MARTES Ť 15 Ť MAYO Ť 2001
ENTREVISTA
Francisco López Bárcenas, jurista mixteco y funcionario del INI
La reforma indígena retrocede a México al nivel de Guatemala
"El texto del Congreso dejó fuera aspectos torales que el gobierno había reconocido y hasta peleado a nivel internacional"
ANDREA BECERRIL
La responsabilidad del Congreso de la Unión "es muy grande" y "pronto habrá nuevos problemas", aunque los legisladores aún no entienden que la reforma indígena que aprobaron no resuelve el conflicto chiapaneco y representa además una regresión para el país, al colocarlo al nivel de Guatemala y otros países que no han querido reconocer los derechos de sus pueblos indios, advierte el abogado mixteco Francisco López Bárcenas.
Es, insiste, un vuelco de 180 grados, porque la reforma dejó fuera aspectos torales que el gobierno mexicano había reconocido y hasta peleado a nivel internacional; está muy por debajo de las legislaciones en la materia de Oaxaca y otros estados, y dejará sin resolver los muchos conflictos entre comunidades, además de provocar otros.
Parte del reducido grupo de expertos en derecho indígena que existen en el país, investigador y autor de diversos libros en la materia, y responsable de la Dirección de Procuración de Justicia del Instituto Nacional Indigenista (INI), López Bárcenas advierte:
Quienes legislaron "lo hicieron con prejuicios y una forma de discriminación encubierta hacia los indígenas".
El autor de una treintena de obras, entre ellas Convenio 169 de la OIT: su validez y problemas de aplicación en nuestro país, resalta que "le llama poderosamente la atención" cómo los legisladores dejaron fuera de la reforma indígena conceptos fundamentales que el gobierno mexicano defendió y reivindicó al suscribir precisamente ese acuerdo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Avances que datan de 1990
Precisa que desde 1990 México ya había aceptado conceptos como pueblo, autonomía, libre determinación o territorios, y ahora, poco más de una década después, está negando todo. "De hecho, en 1989, cuando la OIT sometió a consulta de los Estados cambiar esos términos, para signar luego el Convenio 169, precisamente fue nuestro país uno de los que llevó una de las posturas más avanzadas, mucho más de lo que la misma OIT proponía."
Por ejemplo, a la propuesta del organismo de cambiar el término población por el de pueblos, México, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, respondió que "el término pueblo, referido a autonomía y autodeterminación, no implica necesariamente separación del Estado, sino que por el contrario consolida a este último". Textualmente lo dicen las actas que se levantaron en ese tiempo, indica.
Igualmente resalta "la argumentación del gobierno mexicano sobre otro de los puntos controvertidos, el de uso y disfrute de los recursos naturales, porque en ese tiempo -1989, en pleno régimen de Carlos Salinas- propuso que los pueblos debían ser los beneficiarios directos de los recursos naturales".
Ello, remarca, está en los alegatos, "los que debieron ser consultados por senadores y diputados antes de legislar". Textualmente, el gobierno mexicano argumentó que el concepto de territorio "es aplicable al aspecto fisiográfico habitado por los pueblos y comunidades de un grupo con características étnicas similares, tales como idioma, forma tradicional de organización, fiestas, ceremonias religiosas y otras costumbres". Incluso se dijo que hay casos en que estos territorios corresponden a dos países, como el de los papagos, cuyo territorio está tanto en México como en Estados Unidos, "sin que ello afecte la soberanía de los países".
López Bárcenas rechaza la posibilidad de que los senadores, que debieron legislar en primera instancia, ignoraran ese contexto. "Yo creo que lo conocieron bastante bien, hasta donde llega mi conocimiento hubo gente de la OIT con ellos; hubo expertos no solamente de México, sino de otros países, discutiendo qué tanto podía afectar la iniciativa de la Cocopa, y la verdad es que ésta no es tan radical en términos de derechos indígenas. México a nivel inetrnacional ha suscrito la libre determinación de los grupos étnicos tanto en el proyecto de Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas como en el proyecto de Declaración In-teramericana."
Lo que hay entonces "es un doble discurso, porque hacia el exterior sí se reconocen los derechos de los pueblos indígenas y hacia el interior todavía se siguen regateando".
Ahora, insistió, frente a legislaciones avanzadas, como la de Venezuela, que modificó el Congreso Constituyente ya en el régimen de Hugo Chávez; la de Ecuador, que va mucho más allá de la iniciativa de la Cocopa; la de Colombia, que tiene adelantos en materia de impartición de justicia, o la de Brasil, que incluye los términos de tierras, territorio y recursos naturales, "nos quedamos muy atrás".
Además, ha quedado demostrado que las legislaciones de Brasil o de Venezuela no han fraccionado a esas naciones, ni los indígenas se han quedado con los recursos, porque entienden muy bien "que se trata de establecer un trato diverso donde todos pueden aprovechar y beneficiarse".
