LETRA S
Marzo 7 de 2002

Editorial

El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que corrobora la constitucionalidad de la llamada Ley Robles, es un importante avance en la discusión pública sobre el aborto. Eleva el nivel de la discusión al situarla en el marco del derecho constitucional. Nuestra Constitución protege el derecho a la vida, pero no señala cuándo se inicia ésta (como bien lo señaló la magistrada Olga Sánchez Cordero). En cambio establece el derecho de las personas a decidir sobre el número y espaciamiento de sus hijos. Es Es en este contexto donde debe situarse la descisión: ¿cabe en este precepto constitucional la interrupción de un embarazo? ¿Se trata de un asunto de libertad de conciencia y ejercicio pleno de la ciudadanía (garantizados también por la Constitución)? Y no en la falsa disyuntiva de definirse "a favor o en contra" (porque nadie está a favor del aborto), utilizada hasta hoy por grupos del fundamentalismo católico para manipular el tema con su morlaina sensiblería.

El aborto es también un grave problema de salud pública que no se ha resuelto con setenta años de penalizar dicha práctica. Al año, siguen recurriendo a él cientos de miles de mujeres. En cambio, esa sanción cruel e inhumana sólo ha servido para tranquilizar las conciencias de los jerarcas católicos y ha permitido a las autoridades soslayar su responsabilidad. Como bien cuestiona Marta Lamas: al penalizar el aborto, la sociedad y el Estado ¿pueden interferir en una decisión sin asumir ninguna responsabilidad? El aborto es una práctica muy tolerada por la sociedad, la prueba está en las escasas denuncias penales interpuestas, y a las mujeres que presentan complicaciones por abortos mal practicados se les atiende en los hospitales públicos.

¿Hasta cuándo vamos a permitir que la necedad de esta hipocresía cómplice orille a miles de mexicanas a exponer su salud y su vida?