de Juan Simón Antonio Ri-quelo, secuestrado días después de su nacimiento en Buenos Aires, en el momento de la detención de Sa-ra, el 13 de julio de 1976, actualmente desaparecido.
También, Elsa Pavón de Grinspon, madre de Mónica Sofía Grinspon de Logares, argentina, plagiada en Montevideo el día 18 de mayo de 1978 junto a su esposo Claudio Ernesto Logares y su hija de dos años de edad, Paula, y desaparecida en Argentina; Claudia Mabel Careaga y Ana María Careaga, hijas de María Esther Ballestrino de Careaga, paraguaya, fundadora de Madres de Plaza de Mayo, se-cuestrada en la iglesia de Santa Cruz, capital federal, el 8 de di-ciembre de 1977 y desaparecida.
Terrorismo de Estado
"La resolución contiene una muy correcta síntesis del planteo de los querellantes, de las pruebas agregadas hasta el actual estado de la investigación, y de la actuación que habría correspondido en la asociación ilícita a cada uno de los tres imputados a los que se refiere (ex-clusivamente) esta decisión inicial, que podrá ser ampliada en cualquier momento, en cuanto a países y/o personas", dijo el abogado Al-berto Pedroncini, quien representa a los querellantes, familiares o víctimas directas del Plan Cóndor.
Pero en este caso (también es tes-tigo esta corresponsal) hay otro im-portante aspecto que señaló Pe-droncini a La Jornada y es "la producción de pruebas acerca del efecto que el terrorismo de Estado produjo en el contexto socioeconómico del respectivo país (dentro del Plan Cóndor) en materia de educación, salud, empleo y endeudamiento público interno y externo.
Sobre este campo, el juez requirió informes a la Organización In-ternacional del Trabajo y a la Co-misión Económica para América Latina de Naciones Unidas.
Pedroncini aseguró que esta re-solución inicial cumple con todos los recaudos necesarios para fundamentar el pedido internacional de detención para luego solicitar las extradiciones, ya que los cargos están individualizados.
El juez Canicoba Corral sostuvo que en cualquier supuesto,
tratándose de delitos permanentes que se siguen cometiendo porque
la víctima no ha aparecido, la prescripción no habría
comenzado a correr.
Invocó sobre este aspecto la De-claración
de la Asamblea General de Naciones Unidas de 1992 sobre desaparición
forzada de personas, y la Convención Interamericana so-bre esa materia,
señaló Pedroncini.
El abogado y su equipo han im-plementado un mecanismo de consulta para manejar todos los temas probatorios y los estrictamente ju-rídicos, y para ello, señala, "se ne-cesita una amplia participación so-cial (nacional e internacional) en este enjuiciamiento" y por esa ra-zón se dispone a realizar consultas y a recibir sugerencias.
Existía en estas horas un marcado optimismo entre los familiares y organismos humanitarios ya que es el primer juicio local contra la Operación Cóndor, y esto ampliará los elementos y argumentos jurídicos para otros que se desarrollan a nivel internacional.
Los mencionados como imputados en la querella son los argentinos Jorge Rafael Videla, ex teniente general, ex presidente de facto y miembro de la junta militar, y Carlos Guillermo Suárez Mason, ex comandante del primer cuerpo del ejército, y los chilenos Augusto Pi-nochet, bajo cuya dependencia se encontraba la Dina (policía política del régimen militar) así como Ma-nuel Contreras, ex jefe de la Dina y responsable inmediato de la ac-ción de dicho organismo, y Pedro Espinoza Coronel, ex alto funcionario de la Dina.
En Paraguay figuran el ex dictador Alfredo Stroessner, bajo cuyo mando actuaba la policía de ese país, "principal instrumento de aplicación de la Operación Cóndor", el ex general Francisco Brites, director de la policía paraguaya y cofundador con el general Contreras de la cooperación entre Paraguay y Chile para el desarrollo de la Operación Cóndor, Néstor Milciades Coronel, ex jefe del De-partamento de Investigaciones de la policía de Paraguay, a cuyo car-go estaba la labor de inteligencia inherente a la práctica de la desaparición forzosa de personas.
Uruguayos: Julio Vapora, ex co-mandante en jefe del ejército; coronel Guillermo Ramírez, mayor Jo-sé Nino Gavazzo, mayor Manuel Cordero, mayor Enrique Martínez, capitán Jorge Silveira, capitán Hu-go Campos Hermida. Estos últimos seis habrían operado personalmente en territorio argentino.
El magistrado dispuso la fecha de la audiencia indagatoria
de Vi-dela el próximo 5 de junio, mientras se solicita la detención
de Contreras y de Stroessner, que goza de un asilo de lujo en Brasil.
La asociación ilícita de estos personajes
en el marco de la Operación Cóndor está acusada
de crímenes de "secuestro agravado, aplicación de tormentos,
homicidio y desaparición forzada de personas en el territorio de
los países involucrados y mediante el uso criminal del aparato del
Estado".
Se determina que existe una ac-ción criminal contra el orden constitucional de cada uno de los estados miembros, "al coordinarse ac-ciones tendientes a suprimir y/o mantener la supresión --en territorio de cada uno de ellos-- de las instituciones representativas, ha-biéndose apoyado para ello recíprocamente en la continuidad de regímenes usurpadores; la existencia de una acción criminal contra la soberanía y la integridad territorial de cada una de las partes integrantes del Plan Cóndor, tendiente a suprimir mediante acciones militares o paramilitares clandestinas el derecho de asilo que el ordenamiento jurídico de cada uno de esos estados reconoce y había otorgado a nacionales de otros estados limítrofes, refugiados políticos en sus respectivos territorios".
Impunidad criminal
Asimismo, el juez se refiere a lo que denomina "acción criminal pa-ra asegurar la impunidad de los crímenes que constituirían el objeto del Plan Cóndor, como desinformación sistemática, destrucción u ocultamiento de pruebas con em-pleo de organismos estatales, coordinada en escala internacional".
Por último se hizo mención en el escrito de querella inicial a la existencia de una conspiración contra el derecho de autodeterminación de cada uno de los pueblos de los estados parte, privando a éstos de sus riquezas naturales, desmantelando sus estructuras productivas y obligándolos a endeudarse que se paga con la exclusión social, nueva forma de desaparición del mundo del trabajo, la salud y la cultura.
En la resolución, el juez fundamenta sus acciones en la documentación aportada y concluye que "el referido acuerdo político-militar fue reconocido indirectamente por el Departamento de Estado estadunidense al entregarse al Estado ar-gentino una copia autenticada de una comunicación cursada por Ro-bert Scherrer, en su calidad de agente regional del FBI, al director del mencionado departamento, ex-plicando los diferentes aspectos de la Operación Cóndor.
De éste acuerdo, en tal sentido relatado por la querella, emanó el compromiso de realizar operaciones conjuntas contra las víctimas, supuestamente blancos terroristas.