Su decisión, por la necesidad de otorgar a usuarios condiciones mínimas de seguridad, explica
Ratifica el juez noveno negativa al amparo solicitado por Bancrecer
Seguirán las verificaciones a las sucursales bancarias en Gustavo A. Madero: Ortega Cuevas
LAURA GOMEZ FLORES
Por considerar que se afectaría el orden público y el interés social, el juez noveno de distrito en materia administrativa en el Distrito Federal, Alvaro Tovilla León, negó la suspensión definitiva solicitada por Bancrecer, debido a que sus dos sucursales clausuradas en la delegación Gustavo A. Madero presentaban diversas situaciones que afectaban los intereses de la colectividad.
En los próximos días el impartidor de justicia convocará a las partes a una audiencia constitucional para respaldar su sentencia, que podrá ser en tres sentidos: conceder el amparo, negarlo o sobreseer el juicio; es decir, que por cuestiones procedimentales decida no entrar al fondo del asunto, que es como negarlo.
En caso de registrarse los dos últimos escenarios, la representación de la institución financiera podrá acudir ante el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa para interponer un recurso de revisión, y de fallar éste en contra nuevamente sólo le quedará acudir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Los tiempos que conlleven esos procesos no impedirán que continúen las verificaciones a los 96 bancos ubicados en la delegación Gustavo A. Madero, donde en los meses anteriores 17 sucursales y 90 cuentahabientes han sido asaltados, en el interior o exterior de los inmuebles, en los cajeros automáticos, al abordar su auto o al llegar a su casa.
Esta situación, consideró el titular de la demarcación, Joel Ortega Cuevas, demuestra que existe colusión entre las bandas delictivas con algunos trabajadores de las instituciones involucradas en esos ilícitos, como son Bancrecer, Bancomer y Bital. Sin embargo, sólo uno de cada cinco asaltos es denunciado ante el Ministerio Público.
De ahí, agregó, la obligación de las autoridades capitalinas de verificar que los bancos cuenten con medidas de seguridad para proteger a usuarios y a sus trabajadores, en cumplimiento de la Ley de Establecimientos Mercantiles, y la necesidad de que el área jurídica de la Asamblea Legislativa informe de las facultades que tiene ésta para legislar en esta materia, cuando la parte demandante lo desconoce.
"Ellos dicen regirse única y exclusivamente por la Ley de Instituciones de Crédito", que regula su actividad financiera y administrativa, "y no aceptan que se les considere establecimientos mercantiles y se les exijan diversas medidas de seguridad, aun cuando el juzgado noveno manifiesta que todas las sucursales lo son", argumentó.
Del total de sucursales en la demarcación, 35 presentaron declaración de apertura como establecimientos mercantiles en 1996, "situación que está siendo analizada, pues resulta contradictorio que mientras el juzgado cuarto de distrito otorga una suspensión provisional a Bancomer para que a sus sucursales no les sea aplicada esta legislación ni sean sujetas de verificación, el juzgado noveno se lo niega a Bancrecer la semana pasada", señaló.
La situación se complicó para esta institución al negársele este viernes la suspensión definitiva en torno a la clausura de dos sucursales, ya que "por un lado son actos que revisten el carácter de consumados" y, por otro, existe jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual establece que "la suspensión contra una legislación es improcedente y se estaría en franca contravención de la Ley de Amparo".
El juez Tovilla León explicó que su posición está basada en la necesidad de otorgar a los usuarios las condiciones mínimas de seguridad cuando acudan a un banco, para no generar daños irreparables, ocasionados por la falta de las medidas de seguridad necesarias para evitarlos.
Además, precisó, la parte quejosa no acreditó fehacientemente durante el procedimiento la existencia de un derecho legítimamente tutelado que pueda ser protegido con el otorgamiento de la medida suspensiva.