lunes Ť 8 Ť octubre Ť 2001

Sergio Valls Hernández

El juez y su entorno

Se ha afirmado, no sin razón, que el éxito de la función jurisdiccional depende en gran medida de la vocación de servicio, conocimiento técnico, pericia, ética y talento del juzgador. Estos principios sin duda son fundamentales en el desempeño judicial, mas no debe olvidarse que la función jurisdiccional se halla inscrita en un escenario de múltiples vértices, de circunstancias de hecho y de derecho que condicionan el trabajo del juez.

Efectivamente, se trata de una función, en principio, autónoma e independiente, que paradójicamente encuentra sus límites en la norma que el juez debe aplicar, en las constancias que integran el expediente y en las probanzas que las partes aporten, por citar sólo algunos elementos sustantivos, lo que quiere decir que su margen de acción está condicionado por factores sin los cuales sus fallos no tendrían fuerza vinculatoria, por carecer de legalidad.

Y entre los elementos adjetivos podríamos mencionar el hecho de que la labor judicial se encuentra en nuestros días altamente politizada; estamos viviendo un fenómeno que podríamos denominar "la politización de la justicia", derivada, en mi opinión, de la creciente participación de la sociedad en los asuntos trascendentes del Estado. En fin, el trabajo de los jueces es motivo de escrutinio por parte de la sociedad, intelectuales, medios de comunicación, foros académicos especializados en la materia, todo ello sin perder de vista el derecho de las partes a impugnar los fallos que en su opinión lesionan sus intereses.

Pero eso no es todo: entre las cuestiones adjetivas pueden contarse también el entorno político y social, el entramado inalterable en que se sitúa cada controversia: términos fatales que cumplir; multitud de asuntos que resolver; intereses opuestos entre las partes y, por lo mismo, un ambiente hostil, además de todo lo que conlleva, como turbulencia en el ánimo de los contendientes, plagado de afanes propios de la naturaleza humana, no siempre legítimos, pues no hay que olvidar que, en la mayoría de los casos, sólo a uno de ellos asiste la razón y sólo uno busca la verdad, persigue la justicia, tiene intención de que se aplique la ley.

Entonces, tenemos que el "actuar" del juez no es liso y llano, ni menos aun atribuible exclusivamente a él, sino que depende de factores propios de la labor judicial, pero también de circunstancias ajenas a la misma, que si bien están interrelacionadas, en estricto sentido no podrían ser consideradas como eminentemente judiciales; tal sería el caso de la integración de la averiguación previa, la obsolescencia de determinados ordenamientos legales que datan de más de medio siglo de vigencia, la obligación del juez de sujetarse rigurosamente a las constancias que obren en autos, pues carece de facultades legales para erigirse en investigador de las cuestiones que le son planteadas, todo ello, por mencionar sólo algunos ejemplos con los que tiene que lidiar el juez para desempeñar su labor.

En este entorno, dominado principalmente por la crisis de credibilidad que en la actualidad sufren las instituciones como consecuencia del rompimiento de paradigmas, de la adopción de líneas de pensamiento diferentes a las tradicionales, de mayor participación de la sociedad; es en tales circunstancias en las que al juzgador corresponde decidir las controversias de su conocimiento, con pericia, con talento, con pleno dominio de sí.

Es cierto, en ese contexto tan poco alentador estamos todos, pero no todos desarrollamos esa noble y trascendente labor, no todos nos enfrentamos a una función que requiere serenidad, mesura, imparcialidad, independencia, agudeza, entre otras cualidades que para hacerse presentes y permanecer en la persona del juez, requieren un esfuerzo adicional al que podría demandar el desempeño de cualquier otra labor.

La responsabilidad del juez es alta, su materia prima es la conducta humana a la luz de la ley y sus fallos trazan caminos, inciden en destinos, resarcen perjuicios, sancionan ilícitos, disciplinan comportamientos, reparan daños, restituyen bienes y encauzan senderos.

Por todo ello, estamos de acuerdo, el juez constituye la figura central de la impartición de justicia en un estado de derecho, y para serlo es necesario que haya sentido el llamado de servir a la sociedad, que haya tenido la vocación firme de transitar sin titubeos por el camino que lo conduzcan a la verdad; que esté dispuesto a desafiar los obstáculos que se le presenten, que logre armarse de esa fortaleza de ánimo que aun en las condiciones más adversas le asegure la templanza suficiente para emitir sus sentencias apegadas a derecho. Muchos de estos hombres y mujeres integran y se encuentran actualmente comprometidos con el Poder Judicial de la Federación. De estos hombres y mujeres precisa la justicia en México. Ť

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