MIERCOLES Ť 15 Ť AGOSTO Ť 2001

LEY INDIGENA

Argumentos contra las reformas

A partir de la aprobación de la ley sobre derechos y cultura indígenas en el Congreso de la Unión, se presentaron ocho controversias en la Suprema Corte de Justicia de la Nación:

ŤDiputados de PRD, PRI y PVEM del Congreso estatal de Tlaxcala. Las reformas violan el convenio 169 de la OIT y el reglamento interno del Congreso del estado.

ŤMunicipios de Molcaxac, Puebla; Texcaltepec, Veracruz; Copalillo, Guerrero; Comalcalco, Tabasco. Viola los artículos 115, 4, 16 y 133 constitucionales, ya que invade la esfera de decisiones de los municipios y afecta los derechos reconocidos a los pueblos, a los cuales deja sin defensa alguna; también los artículos 87 y 128, ya que el Presidente y los legisladores se apartan de su obligación de cumplir y hacer cumplir la Constitución. Ayer, el municipio de Texcaltepec también pidió a la SCJN ordenar la suspensión de entrada en vigor de la reforma constitucional indígena.

ŤComunidades indígenas mazahuas del estado de México, San Miguel Xoltepec y San Antonio de la Laguna. Los legisladores violentaron el artículo 135 de la Constitución, alteraron los preceptos del artículo 27 constitucional, ya que la ley no reconoce personalidad jurídica a las comunidades y la propiedad sobre sus tierras. Va en contra del convenio 169 de la OIT.

ŤGobierno y Congreso de Oaxaca. Impugnan la violación al procedimiento legislativo porque el Congreso de la Unión "no tuvo a la vista" los votos de las legislaturas locales y no acreditó qué estados sí aprobaron las reformas. Además, argumentan, el Congreso atacó la certeza jurídica contenida en el artículo 135. También alega que se incumplió el convenio 169 de l OIT, que establece que las reformas sobre pueblos indígenas deben realizarse en un proceso coordinado y sistemático de consulta con las comunidades.