MIERCOLES Ť 31 Ť OCTUBRE Ť 2001

Ricardo García CervantesŤ

Iniciativa de ley del Congreso de la Unión

Durante los últimos días he podido apreciar cómo algunos columnistas se han ocupado de comentar un punto -ni siquiera el más relevante- de la iniciativa de ley del Congreso de la Unión, que en ejercicio de mis facultades constitucionales como diputado federal he sometido a la consideración del Congreso.

El único punto en el que han reparado es el relativo a la propuesta de un procedimiento mediante el cual se dé cabal cumplimiento a la previsión constitucional contenida en el artículo 84 de nuestra ley fundamental, que le asigna al Congreso de la Unión y, en su caso, a la Comisión Permanente, la responsabilidad directa en el nombramiento de un presidente interino, provisional o sustituto, según sea el caso.

La propuesta contenida en mi iniciativa, que consiste en que la decisión que adopte el Congreso, o en su caso la Comisión Permanente, además de cumplir con los requisitos formales establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sea congruente con la voluntad popular manifestada en las urnas y dé certeza a los procedimientos de convocatoria del Congreso o de la Comisión Permanente para erigirse en colegio electoral.

Es indispensable promover los acuerdos oportunos en esta delicadísima materia, aun en escenarios hipotéticos, de mayor diversidad en las representaciones partidistas del Congreso.

Por ello, se requiere la elaboración de normas de carácter general, abstractas, aplicables en la mayoría de los escenarios posibles a efecto de que al tiempo de realizarse los supuestos de su aplicación generen certeza, certidumbre, estabilidad y normalidad institucional.

La Constitución, desde 1917 a la fecha, le asigna al Congreso la responsabilidad delicadísima de evitar un vacío de poder, una crisis institucional y sus devastadores efectos para el estado de derecho y la estabilidad social. No puede proponerse una ley del Congreso de la Unión, ignorando las disposiciones constitucionales, ya que tanto la ley como la Constitución permanecen en el tiempo más allá de lo que duran o puedan durar circunstancias particulares o coyunturas temporales, como el hecho de que en la actualidad el titular del Ejecutivo federal pertenece a un partido determinado, y en el Congreso no hay, en esta Legislatura, una mayoría absoluta o de que sólo dos partidos, PAN y PRI, bastarían para integrar las dos terceras partes a que se refiere la norma constitucional.

Cuando el legislador legisla, se preocupa por crear normas, como he dicho, de carácter general, sin dedicatoria personal o interesada en un caso o circunstancia particular. Por ejemplo, si para la composición de la siguiente Legislatura la ciudadanía decide soberanamente mediante un proceso electoral legítimo una composición distinta de las fuerzas políticas representadas, ya sea diversificando y equilibrando aún más las fuerzas políticas o concentrando en una de ellas la mayoría absoluta, las normas jurídicas deben poder responder con eficacia.

La propuesta tiene la intención de hacer una nueva ley del Congreso de la Unión que contemple normas adecuadas al marco constitucional, a la vocación democrática, a la técnica legislativa y, en mi caso, también a la experiencia.

He dicho experiencia, recordando los acontecimientos desafortunados, trágicos, y para mí especialmente tristes, cuando en Baja California, hace casi tres años, por la muerte del gobernador Héctor Terán, de entrañable recuerdo, el Congreso del estado no disponía de normas para procesar el nombramiento de un gobernador sustituto; y fue el sentido común, el compromiso democrático, el respeto a la voluntad popular y a la civilidad política, los que permitieron que esa entidad resolviera con éxito tan lamentable trance.

En efecto, siendo el gobernador don Héctor Terán, del PAN, sin que este partido ostentara la mayoría requerida para nombrar por sí solo al gobernador sustituto, operó tácitamente una norma como la que he propuesto en mi iniciativa. El grupo parlamentario del partido al que pertenecía el gobernador hizo las propuestas, el PRI y el PRD en los hechos mantenían el derecho de veto, pues sólo aprobarían, mediante la mayoría calificada reglamentaria de dos terceras partes, a una persona aceptable para ellos en el entendido de que el derecho de proponer se había obtenido en las urnas. Todos estos hechos los viví personalmente muy de cerca, por ello, al ver que el Congreso general no cuenta con normas que ayuden a resolver una crisis de esta naturaleza, es que formulé, entre otras muchas, esta propuesta, deseando que nunca tenga que aplicarse, pero que si algún día se requiere, exista, sin importar si ese día el Presidente de la República pertenece al PRI, al PAN, al PRD, al Verde Ecologista o a algún otro partido.

Se trata de proponer una ley del Congreso que contemple todas las responsabilidades, atribuciones, facultades y obligaciones que la Constitución, en un régimen democrático, le impone al Congreso de la Unión.

No deja de llamarme la atención el sesgo interpretativo que algunos han querido darle a mi iniciativa; no sé si trasnochada o interesadamente ven un enfrentamiento de mi parte con el titular del Ejecutivo actual, consideran el ejercicio de mi facultad de iniciar leyes como un dato, según ellos contundente, de las divisiones del PAN o de la gran brecha que dicen existe entre el PAN y Fox.

Reitero y confirmo mi convicción de dotar al Poder Legislativo de normas equitativas y claras y de asumir los riesgos de la política, sobreponiendo el interés del Congreso mexicano, del que formo parte, aun a riesgo de la mala interpretación o de la falta de comprensión cabal de los nuevos tiempos y circunstancias de la política en México.

La iniciativa de ley del Congreso de la Unión, además de ser reglamentaria de diversos artículos constitucionales, entre ellos el 84, es un intento modesto, pero honrado, de dotar a las cámaras del Congreso de un marco normativo que regule su organización, sus órganos de gobierno, sus grupos parlamentarios, las comisiones de dictamen, los comités, su organización técnica y administrativa, los mecanismos de difusión y comunicación, las sesiones y procedimientos legislativos, los debates, las votaciones, el ceremonial, etcétera. Ojalá estos temas también merezcan la consideración y el debate público, en todo caso, y a ello puedo comprometerme, impulsaré el debate parlamentario y el proceso legislativo sobre ellos.

ŤDiputado por el Partido Acción Nacional.