LUNES Ť 28 Ť MAYO Ť 2001

Ť Hay elementos suficientes para privarlo de la libertad

La situación jurídica de Espinosa no ha cambiado, asegura la PGJDF

SUSANA GONZALEZ G.

Aun cuando Oscar Espinosa Villarreal obtuvo una "suspensión definitiva" por parte del juez cuarto de distrito en material penal respecto a la orden de aprehensión por el delito de peculado, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) reiteró que la situación jurídica del ex regente no ha sufrido modificación alguna.

Así, la resolución no impide que el ex regente sea privado de su libertad, pese a las opiniones que los abogados del priísta han vertido ante la opinión pública, "que parecerían querer convencer de una situación jurídica de su cliente que no es la real", por lo que pidió a la sociedad no confundirse, ya que existen elementos jurídicos suficientes en su contra.

La PGJDF aclaró que la mencionada suspensión, emitida desde el 23 de febrero pasado en forma provisional y de manera definitiva el 2 de mayo, está sujeta a dos condiciones. La primera es que "se exhiba una garantía de que el acusado no volverá a evadirse de la justicia, por la suma de 4 millones 200 mil pesos, la cual podrá ser modificada".

La procuraduría considera "irrisoria" la garantía de 4 millones 200 mil pesos fijadas por el juzgado referido, toda vez que el delito de peculado por el que se libró la orden de aprehensión contra Oscar Espinosa es de un monto de 420 millones de pesos.

En cuanto a la segunda condición se establece que el ex regente, preso actualmente en Nicaragua, deberá comparecer ante el juez cuarto penal del Distrito Federal, responsable de librar la orden de aprehensión en su contra, con el fin de que Oscar Espinosa Villarreal presente la declaración preparatoria "que eludió con la fuga".

"No debe olvidarse que pese a que siempre contó con el tiempo necesario y las garantías suficientes para establecer su inocencia, Espinosa Villarreal se sustrajo a la acción de la justicia, huyó del país y eso motivó el trámite de extradición que se lleva a cabo ante las autoridades de Nicaragua, país en el que se refugio para no ser sujeto al proceso que se le instruye", remarcó la Dirección General de Comunicación Social de la procuraduría capitalina a través de un comunicado de prensa difundido ayer, y en el cual se reproducen varias partes de la resolución emitida por el juzgado cuarto.

Quedará a disposición del juzgado

Por lo anterior, la suspensión "no impide que el quejoso sea privado de su libertad tratándose de una orden de aprehensión que se refiera a delito que conforme a la ley no permita la libertad provisional bajo caución o que la ley califique como grave", lo que implica que de acuerdo con la Ley de Amparo la suspensión sólo producirá el efecto de que, una vez de que la parte quejosa sea detenida, quede a disposición del juzgado.

La misma resolución indica que el delito imputado a Espinosa Villarreal "está legalmente calificado como grave". Eso se explica porque el juzgado manifestó que la medida cautelar será procedente siempre y cuando se refiera a delitos no graves por los que se pueda obtener la libertad conforme a la ley.

Además, según la procuraduría, el mandato "no impide que el quejoso sea privado de su libertad personal, en el diverso supuesto de que se trate de una orden de aprehensión que se refiera a delito y conforme a la ley no permita la libertad provisional bajo caución".

Para la PGJDF, que junto con la Procuraduría General de la República (PGR) interpuso un recurso de revisión en contra de la resolución del cuarto juzgado, se omitió considerar el artículo 124-Bis de la Ley de Amparo, que obliga al juez de distrito a considerar la naturaleza, modalidades y características del delito que se impute al quejoso su situación económica y la posibilidad de que se sustraiga de la acción de la justicia para fijar la garantía que debe exhibir el quejoso.