MIERCOLES Ť 19 Ť SEPTIEMBRE Ť 2001
Ť Se elevaron las penas y eliminan atenuantes para violadores en ese estado
Marcha atrás a la contrarreforma sobre delitos sexuales en Chihuahua
Ť Revisión por consenso de PRI, PAN y PRD; grupos feministas la consideran un triunfo
MIROSLAVA BREACH VELDUCEA CORRESPONSAL
Chihuahua, Chih., 18 de septiembre. El Congreso del estado aprobó hoy nuevas modificaciones al Código Penal, en las que aumentan las penalidades a los delitos de violación, estupro, abuso y hostigamiento sexual, entre otros. La revisión de los artículos del código penal fue aprobada por consenso de los diputados del PRI, PAN y PRD, tras un mes de polémica en el que diferentes organizaciones manifestaron su rechazo al criterio de los legisladores del PRI, que el 24 de agosto redujeron los años de prisión a violadores.
Con la corrección a los artículos del Código Penal en materia de delitos sexuales y contra la familia, la legislación de Chihuahua aumentó de cuatro a 12 años la penalidad por violación genérica y de tres a 10 años la que se produce a través de instrumentos. La violación calificada (cuando la víctima es menor de 14 años o discapacitada) y la agravada (cuando es tumultuaria o se aprovecha de la confianza de sujeto pasivo) se sanciona con cárcel de seis a 20 años.
Organizaciones de mujeres consideraron la decisión como un triunfo del movimiento de resistencia civil iniciado hace un mes, cuando se conoció la noticia de la reforma penal que disminuyó las sanciones a los responsables de ese tipo de conductas antisociales.
A nombre de las ONG, la dirigente del Foro Nacional de Mujeres y Políticas de Población, Irma Campos, señaló que el nuevo código penal aprobado de manera consensuada "y de cara a la sociedad, representa un triunfo que únicamente se logró con la ruptura del autoritarismo y el patriarcado. Las mujeres decidimos demandar y exigir nuevas formas de relaciones sociales que nos garanticen mayor protección a partir de la legislación".
Los legisladores suprimieron del Código Penal dos polémicos aspectos. Uno de ellos que consideraba atenuante de responsabilidad cuando la víctima "provoca" la violación, y el segundo eximia al agresor de responsabilidad cuando el sujeto pasivo mayor de 12 años y menor de 14 ejerce la prostitución y otorga consentimiento para la cópula.
Las correcciones aprobadas hoy niegan la posibilidad de otorgar libertad preparatoria y condicional a los procesados por violación; abren la posibilidad de aplicarles penas complementarias como la prohibición de asistir a un lugar determinado y la vigilancia de la autoridad; además considera la reparación del daño para la víctima de violación o estupro que resulte embarazada y obliga al agresor a pagar alimentos al hijo que procree.
Otra modificación al código se refiere a la violencia familiar, y establece la obligación de vecinos y familiares de iniciar una querella cuando se den cuenta de la comisión de esa conducta y se incorporan penas de seis meses a tres años al delito de hostigamiento sexual.
Asimismo, en el delito de estupro se incluyó por primera vez la posibilidad de que un joven varón sea víctima de ese tipo de ilícito, y suprime el término de casta y honesta para considerar a una mujer sujeto pasivo.
Irma Campos dijo que el movimiento femenino está consciente de que las leyes punitivas representan solamente un instrumento que posibilita la sanción de la violencia, y ante ello las organizaciones no gubernamentales que luchan por el respeto a los derechos humanos de mujeres y niños continuarán demandando el diseño de políticas públicas eficaces para que esas conductas antisociales se prevengan y se logre su erradicación en los ámbitos público y privado.