Asimismo, agregó, la reforma constitucional indígena quedó rebasada por legislaciones estatales, como las de Oaxaca, Veracruz, Campeche y Nayarit. "Es muy evidente que una de las leyes más avanzadas actualmente es la oaxaqueña, pues a partir de las reformas de 1998 en esa entidad se reconoció la libre determinación de los pueblos, expresada como autonomía."
En esa entidad hay doce leyes que incluyen en su articulado derechos indígenas, más una ley específica de derechos de los pueblos indígenas. ƑQué implica la autonomía oaxaqueña?, se pregunta, y responde que ante todo significa que los pueblos y las comunidades indígenas son sujetos de derecho público, y eso es importante porque son entonces parte de la estructura gubernamental.
Entonces, "en Oaxaca tenemos que hay un estado soberano, que hay municipios, pero que además los municipios están divididos en comunidades que están reconocidas como parte de la estructura de gobierno, pero además de eso los municipios indígenas tienen derecho a elegir autoridades por usos y costumbres. Ac-tualmente en 418 de los 570 municipios se eligen por usos y costumbres, son muchísimos y no ha pasado nada; al contrario, se han ahorrado los gastos de campaña, los pleitos internos".
Otro caso donde ya se establece la libre determinación es en la Constitución de Veracruz.
Autor también del libro Distintas concepciones de pueblo indígena como sujeto de derechos colectivos, afirma que los legisladores se dejaron llevar por prejuicios, como que establecer el derecho al uso colectivo de los recursos naturales llevaría a la colectivización de la propiedad.
"Hay una equivocación ahí porque cuando la iniciativa de la Cocopa decía acceder de manera colectiva no estaba colectivizando el derecho, es decir, no estaba estableciendo que la única posibilidad de ejercerlo fuera de manera común. Lo que estaba estableciendo es que los derechos de los pueblos indígenas son colectivos por su propia naturaleza; los pueblos indígenas no están pidiendo más derechos que los mexicanos, sino que se les reconozca como sujetos de derecho".
La fórmula final por la que optaron "a final de cuentas no reconoce nada. Decir que los pueblos indígenas tienen el derecho preferente en los términos que establece la Constitución es reconocer algo que ya estaba reconocido, pero esto nos puede llevar incluso a un problema, porque puede haber leyes, la Ley Agraria, la de Aguas o cualquier ley que hable sobre recursos naturales, que podrían provocar una controversia constitucional".
Fuente de conflictos
-ƑPodría provocar la reforma indígena conflictos entre comunidades?
-Sí, claro, pero me preocupa mucho que no resuelve los que hay actualmente.
Puso ejemplos concretos. "Los seris, en Sonora, tienen varios pleitos, pero uno muy importante es por una invasión de tierras que les hizo un particular hace bastante tiempo. Son propietarios de esas tierras, se las titularon en el sexenio de Luis Echeverría; sin embargo están invadidas, y quien lo hizo ya adquirió algún tipo de derecho, por lo menos a no ser desalojado sin previo juicio. A estos seris la reforma indígena los perjudica, porque señala con claridad que se respetan los derechos de terceros, es decir, de quien se metió de manera ilegal a sus tierras."
Otro ejemplo, agregó, es el de los huicholes, que se asientan en Jalisco, pero también en Nayarit y Durango, y que cada año realizan una peregrinación a Real de Catorce a recoger el peyote que utilizan en sus ceremonias antes de las siembras. "Tal cual quedó la reforma a ellos no les soluciona ningún problema; van a seguir siendo molestados por ejidatarios, por pequeños propietarios, por todo el que se sienta afectado por la peregrinación que ellos hacen, y no es que los huicholes estén pidiendo que les entreguen esas tierras, sino que durante su peregrinación los dejen ir realizando sus ceremonias, dejando ofrendas, ir realizando danzas, actos rituales, que no pueden realizar actualmente como está la legislación y que no van a poder realizar."
Como ese, agregó, hay muchos ejemplos del efecto que se tendrá por no haberse dado reconocimiento territorial, por el hecho de "que los legisladores confundieran territorios con tierras, que pensaran y sigan pensando que los indígenas lo que buscaban eran más terrenos".
Rechazó luego la argumentación de priístas, panistas y otros sectores conservadores de que no podían legislar sólo para el Ejército Zapatista de Liberación Nacional. "Hacen una mala lectura, porque ni los acuerdos de San Andrés los hizo solo el subcomandante Marcos, ni se trata sólo de una demanda que reivindiquen los zapatistas. En todos los estados, de Sonora a Yucatán, los pueblos indígenas están exigiendo sus derechos."
Así, concluyó, "parafraseando a un personaje de un libro de Carlos Fuentes sobre las guerras de independencia en América Latina, la frase que se aplica es: 'Ustedes creen que ya pasó todo, pero no es así, ya verán las cosas que van a ocurrir".