JUEVES Ť 10 Ť MAYO Ť 2001
Ť La resolución, por la pasividad de la representación, argumentan los magistrados
Propone la Corte que el MP no participe en amparos
JESUS ARANDA
En una decisión histórica, el pleno de la Suprema Corte resolvió plantear al Congreso de la Unión y al Ejecutivo la eliminación del Ministerio Público Federal en cuanto a su participación en el juicio de amparo.
Al aprobar por mayoría el proyecto de la nueva Ley de Amparo -que será entregado en fecha próxima a las fracciones partidarias en el Congreso de la Unión y al Ejecutivo federal-, el máximo tribunal resolvió que debido a que "históricamente" el papel de la Procuraduría General de la República (PGR) ha sido "desafortunado" y que los propios agentes del Ministerio Público "no le han dado importancia a su intervención en los procesos judiciales", el pleno optó por solicitar que la representación social deje de intervenir en los juicios de amparo, lo cual requeriría reformas constitucionales y a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
De prosperar la iniciativa de la Corte, tendrían que reformarse los artículos 102 y 107 constitucionales, los cuales establecen que al Ministerio Público Federal le incumbe la persecución ante los tribunales de todos los delitos del orden federal, y por lo mismo, a él le corresponde solicitar las órdenes de aprehensión de los inculpados, buscar y presentar pruebas que acrediten la responsabilidad de éstos y "hacer que los juicios se sigan con toda regularidad para que la administración de justicia sea pronta y expedita".
La Carta Magna establece: "todas las controversias" procesales se sujetarán al orden jurídico, de acuerdo con las bases siguientes: "el procurador general de la república o el agente del Ministerio Público Federal que al efecto designare, será parte en todos los juicios de amparo, pero podrán abstenerse de intervenir en dichos juicios cuando el caso de que se trate carezca a su juicio de interés público".
La Ley de Amparo, en su artículo quinto, señala que el Ministerio Público Federal podrá intervenir en todos los juicios e interponer los recursos que señala la ley, "inclusive para interponerlos en amparos penales cuando se reclamen resoluciones de tribunales locales".