Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Sábado 29 de diciembre de 2001
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Capital
029n1cap Ť La Comisión de Vialidad y Tránsito presentó el documento ante el pleno de la ALDF

Apoyan PRI, PRD y PAN la iniciativa de ley que regula marchas y manifestaciones

Ť Se establecen horarios y se prohíbe bloquear vialidades y accesos a dependencias

GABRIELA ROMERO SANCHEZ

La Comisión de Vialidad y Tránsito Urbanos de la Asamblea Legislativa presentó ayer ante el pleno una iniciativa de ley de transporte y vialidad para el DF, en la que propone regular las marchas y manifestaciones, estableciendo horarios para éstas, la utilización de distintivos en colores llamativos por parte de los participantes, y se prohíbe bloquear el ingreso a dependencias e instituciones públicas, así como el cierre de avenidas.
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En la iniciativa, respaldada por los diputados de PRI, PAN y PRD que integran la comisión, se propone que cuando una o varias personas pretendan hacer uso de las vialidades y otros espacios públicos para manifestarse deben dar aviso por escrito a la Secretaría de Seguridad Pública, con un máximo de 48 horas y un mínimo de 12 de anticipación, con el propósito de que se proteja tanto a los participantes como a la ciudadanía en general.

En la propuesta, presentada por la presidenta de la comisión, la diputada perredista Ruth Zavaleta, se precisa que cuando se trate de una marcha los participantes no podrán utilizar vías primarias, de circulación continua, corredores metropolitanos ni la red vial estratégica, salvo para cruzar de una avenida a otra, o cuando sea la única ruta o acceso al lugar de concentración.

Cuando por algún motivo los manifestantes utilicen vialidades, sólo podrán hacerlo por el carril derecho, en el sentido de la circulación, sin obstruir otros espacios; no podrán paralizar o detener el tránsito vehicular o peatonal; deberán llevar un lazo o listón de color vistoso y grosor suficiente para que automovilistas y transeúntes puedan apreciarlo fácilmente, además de hacer valla alrededor del contingente.

La iniciativa plantea que por ningún motivo se podrán afectar las actividades públicas, por lo que estará prohibido invadir, obstaculizar o entorpecer el acceso o salida de las dependencias e instituciones públicas. Tampoco podrán utilizar más de 60 por ciento del espacio disponible, "salvo en el caso de que el contingente sea mayor, en cuyo supuesto deberán tomarse las medidas necesarias".

Para ocasionar "los menores trastornos posibles a la vialidad y espacios públicos, así como garantizar el derecho de tránsito de los demás, únicamente podrán realizarse marchas en horarios comprendidos de las 10 a las 14 horas y de las 17 a las 20 horas".

En la exposición de motivos se establece que "la materia de regulación del capítulo IV, del uso de la vía pública con motivo del ejercicio de derechos constitucionales, es el procedimiento, requisitos y formas a que deben sujetarse las marchas y manifestaciones, en el que además de garantizar el ejercicio de los derechos que otorga la Constitución se cause la menor afectación posible al tránsito y la vialidad, se evite la perturbación en la prestación de los servicios públicos y se salvaguarde la permanencia o acceso de la población a las dependencias o espacios públicos".

La iniciativa consta de 28 capítulos, en los que se incluyen las facultades de los titulares de las secretarías de Gobierno, de Seguridad Pública, de Transporte y Vialidad, y las delegaciones, que serán las autoridades encargadas de la aplicación de esta ley.

Asimismo, se precisan los derechos de los usuarios de las vialidades y espacios públicos; aspectos de capacitación y educación vial, escuelas de manejo, servicios de transporte y el equipamiento auxiliar; las concesiones, permisos y autorizaciones, así como su vigencia. Funcionamiento del comité para el financiamiento del transporte público, las obligaciones de los concesionarios y permisionarios, y de los conductores de vehículos en general, entre otros puntos.

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